El Congreso de
Angostura y la Creación de la Corte de Almirantazgo en la Provincia de
Margarita - 1819
Iván Gómez León
Autor:
Iván Gómez León
Título:
El Congreso de Angostura y la Creación de la Corte de Almirantazgo en la Provincia de Margarita - 1819
Diseño y Diagramación:
Eduardo Molina
@EduardoMolina67
INTRODUCCIÓN
La isla de Margarita, y en general el Estado Nueva
Esparta, contiene en su proceso histórico una serie de referencias de gran
trascendencia para la vida del país, pero, en algunos casos, estas aún son poco
conocidas a escala regional y nacional y, en consecuencia, pasan desapercibidas
ante la gestión de nuestras instituciones con la consiguiente afectación a
nuestra memoria colectiva e identidad como entidad insular única en el país.
Tal es el caso de la Corte de Almirantazgo, creada por decisión del Congreso de
Angostura el 26 de marzo de 1819 para su instalación por su Presidente, el
Licenciado Francisco Javier Yanes, en la Villa de Santa Ana del Norte y el
puerto de Juangriego de la Provincia de Margarita, la cual prolongó sus
actividades hasta el año 1822 en que fue trasladada a La Guaira.
En esos cuatro años (1819-1822) la provincia de
Margarita agregó a su ya determinante presencia en el proceso independentista,
como escenario geográfico donde tuvieron lugar hechos y sucesos heroicos
protagonizados por un pueblo dispuesto a contribuir a la liberación nacional a
costa de cualquier precio, un nuevo rasgo como único bastión defensor de nuestra
soberanía marítima frente a la agresión extranjera promovida y ejecutada por
las grandes potencias y sus aliados de entonces.
La significación de tan importante obra patriótica
cumplida por esta institución en la segunda y tercera década de nuestro siglo
XIX, la magistral conducción que le imprimió el destacado patriota
cubano-venezolano, su indiscutible aporte a la conformación de las fuerzas
navales venezolanas y en vísperas del cumplimiento de sus doscientos años, son
motivaciones suficientes para divulgar este detalle de nuestra historia
regional y lanzar ideas y propuestas que, esperamos, sean bien recibidas y
sirvan de sustento para celebrar de manera digna tan trascendental efeméride.
Vistas sus particularidades y circunstancias, el
presente estudio tiene como objetivo central solventar esta deficiencia de
carácter informativo, que se advierte a primera vista en la historiografía venezolana, a los fines de
reivindicar nuestra presencia regional en el ámbito de las trascendentales
actividades y decisiones asumidas por el magno Congreso de Angostura.
PRIMERA PARTE
EL CONGRESO DE ANGOSTURA
DE LAS ACTAS DEL CONGRESO DE
ANGOSTURA
Siempre preocupados por la necesidad de insertar la
referencia regional en el marco de los grandes sucesos nacionales y de
proyección internacional, inquietud válida para estos casos específicos, nos
planteamos realizar una investigación documental con el propósito de registrar
las circunstancias y detalles de la presencia de la Provincia de Margarita en
la dinámica del Congreso de Angostura, toda vez que nuestra historiografía ha
descuidado el tratamiento de tan importante tema y en Nueva Esparta constituye
un detalle muy poco conocido.
A objeto de iniciar nuestro estudio, nos dispusimos
a consultar la obra titulada: Actas del
Congreso de Angostura (15 de febrero de 1819 – 31 de julio
de 1821) del historiador Pedro Grases, su compilador, en la cual se reproducen
las actas de las sesiones de aquel
trascendental evento político (1) y procedimos a identificar las que hacían
referencia a la Corte de Almirantazgo. El resultado obtenido nos permitió
reconstruir en detalle el procedimiento cumplido: El tema fue abordado por
primera vez en la sesión del 6 de marzo a proposición de Fernando Peñalver,
diputado por la Provincia de Guayana, y habiendo sido considerada “materia
urgente”, de inmediato fue aprobado y designada una comisión integrada por los
diputados Manuel Palacio (Provincia de Margarita), Domingo Alzuru (Provincia de
Margarita), Ramón García Cádiz (Provincia de Barcelona) y Juan Germán Roscio
(Provincia de Caracas y Presidente del Congreso) para la presentación “a la
mayor brevedad” del proyecto respectivo. En la sesión del 22 de marzo la
Comisión designada presentó el proyecto “para la organización de Tribunales del
Almirantazgo”, acordándose iniciar su primera discusión en la próxima sesión.
El 23 de marzo fue abordado el tema en cuestión y se logró concluir
satisfactoriamente la lectura del proyecto y el registro de las observaciones
consideradas pertinentes. El 24 de marzo, en horas de la mañana, tuvo lugar la
segunda discusión, acordándose que la Comisión presentaría en horas de la tarde
la definitiva redacción del articulado del reglamento propuesto. Efectivamente,
a las cuatro y media de la tarde, la Comisión, cumpliendo con su encargo, “presentó redactados los
artículos observados en la primera y segunda discusión del proyecto para la
organización de Tribunales de Almirantazgo”, pero, habiendo tenido lugar nuevas
discusiones y hasta nuevas propuestas, el Soberano Congreso “deliberó se
hiciese nueva redacción y se trajese para la sesión del veintiséis, en la cual
se daría fin a la tercera discusión del citado proyecto.” En la sesión
correspondiente al 26 de marzo de 1819, en horas de la mañana, tiene lugar la
decisión aprobatoria, “se mandó a poner en forma de reglamento y –se aprobó
igualmente- que a las cuatro y media de esta tarde se vuelva a reunir el
Congreso para tratar de la elección y nombramiento de los ministros que deban
componer la Corte de Almirantazgo en la isla de Margarita y persona que haya de
comisionarse para hacer su establecimiento.” Tal como estaba previsto, a las
cuatro y media de la tarde, se instaló el Congreso y, de manera solemne, se
aprobó definitivamente el Reglamento que elevó en la isla de Margarita a la
Villa de Santa Ana del Norte y al puerto de Juangriego como sede del
Almirantazgo, implícito reconocimiento a la vocación libertaria del pueblo margariteño
y a la función estratégica que debería continuar desempeñando la tierra insular
en el área del Caribe, ahora con mayor énfasis, en beneficio de la causa
independentista. Tan trascendental responsabilidad fue asignada, en carácter de
ministros, a los ciudadanos Nicolás Guevara y Julián Méndez; como fiscal al
doctor Andrés Narvarte y como comisionado y presidente al Licenciado Francisco
Javier Yanes, miembro del supremo poder judicial, facultándosele, además, “para
que en caso que dichos ministros no puedan ejercer sus funciones o tengan algún
impedimento legal, pueda nombrar otras personas que tengan las calidades
necesarias”. (2)
Es de significar y aclarar que el propósito del
Congreso de Angostura fue crear dos Cortes de Almirantazgo. Debido a ello, a la
hora de elaborar su normativa, el título utilizado fue Reglamento Provisional para el
establecimiento de dos cortes de
Almirantazgo en Venezuela. El artículo 1° lo aclara debidamente: “Por ahora se
establecen dos cortes de Almirantazgo, una en Angostura y la otra en la isla de
Margarita. Los límites de la primera son las aguas del Orinoco.” (3) La de
Angostura no se instaló, “porque el Almirante Luis Brión considera que
ocasionaría enormes gastos en el pago de personal, por las dificultades para remontar
el río Orinoco durante gran parte del año y porque en esa ciudad tiene su sede la Corte Suprema de Justicia, que conoce en
apelación las causas del Almirantazgo.”… (4)
Fue entonces la
Isla de Margarita
el territorio seleccionado
por el
Congreso de Angostura para poner en funcionamiento la única institución
que se encargaría de abordar con decisión la problemática del ejercicio pleno
de la soberanía marítima por la república recién nacida. Que esta importante
misión, además, se le hubiera encargado al Licenciado Francisco Javier Yanes es
demostración de la seriedad del compromiso contraído y para el pueblo
margariteño, timbre de honor contarlo entre sus más cercanos y apreciados
dirigentes revolucionarios.
ACTAS DEL
CONGRESO DE ANGOSTURA REFERENTES A LA CREACIÓN DEL ALMIRANTAZGO REPUBLICANO EN
LA ISLA DE MARGARITA (1819).
El Congreso de Angostura dedicó varias sesiones –en
total, siete- para considerar el tema relacionado con la creación de la Corte
de Almirantazgo. En el cumplimiento de este propósito, lo inició el 06 de marzo
y concluyó el 26 del mismo mes, demostrando con ello la necesidad de tratarlo y
resolverlo a la brevedad posible.
Nos ha llamado poderosamente la atención el hecho
que la iniciativa no partiera de los diputados representantes de la Provincia
de Margarita, sino de Fernando Peñalver, representante de la Provincia de
Guayana. En el acta del mismo 26 de marzo se registra que la gran mayoría de
los diputados nuestros –Manuel Palacio Fajardo, Domingo Alzuru, José de Jesús
Guevara y el Gral. Rafael de Guevara- al entrar en materia, le ratificó todo su
apoyo a la propuesta; antes habían asistido a todas las sesiones donde se
abordó el tema, dieron sus respectivos aportes y, en correspondencia con el
estado de ánimo presente, se dispusieron también a lograr el objetivo
planteado.
Al hacer un balance de la participación de nuestros
diputados en el tratamiento de tan álgido tema es de resaltar la inasistencia
del Licenciado Gaspar Marcano a todas las sesiones en las cuales se trató y se
tomaron decisiones trascendentales en relación a tan álgido tema. La
explicación es muy sencilla: A diferencia de sus colegas diputados, Gaspar
Marcano, si bien estuvo presente en la sesión inaugural del Congreso efectuada
el 15 de febrero, se incorporó en la sesión N° 42 correspondiente al 1° de
abril, con un retardo de dos meses y medio. En ninguna de las actas se da
noticia explicativa de esta actitud y tampoco cuando tiene lugar su reincorporación.
Este detalle nos exime de dar alguna explicación y/o justificación de tal
conducta.
ACTA N° 1:
En la
capital de Guayana, a seis de marzo de mil ochocientos diez y nueve.
Hallándose reunidos en la sala de sesiones el señor presidente del Congreso
Roscio y demás señores diputados Torres, Hurtado, Guerrero, Méndez, Briceño,
Palacio, Pumar, Alcalá, Parejo, Cardoso, Afanador, Cádiz, Basalo, Peñalver,
Peraza, España, Vallenilla y Martínez, expuso a la voz el expresado señor
Presidente su dictamen en la comisión que se le confirió por el acuerdo de
veintiséis de febrero último, acerca de los emigrados en colonias que son
renuentes en venir al seno de la República; y después de largas discusiones se
deliberó que fuesen llamados fraternalmente por una proclama del Congreso, cuya
formación se encargó al mismo señor Roscio.
El honorable señor diputado Peñalver hizo la moción
que siendo indispensable arreglar los procedimientos judiciales del
almirantazgo, se haga la creación de la Corte que deba conocer y determinar los
negocios que ocurran con la del Tribunal de presas y nombramientos de sus
empleados; y habiendo sido apoyada, se discutió como urgente, de que resultó
darse comisión al mismo señor Peñalver y a los señores diputados Palacio,
Alzuru, Cádiz y Roscio para que formen y presenten al Congreso a la mayor
brevedad un proyecto sobre el establecimiento que se indica, y a este fin se
pedirá al Poder Ejecutivo cuanto haya conveniente a almirantazgo y jurisdicción
marítima para que les sirva de ilustración en la materia.
Se continuó la lectura del proyecto de
Constitución, y resultaron algunas observaciones que se anotaron conforme está
acordado. Y siendo pasada la hora ordinaria, se dio por terminada la sesión.
Roscio
El diputado secretario, Diego de
Vallenilla.
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ACTA N° 2:
En la capital de Guayana, a veintidós de marzo de
mil ochocientos diez y nueve. Habiéndose reunido en la sala de sesiones el
señor presidente del Congreso Roscio y demás señores diputados Martínez,
España, Peraza, Peñalver, Basalo, Guevara, general Guevara, Cádiz, Cardoso,
Afanador, Machado, Pumar, Palacio, Briceño, Méndez, Alzuru, Vallenilla, Hurtado
y Urbaneja, se presentó el honorable señor general Cedeño, y habiéndose tomado el debido juramento
por el señor Presidente, quedó incorporado en la Representación Nacional como
diputado de esta provincia.
Compareció el señor general Torres ante el Congreso
a anunciarle su marcha para el Ejército de Occidente, y suplicándole le librase
las órdenes que tuviese a bien, el señor Presidente le dio a nombre de la
soberanía la contestación correspondiente.
Se dio cuenta por Secretaría, guardando conformidad
con lo acordado en sesión de diez y ocho del corriente de la nómina de los
diputados principales y sus suplentes, y después de la previa declaración del
Congreso, que los diputados en sus nombramientos son departamentales y en su
representación nacionales, lo mismo que debe entenderse con los suplentes
respectivos de cada provincia, se dio principio a la discusión: Si el diputado
que sale del Congreso en servicio de la República queda separado de la
Representación Nacional, y habiéndose entrado en debates que embarazan el
tiempo para otras atenciones más urgentes, se deliberó, atendiendo a éstas y a
que el número de vocales es bastante para la legalidad de las sesiones se trate
en otra oportunidad de la materia propuesta.
La Comisión presentó el proyecto para la
organización de Tribunales del Almirantazgo, y relatado a la letra, se acordó
que demandando este negocio un ejecutivo arreglo, su discusión se empezase en
la sesión siguiente.
Al tiempo de darse principio a la tercera discusión
del proyecto de Constitución de que ha de resultar su aprobación, el señor
diputado Méndez propuso que los que estuvieren por la afirmativa en los puntos
de cada artículo se pusiesen en pie, modo más claro de manifestar su
consentimiento, y sentados los de opinión contraria, guardándose este orden en
las decisiones de las demás cuestiones; cuya moción, apoyada por el señor
diputado Palacio, se admitió a discusión y se votó conforme a la propuesta,
mandando se hiciese esta adición al reglamento del Gobierno interior del
Cuerpo.
Abierta la lectura y tercera discusión referida del
proyecto de Constitución, los señores diputados Alzuru y Méndez hicieron dos
observaciones, que se mandaron anotar siguiendo el método establecido en la
primera y segunda discusión.
Continuada la lectura de dicho
proyecto de Constitución, y resultando de los debates observaciones en algunos
de sus artículos, y reforma en otros, se acordó que la misma Comisión a quien
se encargó el examen del mencionado proyecto, lleve a efecto la redacción que
se le tiene encargada en acuerdo de diez y siete del corriente, con advertencia
que deberá hacerlo de una sesión a otra. Con lo cual se terminó la sesión de
este día.
Roscio
Manuel Cedeño – El diputado
secretario, Diego de Vallenilla.
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ACTA N° 3:
En la capital de Guayana, a veintitrés de marzo de
mil ochocientos diez y nueve. Reunidos en la sala de sesiones el señor
Presidente Roscio y demás señores diputados Zea, Peñalver, Martínez, España,
Peraza, Hurtado, Basalo, general Guevara, Cádiz, Afanador, Machado, Cardozo,
Urbaneja, Alzuru, Pumar, Briceño, Palacio, Méndez, Parejo y Vallenilla, se
comenzó el examen y primera discusión del proyecto para la organización de
Tribunales del Almirantazgo, y habiéndose el Congreso ocupado en toda la sesión
de este negocio, se logró terminar en ella dicha discusión, mandando que para
la segunda se reviese con las observaciones hechas y llevadas por apunte
separado.
Se abrió un pliego del señor general Páez, y se
encontró que contenía una representación felicitando la instalación del
Congreso, y se acordó se le conteste con las atenciones de estilo,
manifestándole al mismo tiempo el aprecion que merecen sus servicios. Y se
levantó la sesión.
Roscio
El diputado secretario, Diego de
Vallenilla.
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ACTA N° 4:
En la capital de Guayan, a veinticuatro de marzo de
mil ochocientos diez y nueve. Reunidos en la sala de sesiones el señor
presidente Roscio y demás señores diputados Basalo, Cádiz, Guevara, España,
Peñalver, Peraza, general Cedeño, Méndez, Guerrero, Palacio, Briceño, Vallenilla, general Guevara, Pumar,
Parejo, Cardoso, Machado, Alzuru y Afanador, se abrió la segunda discusión
sobre el proyecto provisorio para la organización de Tribunales de
Almirantazgo, admitida como está su urgencia,, y habiéndose tenido aquella
hasta concluirla, se resolvió con atención a la misma importancia, que a las
cuatro y media de la tarde de este día se reúna nuevamente el Congreso,
trayéndose por la Comisión redactados los artículos observados para que en
forma ya el proyecto en tercera discusión, y mereciendo la soberana aprobación,
tenga su debido cumplimiento. Con lo cual terminó la sesión.
Roscio
El diputado secretario, Diego de
Vallenilla.
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ACTA N° 5:
En la capital de Guayana, a veinticuatro de marzo
de mil ochocientos diez y nueve. Reunidos en sesión extraordinaria a las cuatro
y media de la tarde, conforme a lo acordado en la anterior, el honorable señor
presidente Roscio y demás señores diputados Zea, España, Peñalver, Basalo,
Cádiz, general Guevara, Urbaneja, Briceño, Méndez, Guevara, Guerrero, Pumar,
Alzuru, Parejo, Cardoso, Afanador, Machado y Vallenilla, la Comisión,
cumpliendo con su encargo, presentó redactados los artículos observados en la
primera y segunda discusión del proyecto para la organización de Tribunales de
Almirantazgo, y habiéndose suscitado nuevos y largos debates y algunas más reformas,
el Soberano Congreso deliberó se hiciese nueva redacción, y se trajese para la
sesión del veintiséis, en la cual se daría fin a la tercera discusión del
citado proyecto; no verificándolo el día de mañana, por ser uno de los que más
solemniza nuestra santa madre la Iglesia. Y terminó la sesión.
Roscio
El diputado secretario, Diego de
Vallenilla.
En la capital de Guayana, a veintiséis de marzo de
mil ochocientos diez y nueve. Congregados en sesión ordinaria el señor
presidente Roscio y demás señores diputados Urbaneja, Briceño, Palacio,
Hurtado, Méndez, Pumar, Guerrero, Parejo, Cardoso, Machado, Afanador, Cádiz,
Vallenilla, general Guevara, Alzuru, Peñalver, España, Peraza, Guevara,
Martínez y general Cedeño, se empezó con vista de la nueva redacción de los
artículos observados en el proyecto para la organización de Tribunales de
Almirantazgo a dar fin a la tercera discusión, la cual habiéndose concluido y
mereciendo el proyecto la soberana aprobación, se mandó poner en forma de
reglamento, y que a las cuatro y media de esta tarde se vuelva a reunir el
Congreso para tratar de la elección y nombramiento de los ministros que deban
componer la Corte de Almirantazgo en la isla de Margarita, y persona que haya
de comisionarse para hacer su establecimiento. Y se terminó la sesión.
Roscio
El diputado secretario, Diego de
Vallenilla.
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ACTA N° 7:
En la capital de Guayana, a veintiséis de marzo de
mil ochocientos diez y nueve. Reunidos en conformidad a lo acordado en la sesión
de esta mañana, ahora, que son las cuatro y media de la tarde, el honorable
señor presidente Roscio y demás señores diputados Urbaneja, Méndez, Briceño,
Guerrero, Palacio, Pumar, Parejo, Machado, Cardoso, Afanador, Cádiz, general
Guevara, Alzuru, Peñalver, Vallenilla, Guevara, Martínez, España y Peraza, se
trató de la elección y nombramiento de los ministros que deban componer la
Corte de Almirantazgo en la isla Margarita, y la persona que haya de
comisionarse para organizar su instalación; y después de oír el Soberano
Congreso a los representantes de aquella provincia y a algunos otros señores
Diputados, se dio principio con conocimiento de personas a la votación, y
resultaron electos para Ministros los ciudadanos intendente Nicolás Guevara y
Julián Méndez; para fiscal, el doctor Andrés Narvarte, y de comisionado y
Presidente de la misma Corte hasta otra providencia del Congreso, en virtud de la cuenta que deberá dársele, el señor
licenciado Francisco Javier Yanes, miembro del Supremo Poder Judicial, a quien
se le faculta para que en caso que dichos ministros no puedan ejercer sus
funciones o tengan algún impedimento legal, pueda nombrar otras personas que
tengan las calidades necesarias.
Y a fin de que este acuerdo con el reglamento
provisorio formado y aprobado para el establecimiento de las Cortes de
Almirantazgo tengan su observancia, pásese en copia al Supremo Poder Ejecutivo.
Con lo cual terminó la sesión.
Roscio
El diputado secretario, Diego de
Vallenilla.
DE LA PROVINCIA DE MARGARITA
EN EL CONGRESO DE ANGOSTURA.
El 8 de mayo de 1816, el Libertador Simón Bolívar,
desde el Cuartel General de la Villa del Norte, Isla de Margarita, suscribió
una memorable Proclama que contenía, entre otros, dos planteamientos
trascendentales: El primero, reconociendo, de manera categórica, que la
asamblea efectuada dos días antes -el 6- en el antiguo templo de esta
comunidad, debido a la importancia de las decisiones tomadas, marcaba el inicio
de la Tercera República de Venezuela: “Venezolanos: He aquí el tercer período
de la República… La inmortal isla de Margarita, acaudillada por el intrépido
General Arismendi, ha proclamado de nuevo el Gobierno independiente de
Venezuela, y le ha sostenido con un valor sublime, contra todo el imperio
español.” (5) Y el segundo, en el propósito “de restaurar la República sobre
los fundamentos más sólidos”, la convocatoria a la instalación del Congreso de
Venezuela: “El Congreso de Venezuela será nuevamente instalado donde y cuando
sea vuestra voluntad. Como los pueblos independientes me han hecho el honor de
encargarme la autoridad suprema (la asamblea efectuada en la Villa del Norte lo
designó Jefe Supremo de la República y sus Ejércitos), yo os autorizo para que
nombréis vuestros diputados en Congreso, sin otra convocación que la presente;
confiándoles las mismas facultades soberanas que en la primera época de la
República.” (6) Pero, el desarrollo desigual de los sucesos que rodearon la
Expedición de Los Cayos en Carúpano y Ocumare, impidió el cumplimiento de tan
especial convocatoria, que bien hubiera podido efectuarse en nuestra “isla
inmortal”.
Bolívar –tras la derrota de Ocumare- debe retornar
por segunda vez en este mismo año a la república insurgente de Haití en
solicitud de apoyo para insistir en su proyecto libertario y desembarca por el
puerto de Jacmel el 4 de septiembre del mismo año. Gracias al extraordinario
espíritu de solidaridad revolucionaria que animaba a su Presidente Alejandro
Petión, logra armar una segunda expedición que partirá desde el puerto de
Jacmel el 18 de diciembre con el mismo preciso destino que la primera: la
tierra insular margariteña. El arribo de esta segunda expedición tiene lugar,
al igual que la anterior, por el puerto de Juangriego, diez días después. Tan pronto pisa
tierra margariteña y luego de constatar el amplio predominio y control que
ejercen las fuerzas patrióticas sobre nuestro espacio territorial, lanza
entonces la segunda convocatoria desde el Cuartel General del Norte de
Margarita, pero ahora con mayor urgencia y precisión: “Así, una necesidad
imperiosa exige la inmediata instalación del Congreso, para que tome cuenta de
mi conducta, admita la abdicación de la autoridad que ejerzo (la de Jefe
Supremo de la República y sus Ejércitos que se le había conferido el 6 de mayo
de ese mismo año en la Villa de Santa Ana del Norte) y forme la constitución
política que debe regiros.” Y: “Venezolanos: Vosotros habéis sido convocados
por mí desde el mes de mayo para constituir el Cuerpo Legislativo, sin
prescribiros restricción alguna, autorizándoos para escoger la época y el
lugar. No lo habéis hecho: Los sucesos de la guerra os lo han impedido; pero
ahora debéis apresuraros a ejecutarlo como las circunstancias lo dicten. La
patria ha estado y estará frecuentemente en la orfandad, en tanto que el
magistrado sea un soldado. Las vicisitudes de la guerra son tan varias y
terribles, que apenas pueden preverse, mucho menos evitarse: las transacciones
del Gobierno exigen un establecimiento más constante. Un hombre mismo no puede
moverse y estar en reposo. Vosotros, pues, debéis dividir las funciones del
servicio público entre muchos ciudadanos, que poseen las virtudes y el talento
que se requieren para el ejercicio del poder.” Para concluir de esta manera: “Venezolanos!
Nombrad vuestros diputados al Congreso. La isla de Margarita está completamente
libre: en ella, vuestras Asambleas serán respetadas y defendidas por un pueblo
de héroes, en virtud, en valor y en patriotismo. Reuníos en este suelo sagrado,
abrid vuestras sesiones y organizáos según vuestra voluntad. El primer acto de
vuestras funciones será señalado por la aceptación de mi renuncia.” (7)
Así que, al conocerse en Margarita la renovación de
aquella convocatoria, ahora para Angostura, -22 de octubre de 1818-nuestro
pueblo insurgente se dispuso a elegir sus delegados. Luego de la consulta
efectuada, se logró el siguiente resultado: Domingo Alzuru, Manuel Palacio
Fajardo, Gaspar Marcano, José Jesús Guevara y General Rafael de Guevara.
Que los hechos ocurrieron de la manera como lo
venimos explicando, lo ratifica el mismo Libertador en la Proclama del 22 de
octubre de 1818, lanzada desde su Cuartel General de Angostura y publicada en el periódico Correo del Orinoco, N° 14, edición correspondiente al sábado 24 de octubre de
1818: “Yo busqué asilo en una Isla
extranjera y fui á Jamayca solo, sin recursos y casi sin esperanzas. Perdida
Venezuela y la Nueva Granada, todavía me atreví á pensar en expulsar á sus tiranos.
La Isla de Hayti me recibió con hospitalidad: el magnánimo Presidente PETION me
prestó su protección; y baxo sus auspicios formé una expedición de trecientos
hombres, comparables en valor, patriotismo y virtud á los compañeros de
Leonidas. Casi todos han muerto ya; pero el exército exterminador también ha
muerto. Trecientos Patriotas vinieron á destruir diez mil tiranos Europeos, y
lo han conseguido. Al llegar á Margarita una asamblea general me nombró Gefe
Supremo de la Nación: mi ánimo fue convocar allí el Congreso; pocos meses
después lo convoqué en efecto: los sucesos de la guerra no permitieron, sin
embargo, este anhelado acto de la voluntad nacional. Libre Guayana, y libre la
mayor parte de Venezuela, nada nos impide ahora devolver al Pueblo sus derechos
soberanos.”
La relación que hemos confeccionado nos confirmará
que en alto porcentaje se hizo una acertado selección:
DOMINGO
ALZURU
Ospino (Estado Portuguesa) 1775 – Angostura (Estado Bolívar) c.1821.
Cuando Alzuru es designado para asistir en representación de la Provincia
de Margarita al Congreso de Angostura ya es un patriota consumado que ha
iniciado su carrera revolucionaria desde el año 1810 y, como tal, ha cumplido
misiones al servicio de la República y, además, purgado cárcel en las bóvedas
de La Guaira y en el castillo San Felipe de Puerto Cabello. Ostenta el título
de Abogado de la Real Audiencia; posteriormente, se desempeñó como Síndico de
la Municipalidad de Caracas. Su vinculación con la isla de Margarita tiene
lugar a consecuencia de la pérdida de la Segunda República, a donde emigra en
búsqueda de la salvaguarda de su vida y de su seguridad, hecho que lo convierte
en excepcional testigo del arribo de la expedición del General español Pablo
Morillo a nuestras costas en abril de 1815 y su consecuente criminal bloqueo.
En cumplimiento de las delicadas responsabilidades
que asume a conciencia con el movimiento insurgente insular se traslada a
Angostura y está presente en la memorable instalación del Congreso en la cual Simón
Bolívar da lectura a una de sus más brillantes piezas oratorias. De allí que su
nombre y firma figuren en el Acta correspondiente al 15 de febrero de 1819.
A partir de este momento Alzuru comienza a
construir una imagen digna del diputado republicano:
*Se anota como el más asiduo asistente a las
sesiones -del total estimado, 276, asiste a 162- ocupando el primer lugar en
comparación con el resto de la delegación margariteña.
*Asume las responsabilidades que le son asignadas:
En la 12° sesión, del 27/02/1819, es designado Procurador General de la
República.
*Incorpora a sus labores ordinarias las funciones
que cumpliera el diputado Palacio Fajardo, debido a su fallecimiento ocurrido
el 8 de mayo de 1819.
*Destaca en su propósito de lograr que el Congreso
designe al General Juan Bautista Arismendi como Vice-Presidente de la República
en sustitución de Francisco Antonio Zea.
*A partir de la sesión 192°, del 22/10/1819, por
ausencia del resto de la Comisión, asume la representación de la Provincia de
Margarita.
*Estampa su firma en la Constitución Política de
Venezuela –sesión 139° del 11/08/1819- en la cual la Provincia de Margarita es
reconocida como una de las diez provincias que la integran.
*Es el único firmante por la Provincia de Margarita
de la Ley Fundamental de la República de Colombia. Sesión 229° del 17/12/1819.
*Se convierte en uno de los principales actores de
la sesión del 14/12/1819 al intervenir, en nombre de sus colegas diputados, en
el acto de recepción del Libertador Simón Bolívar, Presidente del Estado, quien
hizo acto de presencia para informar al Cuerpo acerca de “la campaña que acaba
de hacer en la Nueva Granada y que ha presentado la República al mundo entera,
vigorosa y grande.” Estas fueron sus palabras: “Señores Diputados: El
Presidente del Estado acaba de dar cuenta de sus operaciones en la Nueva
Granada. Ellas manifiestan un sabio plan proyectado a cuatrocientas leguas de
la capital de Santafé y ejecutado con acierto y felicidad contra fuerzas muy
superiores y obstáculos casi insuperables. Pero nada ha podido contener ni aun
retardar las rápidas y prodigiosas victorias que en el término de setenta y cuatro días libertaron doce de las principales
provincias de aquel vasto imperio. El general Bolívar a la cabeza de dos mil
hombres, frustrada por el rigor de la estación y lo intransitable de los
caminos y la cooperación de la caballería del bravo general Páez, nos ha hecho
conocer en esta ocasión cuánto podemos y debemos esperar de su valor, pericia,
patriotismo y actividad. Sus asombrosas hazañas refluyen sobre nosotros y hacen
ver a los pueblos que no tienen que arrepentirse de haber puesto en nuestras
manos la suprema autoridad. Nosotros les hemos dado un Presidente del Estado
que ha salvado la patria, que ha hecho triunfar las armas de la República, que
ha hollado la soberbia y tiranía de nuestros opresores. Nosotros les hemos dado
un Presidente humano, benéfico y generoso. Con sólo esta tan acertada elección
hemos cumplido los principales encargos de nuestra alta representación. Es pues
necesario hacer ver a estos mismos pueblos y a las naciones civilizadas que
somos sensibles al mérito y a la virtud; siendo nosotros los primeros en
tributar obsequios justos y debidos al vencedor de Boyacá y libertador de
Venezuela y la Nueva Granada, invitando a los demás con nuestro ejemplo a
manifestar su reconocimiento a tan benemérito ciudadano. El Cuerpo Soberano de
la Nación le ha hecho el mayor honor colocándolo en el asiento de su
Presidente: asiento que jamás cedería a los primeros Césares ni Emperadores.
“Honorables
legisladores:
“Estad ciertos que por mucho que hagamos para
manifestar nuestra gratitud a nuestro amigo y conciudadano Simón Bolívar, jamás
podremos recompensar dignamente a un héroe que nos ha dado patria, vida y
libertad.”
*Ha debido ausentarse de las sesiones del Congreso
a finales de 1820-comienzos de 1821, por cuanto el Correo del Orinoco, N° 92, edición correspondiente al 20 de enero
de 1821, publica una lista donde figura junto con Santiago Mariño, Gregor Mac
Gregor, Juan Martínez y Miguel Peña (Principales) y Francisco Esteban Gómez,
Gaspar Marcano, Diego Bautista Urbaneja, José María Salazar y Andrés Caballero
(Suplentes), entre los nombrados Diputados Principales por el Colegio Electoral
de la Isla de Margarita al Congreso de Colombia.
*Es
lamentable tener que aceptar que a la fecha de hoy no se haya precisado en qué lugar y circunstancias ocurrió su muerte, aún cuando todo parece
indicar que falleció en Angostura en el mismo año 1821.
MANUEL
PALACIO FAJARDO
(Mijagual (Estado Barinas), 1784 – Ciudad Bolívar
(Estado Bolívar), 8 de mayo 1819.
La elección de Manuel Palacio Fajardo como diputado
representante de la Provincia de Margarita al Congreso de Angostura pudiera
interpretarse como un reconocimiento a su ya brillante trayectoria política y
profesional cumplida hasta ese momento.
Efectivamente, para el año 1810, fecha en que se
incorpora al proceso revolucionario, ya ostentaba diversos grados académicos:
título de Filosofía, obtenido en el Colegio Seminario de San Buenaventura de
Mérida y estudios de derecho civil y medicina en Bogotá. Además, ya había
ejercido la profesión de médico y la docencia en la Escuela de Medicina de la
Universidad de Mérida.
A lo que puede agregarse que, también para 1810,
resultó electo Diputado por la Provincia de Barinas al Congreso Constituyente
que se instaló el 2 de marzo de 1811 en cuyas sesiones favoreció con todo
ímpetu las ideas de la libertad y la independencia de Venezuela. Por tales
razones fue firmante del Acta de nuestra Independencia y de la Constitución
Federal.
Palacio figuró, además, entre los destacados
patriotas que cumplieron misiones diplomáticas en el exterior: De 1812 a 1818,
en cumplimiento de tareas encomendada por el gobierno de la Provincia de
Cartagena, viaja a los Estados Unidos, Francia e Inglaterra. Estando en
Inglaterra -1817- publicó el libro Outline
of Revolution in Spanish America y
es tal el éxito logrado que, posteriormente, fue traducido al francés y al alemán.
Luego de superar dificultades e inconvenientes con
el gobierno inglés, en 1818 logra reunir voluntarios y pertrechos para apoyar
la revolución venezolana. A bordo del bergantín Imogen arriba a la isla de Margarita con tan preciosa carga que
pone a la orden de la causa patriota.
Ya en conocimiento de su trayectoria y lealtad a la
revolución, es designado para integrar la delegación de diputados que
representaría a la Provincia de Margarita en el Congreso de Angostura.
Investido de tan altas responsabilidades se traslada a Angostura, se presenta ante las autoridades e inmediatamente
se incorpora a sus sesiones. De allí que Manuel Palacio agrega a su ya rica
experiencia política la de contarse entre los asistentes a la instalación del
Congreso de Angostura. Así quedó registrado en la memorable Acta del 15 de
febrero de 1819.
A partir de este momento, Palacio pasa a ocupar
posiciones relevantes y a marcar con su activa presencia el ritmo de trabajo
que, de manera progresiva, va adquiriendo la dinámica del Congreso.
Así
tenemos:
*En el inicio de actividades es propuesto, junto
con los diputados Francisco Antonio Zea, Santiago Mariño, Rafael Urdaneta,
Tomás Montilla y Juan Germán Roscio, para ejercer la Vicepresidencia del
Estado, obteniendo dos votos. Resulta electo Francisco Antonio Zea. En esta
misma sesión fue designado para integrar la comisión encargada de examinar el
proyecto de Constitución presentado por Bolívar en el acto de instalación. Acta
N° 2 del 16 de febrero 1819.
*En la sesión del día siguiente –Acta N° 3 del 17
de febrero- es designado junto con los diputados Juan Germán Roscio y Fernando
de Peñalver “para que formasen y presentasen en la inmediata sesión el
reglamento provisional para la Presidencia de la República”.
*En el Acta N° 4 del 18 de febrero quedó registrado
el estricto y cabal cumplimiento de las instrucciones recibidas el día
anterior: “La Comisión presentó en esta sesión el reglamento provisional para
la Presidencia de la República, y precedido el examen y discusión de todos sus
artículos, fue aprobado con algunas leves reformas”…
*El 19 de febrero, según consta en el Acta N° 5, se
leyó una solicitud enviada por la Municipalidad de Margarita en la cual
plantean la necesidad de un “facultativo en medicina para el servicio de la
Isla” y proponen al Dr. Manuel Palacio Fajardo. La petición fue negada de
inmediato, pero, en vista de la situación, se acordó “que se pasase al
Excelentísimo señor Presidente del Estado para que proveyese a ella con
respecto a otra persona.”
*Simón Bolívar, en su carácter de Presidente del
Estado, designa a Palacio Fajardo Ministro para el Despacho de Estado y
Hacienda, nombramiento que se hace
constar en el Acta N° 11 del 26 de febrero.
*En atención a solicitud del diputado Fernando
Peñalver, el diputado Palacio, en su carácter de Ministro del Despacho de
Hacienda “informó con el estado de valores los ingresos y egresos de la
Tesorería Principal de esta provincia en todo el año último de mil ochocientos
diez y ocho.” Acta N° 57 del 24 de abril 1819.
*En la sesión del 5 de mayo, Acta N° 66, Palacio
Fajardo, junto con los diputados Antonio María Briceño y Francisco Conde, es
designado para conformar una comisión muy especial: traducir al castellano un
proyecto presentado por un coronel prusiano “que ha venido al servicio de la
República, en que ofrece negociar un empréstito de tres millones de pesos para
el progreso de la causa de la Independencia, en cambio de tierras.”…
*En la sesión del 10 de mayo, Acta N° 69, la
Secretaría registra la sorprendente noticia que informa acerca del deceso del
diputado Palacio Fajardo, pero redactada de una manera impropia por su carácter
circunstancial: al acordar suspender la licencia solicitada por el diputado
Gaspar Marcano se considera como un argumento adicional “la novedad ocurrida de
haber muerto el señor Palacio.” En las actas subsiguientes no se hace ninguna
otra mención a Palacio Fajardo, salvo en la sesión del 15 de mayo, Acta N° 74,
en la cual “se leyó un proyecto sobre rentas que dejó el difunto señor Palacio”.
A todas luces, injusto tratamiento del Cuerpo a uno de sus más ilustres
miembros. Para ocupar la vacante fue designado el diputado Juan Germán Roscio,
quien estaba al frente de la Dirección de las Rentas Nacionales, mediante
decreto del 14 de mayo, suscrito por el Vice-Presidente de la República
Francisco Antonio Zea.
No obstante este absurdo silencio por parte de la
Secretaría del Congreso, el periódico Correo
del Orinoco, que lo contó entre sus colaboradores más asiduos, publicó en
su edición N° 31, correspondiente al sábado 15 de mayo de 1819, la siguiente
“NECROLOGÍA”
Venezuela llora la muerte de uno de sus más
distinguidos hijos: el honorable representante Manuel Palacio falleció en la
mañana del 8 del corriente después de tres días de fiebre y a consecuencia de
un aneurisma en la aorta, a la edad de
32 años.
Nació el Señor Palacio en la Villa de Mijagual en
la Provincia de Barinas; fue educado en el Seminario de Mérida y la Universidad
de Santafé premió sus distinguidas tareas literarias con los grados de Doctor
en ambos derechos y en medicina. Allí también fue recibido de Abogado por la
Audiencia de aquel Virreinato.
Su amor a la justicia y su amor y compasión por la
humanidad, que tanto lo distinguieron, lo hicieron sobresalir desde el
principio entre los que han trabajado por sacudir el opresivo e ignominioso
yugo de España y el primer Congreso de Venezuela se gloriaba de ver en su seno
a tan ilustre joven.
Cuando perdida Venezuela a consecuencia del
espantoso terremoto de 1812 se ocupaba la Nueva Granada de los medios de
libertarla del pérfido y feroz Monteverde, Palacio fue Diputado a los Estados
Unidos y a las principales Naciones de la Europa a solicitar los recursos de
que necesitábamos para hacer la guerra con suceso. Su misión fue tan fructuosa
como podía esperarse y su predilección a la ciencia que más consuela la
humanidad doliente encontró allí un párvulo que pudiera saciar sus deseos.
Distinguióse principalmente en la química y en la medicina; tratábanlo con
singular aprecio los literatos que eran testigos de su aplicación, de sus
conocimientos y de sus virtudes; mas combatíase aún contra los tiranos en su
país natal y lo vimos abandonar las dulzuras de una sociedad ilustrada y el
recreo de los sabios y llegar a nuestras costas en un buque cargado de materiales
para el triunfo.
Ocupado desde su llegada en destinos públicos, el
segundo Congreso de Venezuela lo contó también entre sus miembros y se
(ilegible) al ver las mejoras que le habían adquirido la experiencia, los
viajes y el estudio. Nombrado luego el Gobierno Supremo su Secretario de Estado
y de Hacienda y en el Ministerio, así como en el resto de su vida pública se le
vio siempre magistrado íntegro, activo, diligente. Pocos momentos de ocio
podían quedar a quien era de los principales encargados de nuestro edificio
político, mas a costa de vigilias y de privaciones en su vida privada, Palacio
tenía siempre tiempo para ir a consolar al enfermo y éste encontraba siempre en
él todo auxilio médico, dado con el interés y la bondad de amigo.
Buen hijo, patriota virtuoso,
dulce socio médico compasivo, magistrado íntegro, su féretro fue acompañado al
sepulcro por los habitantes de Angostura nacionales y extranjeros; el Gobierno,
que tanto ha sentido su pérdida, le prodigó honores; mas su verdadera oración fúnebre
fueron las lamentaciones de cuantos iban a verlo inhumar, las lágrimas de
cuantos habían experimentado su mérito, o conocido sus virtudes.
Cui pudor
et justitie sóror
Incorrupta
fides nudaque veritas.
¿Quando
ullum inveniet parem?
Nos abstenemos de hablar de sus obras literarias de
que han dado cuenta o han extractado los periódicos de la Nueva Granada. Mas no
podemos pasar en silencio que el virtuoso e ilustre Palacio es el autor de la
que se publicó en Londres y reimprimió en Nueva York en 1817, titulada “Outline
of the revolution in Spanish America” &c. (Bosquejo de la revolución en la
América Española) obra que ha sido sobremanera estimada tanto en Europa como en
los Estados Unidos y que basta sola para apreciar dignamente al escritor.”
Como hemos podido advertir, correspondió al Correo del Orinoco la divulgación de
tan infausta noticia. La edición N° 34 del sábado 24 de julio de 1819 así lo
demuestra, al publicar un Soneto dedicado a la memoria del ilustre ciudadano,
enviado desde la isla de Trinidad. Leamos el texto en referencia:
“Un amigo del difunto DOCTOR PALACIO nos ha enviado
desde la Trinidad el siguiente
SONETO
Cuando la
Patria alegre repetía
El más
festivo himno a la victoria
Para
aplaudir un hecho (1) que la historia
Celebrará
en sus fastos algún día
De
improviso conturba su alegría
Como
ligera dicha transitoria
Un suceso
fatal, cuya memoria
No
borrará jamás del alma mía.
Murió el
joven Palacio, el modelo
¡Ay! La
Patria de luto y negro velo
Ha
llevado a la tumba su amargura
Y la
amistad, llorando sin consuelo,
La vista
aparta de la sepultura.
(1)
Alude al triunfo de los 150 Apureños.
*A la fecha de su muerte el diputado Manuel Palacio Fajardo había
acumulado cincuenta y cinco (55) asistencias a las sesiones del Congreso y
participado en sus deliberaciones de manera activa y destacada. Sus
inasistencias coinciden exactamente con los días últimos en que cayó enfermo y
falleció.
GASPAR
MARCANO
(San Juan Bautista, Estado Nueva
Esparta, 5 de enero 1781 – Maracaibo, Estado Zulia, 1821).
Constituye el caso especial del
militante revolucionario que marca con su fogosa presencia e intervención los
hechos y sucesos en los que participa. Así lo reconocieron sus contemporáneos y
de la misma manera ha trascendido en el tiempo.
Por otra parte, es de hacer notar
que su accionar político y militar transcurre en el ámbito nor-oriental
venezolano y, en consecuencia, contribuye a inscribir y darle proyección a este
amplio espacio geográfico en la visión de conjunto de nuestras luchas
insurreccionales contra el dominio colonial español.
Al igual que tantos otros
compatriotas que atendieron al llamado de la revolución que estalló el 19 de
abril de 1810, Gaspar Marcano ostenta los títulos de Licenciado y Teniente
Coronel, credenciales académicas que lo preparan para actuar en la vida
política y militar de manera destacada hasta el final de sus días.
De tan rica y dilatada
trayectoria seleccionaremos aquellos sucesos que consideramos dignos de
registrar:
Dice Rosauro Rosa Acosta en su Diccionario Margariteño Biográfico, Geográfico e Histórico que
a la caída de la Primera República, Marcano emigró a la vecina isla de Trinidad. Allí ha debido
entrar en contacto con el grupo de combatientes que, bajo la conducción de
Santiago Mariño, el 12 de enero de 1813, efectuó una asamblea en el islote de
Chacachacare con el propósito de reiniciar las luchas insurreccionales. El Acta
que se elaboró aquel día y donde se hizo constar el compromiso vital con la revolución
registra su nombre y firma. (8) De igual manera lo suscribe José Silverio
González Varela en su obra titulada Patriotas
de Margarita. (9) La revisión
bibliográfica que hemos realizado nos ha
conducido a poner en duda esta información: Hemos constatado que Gaspar
Marcano no suscribe el Acta de Chacachacare y en la descripción que hace
Bartolomé Tavera Acosta en su Historia
de Carúpano de los numerosos sucesos políticos y militares que se
sucedieron posteriormente no hallamos ninguna referencia a su actuación. (10)
Si aún permanece la incógnita, quizás el siguiente
detalle que hemos detectado en la contundente y convincente argumentación
expuesta ante el Congreso de Angostura para justificar su rechazo a incluir la
figura del Senado hereditario y vitalicio en el texto de la Constitución de
Venezuela propuesto por Simón Bolívar, publicada en el semanario Correo del Orinoco en su edición N° 33,
correspondiente al 7 de junio de 1819,
cuyo texto íntegro se reproduce más adelante, contribuya a aclararlo de manera
definitiva a favor de su no participación: “Quando aparecieron nuestros
primitivos Libertadores por Oriente (Chacachacare, aclaramos nosotros) y
Occidente en muy corto número, les contemplábamos como los únicos hombres á
quienes debían dispensarse todos los premios de nuestra República”…
Paul Verna, fundamentado en investigaciones
realizadas por el sacerdote Lino G. Canedo en el archivo de Saint Thomas logró
localizar a Gaspar Marcano en una lista de refugiados venezolanos en aquella
isla entre 1814 y 1816. (11)
Ante la pérdida de la Segunda República (1814) se
trasladó a la isla de Margarita y es de tal magnitud el movimiento político que
promueve, que es llamado a la hora de conformar el triunvirato que asumiría el gobierno político de la provincia insular, conjuntamente con Juan
Antonio Silva y Juan Miguel Láres y, además, el general Juan Bautista
Arismendi, designado comandante general de todas las fuerzas de mar y tierra.
(12)
El 22 de agosto de 1816, estando en Guiria, es
testigo de un hecho bochornoso que tuvo como principales actores al Libertador
Simón Bolívar y al General José Francisco Bermúdez. Su acertada y precisa
intervención evitó el fatal desenlace. El testimonio que nos dejó Felipe
Larrazábal traduce de manera magistral el dramático momento: “Subalternos de
Mariño conspiraron abiertamente contra la vida del Libertador, quien los
contuvo con su serenidad y valor extraordinario, pasando por en medio de ellos
espada en mano. Bermúdez, por su parte, encendido en cólera, y dejándose
arrebatar de la más insolente audacia, tiró la espada contra su jefe y su
Libertador… Abominable desorden del ánimo! Detuviéronle el coronel Isava y el
Licenciado Gaspar Marcano, que estaban presentes y evitaron la consumación del
más horrendo crimen.” (13)
En 1817, Gaspar Marcano se encontraba de nuevo en
la isla de Trinidad. Entonces se supo que el general español Pablo Morillo, al
frente de un poderoso ejército, se acercaba a las costas margariteñas con el
decidido propósito de invadir la isla y exterminar a nuestro heroico pueblo.
Mientras mucha gente se dispuso a huir, víctimas del pánico y de la zozobra que
provocaba en su ánimo aquella noticia, Gaspar Marcano prefirió trasladarse a su
isla dispuesto a combatir al agresor. El general Francisco Esteban Gómez en sus
“Observaciones” a la Historia de
Margarita de Francisco Javier Yanes, lo relató de esta manera: “Es muy
digna de recomendación la acción heroica del teniente coronel Gaspar Marcano y
cuatro más que le acompañaron en una curiarita a la isla de Trinidad
despreciando todo peligro; sus amigos que le aconsejaban que no era valor sino
temeridad arrostrar tantos peligros a la vez, que sería prudente esperar un
buque más a propósito y algunas noticias más positivas, a todo esto contestaba:
'yo sería un delincuente si viendo mi patria en peligro no volase en su auxilio
y así estoy resuelto a seguir para participar de la suerte que se le prepare'.”
(14)
El historiador Bartolomé Tavera
Acosta en su Historia de Carúpano registró la presencia de Marcano
en el Congreso de Cariaco de la
siguiente manera: “El Congreso se reúne el día 8 de mayo de 1817 en una de las
mejores casas de la población, formando esquina, cercana al río Carinicuao. A
su instalación concurren Mariño, Francisco Javier Mayz, Diputado por Cumaná,
miembro del primer Congreso que se reunió en Hispano América y firmante del
acta de nuestra independencia; el Almirante Luis Brión, comandante de las
fuerzas navales; Francisco Antonio Zea; el canónigo Cortés de Madariaga;
Francisco Javier de Alcalá, Diego de Vallenilla; Antonio de Alcalá; Manuel
Isava Sucre; Francisco de Paula Navas; Manuel Maneiro y Diego Bautista
Urbaneja. Hállanse también en la población otros distinguidos próceres civiles
de la Patria, entre ellos el Lcdo. Juan Martínez Alemán, el Lcdo. Gaspar Marcano, el Lcdo. Ramón
García Cádiz; Casiano de Bezares, etc. Tal instalación fue motivo de
entusiastas festejos populares en Cariaco.” Y más adelante hace referencia a
una importante designación que se le confiere: “Para el departamento de
Justicia nombra a los doctores Martínez Alemán y Gaspar Marcano y Lcdos. García Cádiz y José María España.”… (15)
El historiador José Luis Salcedo Bastardo ratifica
la presencia de Gaspar Marcano en el Congreso de Cariaco, indicando que en la sesión
del 8 de mayo de 1817 al elegir a los “letrados” integrantes del Poder
Judicial, fue seleccionado junto con Juan Martínez Alemán, José de España y
Ramón García Cádiz.” (16)
Como hemos visto, sobrados credenciales poseía
Gaspar Marcano para integrar la delegación representativa de la Provincia de
Margarita en el Congreso de Angostura.
No obstante, la revisión detallada de las actas nos
reveló una impresión decepcionante: Gaspar Marcano, en comparación con el resto
de la delegación, no asumió con la debida seriedad los compromisos que adquirió
con el pueblo margariteño y, como tal, no estuvo a la altura de sus
responsabilidades. Una breve relación de esta incomprensible actitud así lo
demuestra: Si bien asiste al acto de instalación del Congreso, efectuado el 15 de febrero 1819, se incorpora el primer día de abril (Acta N° 42), es
decir, un mes y medio después. Apenas había cumplido un mes de asistencia a las
sesiones ordinarias cuando solicita la primera licencia para trasladarse a la
isla de Trinidad (Acta N° 6, 06/05/19), permiso que si bien le es aprobado en
la misma fecha, días después le es revocado por el fallecimiento del diputado
Manuel Palacio Fajardo. (Acta N° 69, 10/05/19). Lo más grave es, sin embargo,
que el 1 de junio es electo Secretario (Acta N° 84) y, sin mediar ninguna
consideración, solicita una segunda licencia (Acta N°95, 15/06/19) y, sin
esperar la autorización respectiva, desaparece de la escena de manera
definitiva. Estas reiteradas inasistencias le impidieron suscribir la creación
de la Corte de Almirantazgo, la Constitución Política de Venezuela (Acta N°
139, 11/08/19) y la Ley Fundamental de la República de Colombia (Acta N° 229,
17/12/19), entre otras. Por si fuera poco, de acuerdo al contenido de las
actas, es de hacer notar que mientras asistió a las sesiones no tuvo alguna
intervención importante que, a juicio del Secretario, mereciera registrarse en
las actas respectivas.
No obstante, en el N° 33, edición correspondiente
al 7 de junio de 1819, el semanario Correo
del Orinoco, en el interés de divulgar aquellas intervenciones que
despertaban más preocupación e interés por parte de los diputados en el
tratamiento de álgidos temas, publicó el texto completo de la intervención de
Gaspar Marcano como aporte a la discusión sobre la pertinencia de incorporar en
la Constitución el carácter hereditario del Senado, propuesto por el Libertador
en el discurso de instalación del Congreso.
Esta iniciativa del periódico patriota la
apreciamos hoy por la importancia que ha adquirido para la historia de nuestra
región insular: constituye el único documento escrito que, en relación a este
evento político, dejó a la posteridad nuestro eximio paisano que, dicho sea de
paso, traduce su sólida formación político-ideológica, su calidad profesional y
consecuente compromiso revolucionario. Por considerarlo de sumo interés lo
copiamos a continuación:
Angostura 29 de mayo de 1819
En la semana pasada ha sido la
ocupación del Congreso el Proyecto de Constitución, como el principal objeto de
sus tareas, y las pretensiones de algunos extranjeros sobre tierras para
establecerse y poblar. La naturaleza del Senado ha llamado especialmente la
atención de los Representantes del pueblo; y por la importancia de este punto
ha tenido cinco discusiones: quedó votada la question el Lunes 24 del
corriente; no tuvo lugar la calidad hereditaria del Senado, sin embargo de
haberse modificado de tal suerte que venía á ser más bien electivo que
hereditario; pero prevaleció la mayoría por el carácter vitalicio de los
Senadores. Por una y otra calidad discurrieron los Señores Diputados Zea,
Méndez, Briceño y Peñalver; contrarios á ellas fueron los discursos de los
Señores Alzuru y Marcano: los iremos publicando por el órden con que vinieren á
nuestras manos, y añadiremos que el Señor Alzuru protestó contra la admisión de
un Senado vitalicio.
Observación sobre el
establecimiento de un Senado hereditario en la República de Venezuela hecha
por el Licenciado Marcano en el
Soberano Congreso.
Señor:
El establecimiento de un Senado vitalicio y
hereditario como se pretende, es a mi parecer directamente opuesto á los
principios de igualdad y de libertad que proclamó el Pueblo Soberano de
Venezuela desde el día en que se declaró Independiente. Es opuesto á los
principios de igualdad, porque se estancan en unas familias solamente las
principales dignidades de la República que deben corresponder á todos, así como
corresponden sus cargas; porque se dá entrada á los privilegios, en todo
Gobierno odiosos, y en el republicano detestables; y porque se cierran en
cierto modo las puertas al mérito y á la virtud. ¿Por ventura no vendrán tras
de nosotros muchos héroes que igualen y aún
se aventajen en relevantes servicios á los que tratamos de premiar? ¿Y por qué
estos no han de tener el mismo derecho a la dignidad senatorial? Quando
aparecieron nuestros primitivos Libertadores por Oriente y Occidente en muy
corto número, les contemplábamos como los únicos hombres á quienes debían
dispensarse todos los premios de nuestra República, y después hemos visto y
tenemos en su seno otros tantos, o más que ellos dignos de honor y alabanza. Y
si entonces el primer Congreso Venezolano hubiera dispuesto de los más
honoríficos de (ilegible), depositándolos en unas solas manos para siempre por
un orden de sucesiones, ¿No sería muy sensible que no encontrásemos ahora con
qué premiarlos bastantemente? Sí, sería no solo sensible, sino muy odioso el
que unos pocos Ciudadanos estuviesen elevados sobre el resto de la sociedad. Lo
mismo acontecerá con este Senado: la emulación, los justos zelos de los
heroicos Defensores estarán con ese cuerpo en continuo choque, y lejos de
mirarlo como el pedestal de la Libertad le contemplarán como el rival del
mérito y de la virtud. Así pues Señor V.M. debe dexar franca la entrada á los
futuros Beneméritos de la Patria y no fundar una especie de Mayorazgo exclusivo
para ciertos individuos, que á medida que heredan la dignidad de sus padres, no
pueden heredar sus virtudes, ni su valor. Prémiense norabuena los ínclitos
héroes Venezolanos, eternízese su nombre por todas las extremidades de la
tierra, si es posible; pero no por medios que ellos mismos han reprobado: -Una
de las razones por que hemos detestado al Gobierno Monárquico, y por
consiguiente al Español, es por que el hombre vicioso, el inepto, viene á
gobernar á los demás, por que acertó a nacer primero que otro hermano, o por
que es hijo del Rey y hereda la dignidad real. ¿Y cómo es que ahora queremos
adoptar estos principios? La virtud y el vicio deben reconocer su autor, y así
como es injusto castigar al inocente, no lo es menos premiar al que no ha
servido, por los méritos de otro. Dixe que es opuesto á la Libertad, por que se
priva al pueblo de exercer el acto más augusto de su soberanía, del único acto
en que con plenitud dispone de sus imprescriptibles derechos, del acto libre y
espontáneo de nombrar mediata o inmediatamente sus funcionarios públicos, para depositar en ellos el exercicio de su soberanía. Esta
coartación de unas facultades inherentes al pueblo no está concedida ni pudo
concedérsenos en la amplitud de nuestros poderes. –Por último sobreser contra
la opinión del mismo pueblo que nos ha constituido, el establecimiento de
semejante Senado, es muy escandaloso presentarnos ahora al mundo civilizado con
un cuerpo de nobleza, de ricos cargados de privilegios para entregar a su
arbitrio al Pueblo de Venezuela por todos los siglos; á un pueblo que ha
derramado y derrama su sangre por derrocar el trono de los usurpadores de sus
derechos y a un pueblo en fin que espera en vez de una Aristocracia, de una
oligarquía, una razonable Democracia. En consequencia de todo mi opinión es que
el Senado sea electivo y suprima lo vitalicio y hereditario. He dicho.”
Rastreando la trayectoria que continuó cumpliendo a
partir de 1819, nos sorprendió de igual manera verlo ahora convertido en
Diputado Suplente en la comisión nombrada por el Colegio Electoral de la Isla
de Margarita al Congreso de Colombia, según anuncio publicado por el periódico Correo del Orinoco N° 92,
correspondiente al sábado 20 de enero de 1821.
Ha escrito José Ángel Oropeza Ciliberto en la
biografía citada que, efectivamente asistió a este Congreso y como hizo
propuestas que no fueron aceptadas, “contrariado por el rechazo de sus ideas”,
de igual manera que lo hizo cuando fue miembro del Congreso de Angostura, se
retiró de sus sesiones, se radicó en Maracaibo y allí falleció. Por estas
razones estuvo impedido de estampar su firma en la Ley Fundamental de la Unión
de los Pueblos de Colombia y en la Constitución sancionada finalmente por el
Libertador el 6 de octubre de 1821. (17)
Es también lamentable dejar registrado aquí la
queja expresada por José Ángel Oropeza Ciliberto en el prólogo a la cuarta
edición de La Epopeya de Margarita (1958): se desconoce la fecha exacta de su muerte. Sólo se sabe que ocurrió en
1821.
El Gral. Francisco Esteban Gómez, en sus “Observaciones
que hace sobre la Historia de Margarita escrita por el doctor Francisco Javier Yanes y somete a la consideración
de sus conciudadanos que quieran reunirse a revisarlas”, incorporadas como
Apéndice en sucesivas ediciones a la obra de Yanes, en relación a la fecha de
muerte de Gaspar Marcano precisa la referencia al mes: “Por julio murió en
Maracaibo el teniente coronel Gaspar Marcano, perdió la Margarita un buen hijo
y la libertad un firme apoyo.” (18)
Desconocemos
el lugar exacto donde reposan sus restos.
JOSÉ DE
JESÚS GUEVARA
Aún cuando sólo podemos informar
que José de Jesús Guevara era margariteño, desconociéndose el lugar y las
fechas de su nacimiento y muerte, Rosauro Rosa Acosta en su Diccionario Margariteño Biográfico,
Geográfico e Histórico (19),
proporciona una breve pero muy valiosa información de carácter biográfico que nos permite afirmar que
éste prócer constituye el digno ejemplo de toda una vida rectilínea dedicada a
la causa revolucionaria:
1810 marca el inicio de su
carrera política al atender al llamado que hiciera la Junta de Caracas mediante
su destacada incorporación al movimiento independentista que el 4 de mayo
compromete la participación de la Provincia de Margarita.
Su intensa actuación es pública y
notoria, al extremo de librarse contra él en 1812 una orden de aprehensión
dictada por Pascual Martínez, sanguinario gobernador español, siendo
encarcelado en el castillo de Pampatar. Desde allí, junto con 61 destacados
dirigentes patriotas que también fueron objeto de esta medida, es remitido a
las bóvedas de La Guaira. (20) La Nómina de los patriotas insulares enviados
prisioneros a las bóvedas de La Guayra y Puerto Cabello por el Gobernador
Pascual Martínez a partir del 24 de diciembre de 1812 es la siguiente:
1. Coronel Juan Bautista Arismendi. 2. Teniente Vicente Arismendi. 3.
Subteniente Antonio Anés. 4. Teniente Francisco Cedeño Ortega. 5. Escribano
Antolín del Campo. 6. Presbítero Juan Defis. 7. Presbítero Br. Francisco
Esteves. 8. Capitán José María Frontado. 9. Teniente Juan Fernando Fermín. 10.
Ciudadano Manuel Fermín. 11. Sargento Francisco Fierro. 12. Coronel Rafael de
Guevara. 13. Capitán Francisco Guevara. 14. Teniente Pedro Guevara. 15.
Teniente Nicolás de Guevara. 16.
Ciudadano José de Jesús Guevara. 17. Ciudadano Agustín Gómez.
18.
Sargento Tomás Gómez. 19.
Ciudadano José Julián García. 20. Ciudadano Pedro García. 21. Guarda Mayor
Antonio de Herrera. 22. Ciudadano Esteban de Herrera. 23. Teniente Coronel
Simón de Irala. 24. Capitán Juan Bautista de Irala.
25.
Teniente Coronel Juan Miguel de
Lárez. 26. Teniente Antonio Lárez. 27. Teniente José de Lárez. 28. Ciudadano
José Lefebre. 29. Ciudadano Juan Lugo.
30.
Ciudadano Florencio Luzón. 31.
Coronel Manuel Plácido Maneyro. 32. Coronel José Manuel Marcano. 33. Capitán
Andrés Marcano. 34. Capitán Ayudante Blas Marcano. 35. Capitán Luis Marcano.
36. Ciudadano Marcos Marcano. 37. Sargento Juan José Marcano. 38. Presbítero
José Nicolás Marcano.
39.
Presbítero Ceferino Melo. 40.
Subteniente Juan Millán. 41. Subteniente José Ortega. 42. Capitán Andrés Pérez.
43. Capitán Juan Plaza. 44. Capitán Pablo Ruiz.
45. Capitán Juan José de la Riba. 46. Ciudadano José Rafael Reyes. 47.
Contador Juan Antonio de Silva. 48. Coronel Cayetano de Silva. 49. Capitán
Toribio de Silva. 50. Capitán Vicente de Silva. 51. Teniente José Antonio de
Silva. 52. Capitán Marcos de Silva. 53. Teniente Ramón de Silva. 54. Capitán José
Antonio Silva Natera. 55. Capitán José Sanz. 56. Capitán José Vicente Totesaut.
57. Coronel Manuel Villapol. 58. Teniente Pedro Villapol. 59. Ciudadano Genaro
Verde. 60. Capitán Mercante José Jacinto Varela. 61. Subteniente José
Villarroel.
62. Sargento
Juan Yánez.
Este joven, portador “de gran
preparación y de sólidos conocimientos de jurisprudencia”, al decir de Rosauro
Rosa Acosta, integró también la importante delegación que representó a la
Provincia de Margarita en el Congreso de Angostura.
De su desempeño en las sesiones
de este magno Congreso podemos resaltar lo siguiente:
*Al igual que los demás
compatriotas diputados hace acto de presencia en la instalación del Congreso.
(Acta N° 1, 15/02/1819).
*En los momentos iniciales de las
actividades del Congreso es designado Secretario. (Acta N° 4, 18/02/19).
*En gesto de solidaridad con su
colega Gral. Rafael de Guevara, quien manifestó no poder asistir a las sesiones
por encontrarse enfermo (Acta N° 51,
16/04/19), asume su representación en la Comisión de Misiones, funciones
que desempeña hasta el 26 de mayo (Acta N° 81).
*El 6 de agosto (Acta N° 135) el Vice-Presidente
Zea lo designó miembro de una Comisión “para que forme y proponga un plan de
arbitrios que proporcione ingresos a las cajas nacionales para sus atenciones”,
tema, que luego de su estudio, culminó con la siguiente resolución: …“que
durante la guerra se administre o subaste de cuenta del Estado el aguardiente
ron; que reasuma la venta del tabaco quedando libre su siembra, cultivo y extracción;
e igualmente la venta de la sal por mayor y menor, todo bajo los respectivos
reglamentos que serán del cuidado del Gobierno su formación, conciliando las
circunstancias, urgencias y bien público.” (Acta N° 151, 25/08/19). En esta
misma sesión solicitó y se le concedió licencia por tres meses para trasladarse
a la isla de Margarita.
*En la sesión del 26 de agosto (Acta N° 152),
Onofre Basalo, diputado por la Provincia de Caracas, expuso “que por el
desorden que se nota pedía se establezca una ley penal para los que abrieran
las cartas o pliegos de la correspondencia del Gobierno o la particular” y el
Presidente hizo el nombramiento correspondiente en el mismo señor Basalo, Juan
Martínez (Provincia de Cumaná) y José de Jesús Guevara.
*En la sesión del 20 de octubre (Acta N° 190) se
consigna la siguiente noticia: “Los señores Guevaras (se refiere a José de
Jesús Guevara y al Gral. Rafael de Guevara), que marchan para Margarita, se
despidieron del Congreso pidiendo sus órdenes, y el señor Presidente les
manifestó lo sensible que le era al Congreso su separación, y les deseaba un
feliz viaje y pronto regreso.”
*Desde Margarita dirigió oficio “en que hace varias
observaciones sobre los perjuicios que trae a aquella Isla la circulación de la
moneda provincial establecida allí” y, de inmediato, se nombró la Comisión
respectiva para estudiar el asunto.” (Acta Sesión 112, 15/02/1821). El tema
despertó un inusitado interés por cuanto reveló una grave problemática en lo
referente al generalizado uso, acuñación y falsificación de monedas y la
necesidad de actuar de inmediato para detenerla: “Congregados los señores de la
Diputación Permanente, Martínez, Cádiz, Afanador, España y Peraza, se dio
cuenta de una comunicación de su Excelencia el Vicepresidente de Venezuela del
día 22 del corriente, en que expone que todas las autoridades de la
isla de Margarita han hecho interesantes y encarecidos reclamos para que se
amortice la falsa moneda macuquina que circula en aquella isla, y después de
manifestar con varias reflexiones los incalculables males que por ella se
experimentan, lo que no reduciéndose sólo a aquella provincia extienden sus
perniciosas influencias en todo el departamento, a consecuencia de la libertad
en que se hallan las Costas de Cumaná y Barcelona; y lo gravoso y difícil que
sería la extinción de dicha moneda si se consiente por más tiempo su
circulación, propone en consulta un proyecto que le parece de la más pronta
eficacia para remediar dichos males.” (Acta Sesión 120, 27/03/1821). Situación
que se dio por concluida en la Sesión 126, del 27/04/1821, mediante elogiosas
expresiones de reconocimiento al Diputado Guevara: “La Comisión nombrada en
sesión de quince de febrero último manifestó verbalmente en este acto su
opinión sobre el contenido de la representación del honorable señor José Jesús
Guevara, de que se dio cuenta en la sesión citada, y conformándose Su
Excelencia la Diputación con el parecer de la Comisión, acordó se conteste al
referido señor Guevara haberse recibido su representación de trece de octubre
último en que hace referencia de los males que causa en aquella Isla la
circulación de la moneda falsa fabricada e introducida allí; y que habiéndose
ya acordado con el Gobierno los medios adecuados para remediarlos, se le dan
las gracias por el patriotismo y energía con que lo ha representado, y que ha
manifestado siempre su conducta.”
GENERAL RAFAEL DE GUEVARA
(Porlamar, Estado Nueva Esparta, 1771 – Carúpano, Estado Sucre, 25 de
mayo 1847).
El general Guevara completa la trilogía de los
margariteños que integran la delegación que asiste en representación de la
Provincia de Margarita al Congreso de Angostura.
Una rápida evaluación de su trayectoria militar y
política hasta 1819 lo ubica como un soldado que ingresó a la temprana edad de 26
años a la Compañía de Infantería de Milicias de Blancos de Margarita que a
partir de entonces escaló posiciones relevantes en la carrera militar y como un
destacado servidor público al desempeñarse como Alcalde de Primera Elección en el Ayuntamiento de
Margarita en 1798 y Síndico Procurador General en 1802.
La vorágine de la revolución lo envolvió y desde
1810 reorienta su actividad pública: el 4 de mayo el pueblo rebelde lo aclama
como Comandante General de las Armas, sufre los rigores de la represión y el
encierro en el castillo de Pampatar y La Guaira (20).
Por considerarlo de interés, copiamos una excelente
y sintética descripción de estos tétricos calabozos: “LAS BÓVEDAS DE LA GUAIRA.
Desde 1680 en que Don Claudio Rugero presentó los planos y dirigió la
construcción de esa fortaleza, hasta 1882 en que fue demolida en parte y
terraplenada, eran encerrados en sus calabozos numerosos reos, especialmente
por causas políticas. Las bóvedas de La Guaira estaban constituidas por dos
vastas y elevadas salas de 60 varas de largo la primera y 45 la segunda, que
miraban entreambas a un estrecho patio en el que se mantenía a los presos de
las 7 de la mañana a las 5 de la tarde más o menos. La cloaca se comunicaba con
el mar y penetraban por ella las olas en las fuertes marejadas. Por sobre esas
salas, la plataforma y los cañones que la defendían; mientras que el muro que
limitaba el patio daba al Cuartel de San Fernando, por donde entraba el
detenido, bajaba una rampa y llegaba al portón de la fortaleza donde un buzón
le daba entrada. Las bóvedas de La Guaira se parecían a la Penitenciaría de
Puerto Cabello. Corrían sobre la antigua prisión una calle y el ferrocarril de
La Guaira a Macuto, correspondiendo uno de sus extremos al punto donde estaban
los talleres y depósitos del Ferrocarril de Caracas a La Guaira. Ni qué decir
de estos antros de reclusión y mucho menos hablar de cuántos dramas
presenciaron los temidos calabozos.” (21)
Es válido también transcribir el conmovedor
testimonio de Juan Vicente González, escrito en una de estas oscuras mazmorras:
“CUADRO DANTESCO SOBRE VENEZUELA. El año de 1861 Juan Vicente González
adversaba la causa política del mandatario de turno, por lo que éste para
acallar sus ideas lo reduce a prisión en las Bóvedas de La Guaira. Hasta su
calabozo llegaba el ruido de las olas que golpeaban las escolleras del vetusto
edificio carcelario, atisbando por una de las claraboyas de su celda el cielo
caliginoso, ayuno del fulgor de las estrellas y de la pálida luz de la luna.
Desde ese sitio, hastiado por el lento discurrir del tiempo y ensombrecida su mente por los malos recuerdos, traza un cuadro dantesco
sobre Venezuela: 'Eso que ves, polvo de hombres, tumba lleva de podredumbre y
huesos, fue una nación en otro tiempo. Vedla. Ninguna aspiración noble, ninguna
creencia, ningún pensamiento común, ningún amor. Todo ha muerto en ella; todo
lo ha perdido, hasta el instinto de la conservación. A tal abismo llegan los
pueblos en que se ha extinguido la vida del espíritu; en que el sacrificio es
odioso y los apetitos mandan y se han olvidado el deber y la justicia. La
abyección de las naciones es el poder de los tiranos'.” (22)
Su nombre aparece en la “Nómina de los patriotas
insulares enviados prisioneros a las bóvedas de la La Guayra y Puerto Cabello
por el Gobernador Pascual Martínez a partir del 24 de diciembre de 1812.” (23)
Siendo portador de tan excelentes credenciales
resulta favorecido en su elección como diputado al magno Congreso de Angostura.
Ignoramos las causas que pudieron influir, pero, de
acuerdo al contenido del Acta N° 30, el general Guevara hace acto de presencia
el 20 de marzo, con un poco más de un mes de retraso: “Se presentó el honorable
señor general Guevara, y habiéndosele tomado por el señor Presidente el correspondiente
juramento, se le dio incorporación como diputado de la isla de Margarita,
supuesto que resultando también de la provincia de Cumaná, debe según el
reglamento convocatorio ser de aquella Isla porque es la más lejana.”
A partir de esta fecha se incorpora a las sesiones
diarias hasta el 2 de abril, según acta N° 43. Las actas subsiguientes
comienzan a registrar su inasistencia hasta el 16 de abril, Acta N° 51, en que
se anuncia su mal estado de salud: …“se leyó la solicitud que en enero de este
año hizo acerca de las Misiones el extranjero Santacruz, la cual, con el
proyecto que también se leyó y exhibió el señor Peñalver, sobre mejorar el
estado de aquellas, el Soberano Congreso acordó pasase a la Comisión que
entendía en este negocio, y que por la enfermedad del señor general Guevara,
uno de los miembros que la componen, quedaba nombrado el señor José Jesús
Guevara.” Por esta razón deja de asistir a las sesiones ordinarias hasta el 25
de mayo, Acta N° 80.
El general Guevara se reincorpora el 26 de mayo,
Acta N° 81, y se convierte en asiduo asistente hasta el 20 de octubre, fecha en
la cual, junto con el diputado José Jesús Guevara, se traslada a la Isla de Margarita, Acta N°
190, para no retornar de nuevo a Angostura.
El último registro de las actividades realizadas
por el general Guevara corresponde a una decisión tomada por la Diputación
Permanente del Congreso de Angostura, correspondiente al 3 de agosto de 1820 en
su sesión N° 67: su designación como Gobernador Político e Intendente de la
Provincia de Margarita.
En su accidentado ejercicio legislativo el general
Rafael de Guevara, según consta en el cuerpo de actas, estampa su firma
aprobatoria de la Constitución Política de Venezuela.
REFERENCIAS
BIBLIOGRÁFICAS
(1) Grases, Pedro (Comp.): Actas del
Congreso de Angostura (15 de febrero de 1819 – 31 de julio de 1821). (Colección Claves Políticas de
América, N° 7). Caracas, Fundación
Biblioteca Ayacucho y Banco Central de Venezuela, 2011.
(2) En la citada obra de Pedro Grases las actas en referencia están
identificadas con la numeración siguiente: 18, 31, 33, 34, 35, 36 y 37.
(3)
“Reglamento Provisional para el
establecimiento de dos Cortes de Almirantazgo en Venezuela.” Méndez Sereno,
Herminia: El Almirantazgo Republicano 1819-1822. (Fuentes para la
Historia Republicana de Venezuela, N° 89).
Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008, pp. 105-107.
(4) Ibidem., p. 16.
(5) Gómez
León, Iván (Estudio Introductorio y Recopilación): Santa Ana del
Norte: Cuna auténtica de la
Tercera República de Venezuela. Recopilación de textos. Porlamar, Verbo Publicaciones e Impresos, 2006, p. 105.
(6) Idem.
(7) Ibidem., pp. 119-120.
(8)
Rosa Acosta, Rosauro: Diccionario Margariteño Biográfico,
Geográfico e Histórico. (Colección
Contemporánea “Gustavo Pereira”, N° 1). Isla de Margarita, Fondo Editorial del Estado Nueva Esparta, 1996, pp.
276-277.
(9)
González Varela, José Silverio: Patriotas de Margarita. La Asunción,
Ediciones del Ejecutivo Regional, 1983, p. 19.
(10)
Tavera Acosta, B.: Historia de Carúpano. (Colección
Vigilia, N° 19). Caracas, Ministerio de Educación, Dirección General,
Departamento de Publicaciones, 1969, pp. 121-129. A pesar de estas
aclaratorias, sustentadas en fuentes documentales de primera mano, nuestros
historiadores contemporáneos no han introducido la necesaria corrección: Héctor
Bencomo Barrios continúa afirmando: “Asistió a la asamblea que, en el islote de
Chacachacare, presidió el coronel Santiago Mariño el 12 de enero de 1813, y
cuyo propósito fue la decisión para la ejecución de la expedición sobre las
costas orientales de Venezuela. Actuó en las operaciones militares con
las cuales fueron liberadas las provincias de Cumaná y Barcelona.” Bencomo
Barrios, Héctor: “Marcano, Gaspar.” Fundación Polar: Diccionario de Historia de Venezuela. Vol. 3. Caracas, Fundación
Polar, 1997, p. 47.
(11)
Verna, Paul: Bolívar y los emigrados patriotas en el Caribe. (Trinidad, Curazao, San Thomas, Jamaica, Haití). Caracas,
Instituto Nacional de Cooperación
Educativa (INCE), 1983, pp. 35-36.
(12)
Yanes, Francisco Javier: Historia de Margarita. (Colección
Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Fundación
editorial el perro y la rana, 2008, p. 28.
(13)
Citado por José Ángel Oropeza
Ciliberto en la breve reseña biográfica de Gaspar Marcano, incluida en la
edición de 1981 de La Epopeya de
Margarita, p.
3.
Héctor Bencomo Barrios al
referirse a este suceso califica de “altercado” el serio conflicto que
escenificaron Bolívar y Bermúdez. En nuestro criterio es una expresión incorrecta
e impropia. Bencomo Barrios, Héctor: “Marcano, Gaspar.” Fundación Polar: Diccionario de Historia de Venezuela.
Vol. 3. Caracas, Fundación Polar, 1997, p. 47.
(14)
Gómez, Francisco Esteban: “Observaciones
que Francisco Esteban Gómez hace sobre la Historia
de Margarita escrita por el doctor Francisco Javier Yanes y somete a la
consideración de los ciudadanos que quieran reunirse a revisarlas.” Yanes,
Francisco Javier: Historia de Margarita.
(Colección Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura,
Fundación editorial el perro y la rana, 2008, p. 164.
(15) Tavera
Acosta, B.: Ob. Cit., p. 165 y p.
166.
(16)
Salcedo Bastardo, José Luis: “El
Congreso de Cariaco (8 y 9 de mayo de 1817).” Diccionario Multimedia de Historia de Venezuela. Caracas, Fundación
Polar, 1988.
(17) Citado
por José Ángel Oropeza Ciliberto: Ob.Cit.,
pp. 4-5.
(18) Gómez,
Francisco Esteban: Ob. Cit., p. 172.
(19) Rosa
Acosta, Rosauro: Ob.Cit., pp.
207-208.
(20)
Rosa Acosta, Rosauro: Los Hombres del 4 de Mayo. Porlamar,
Verbo Publicaciones e Impresos, 2008, pp. 27-28.
(21)
Martínez, Miguel A.: Esa otra historia. (Estudios,
Monografías y Ensayos, N° 151). Caracas, Academia Nacional de la Historia,
1992, pp. 47-48.
(22)
Citado de Carreño, Eduardo: Vida
anecdótica de venezolanos. Martínez, Miguel A.: Ibidem., p. 157.
(23) Rosa
Acosta, Rosauro: Ob. Cit., pp.
27-28.
SEGUNDA PARTE
LA
CORTE DE ALMIRANTAZGO DE LA PROVINCIA DE MARGARITA
EL
ALMIRANTAZGO REPUBLICANO DE LA PROVINCIA DE MARGARITA (1819-1822)
*La Corte de Almirantazgo es una institución poco conocida a escala
regional y nacional.
*Fue creada por el Congreso de Angostura el 26 de marzo de 1819,
establecida en la Villa del Norte y en el puerto de Juangriego de la Isla de
Margarita el 6 de julio del mismo año y prolongó sus actividades hasta el año
1822 en que fue trasladada al puerto de La Guaira. En 2019 también cumplirá su
año bicentenario.
*A esta noble institución, a pesar de haber desarrollado sus actividades
en tan breve lapso, se le reconoce que contribuyó a echar las bases de la
defensa de nuestra soberanía marítima, brindó un sustancial aporte a la
conformación inicial de nuestras fuerzas navales y dio importante respaldo a la
lucha por nuestra independencia del dominio colonial español.
*Su Presidente durante los cuatro años de funcionamiento de la
institución (1819-1822) fue el jurista, historiador y patriota
cubano-venezolano Francisco Javier Yanes, reconocido como “Fundador de la
Nación Venezolana”.
*Proponemos que el Ministerio del Poder Popular para la Defensa y las
Alcaldías Bolivarianas de los Municipios Gómez y Marcano se propongan articular
esfuerzos para celebrar tan magna fecha en el contexto de la programación
especial que exaltará el también bicentenario Congreso de Angostura.
ANTECEDENTES
En un principio, durante los años 1817 y 1818,
funcionó en la Villa del Norte, Isla de Margarita, un Vicealmirantazgo para
considerar el procesamiento de embarcaciones y dictar sentencia. Era este un
tribunal eventual que se activaba cuando se presentaban los casos y, al
finalizar su gestión, cesaba en sus funciones al igual que sus jueces.
En estos años fueron designados Presidente: General
Juan Bautista Arismendi. Vocales: Francisco Esteban Gómez (Gobernador),
Intendente Nicolás Guevara, Antonio Morales Brito y el Doctor Manuel Palacio.
Vocal-Secretario: José de Jesús Guevara. Auditor: Licenciado Gaspar Marcano.
Secretario: Coronel Luis Francisco Rieus y Fiscal: Domingo Alzuru. (1)
Francisco Javier Yanes agrega a
esta información que en 1817 correspondió al Libertador Simón Bolívar tomar
medidas al respecto y para ponerlas en ejecución designó el 6 de enero, desde
su Cuartel General de Barcelona, al Almirante Luis Brión, quien procedió a
instalar la Corte en el puerto de Pampatar. De la lectura de las Observaciones… escritas por el Gral.
Francisco Esteban Gómez puede inferirse que, efectivamente, fue esta una medida
de emergencia y que, como tal, funcionó de manera ocasional y puntual. Dice
Yanes: “El general Bolívar se ocupó en los días siguientes (1817) en la
reorganización del ejército, en la formación de un cuerpo de marina que se
opusiese a la enemiga, guarneciese las costas, las purgase de corsarios,
protegiese el comercio; obrase de acuerdo con los ejércitos de tierra. Expidió
una ordenanza para el arreglo del corso, y declaró en estado de bloqueo los
puntos de la costa que ocupaban los españoles, cuya resolución se comunicó en
debida forma a los gobernadores de las Antillas”
(1) y encargó de estas delicadas tareas al Almirante Luis Brión. Francisco
Esteban Gómez abunda sobre el tema de esta manera: “El almirante Brión luego
que llegaron los buques de Los Cayos al cargo de Mr. Villeret, que dice la
historia arribaron a la isla el 31 de enero, estableció su corte de almirantazgo
en el puerto de Pampatar y mandó a cruzar todos los buques que hicieron varias
presas y algunas muy interesadas, cuyos efectos se remataban en el mismo
puerto, lo mismo que los buques que no servían para armar en corso. Pocos días
después se presentó en Pampatar un corsario mandado por Mr. Pitre, el que
convencido de haber cometido varios actos de piratería, fue condenado por el
almirante a pena de horca que sufrió en Pampatar; como cómplices en estos actos
de piratería fueron presos tres hijos de la provincia de Cartagena con el
capitán de Los Cayos San Pines los que fueron detenidos por largo tiempo en
arresto y después puestos en libertad.” (2)
ORÍGENES
El 26 de marzo de 1819 el
Congreso de Angostura –en el decidido propósito de proteger las costas
venezolanas de las embarcaciones enemigas y combatir el contrabando y la
piratería-- procedió a crear solemnemente la Corte de Almirantazgo de la Isla
de Margarita y designó su Presidente al Licenciado Francisco Javier Yanes, con lo cual se otorgó a esta instancia, en
comparación con la anterior, un mayor poder en su actuación y en su
responsabilidad institucional. “La Corte de Almirantazgo -explica Herminia
Méndez Sereno- es un tribunal con facultad para conocer y pronunciarse sobre
todo tipo de juicios de presas y piratería, formalmente establecido por la
autoridad soberana de la Nación, ante la cual sus jueces deben responder con su
honor y su vida.” (2)
La primera noticia que localizamos referente a esta
novísima institución, creada por la revolución como instrumento para defender y
ejercer nuestra soberanía marítima por el gobierno de la República en
gestación, nos la proporciona el mismo Yanes en su Historia de Margarita, cuando informa: “El 26 de marzo (1819)
decretó el Congreso de Venezuela la creación de dos cortes de almirantazgo, una
en Angostura, y otra en Margarita, estableciéndose ésta el día 6 de julio en el
puerto de Juan Griego, que desde luego acordó providencias para el arreglo del
corso de modo que se hostilizase al enemigo sin ofender el derecho de los
neutrales, y se observase en todo el derecho de las gentes y de la guerra.” (3)
Es pertinente aclarar que la Corte prevista para Angostura no se instaló, por
cuanto el Almirante Luis Brión consideró …“que ocasionaría enormes gastos en el
pago de personal, por la dificultades para remontar el río Orinoco durante gran
parte del año y porque en esa ciudad tiene su sede la Corte Suprema de
Justicia, que conoce en apelación las causas del Almirantazgo.”… (4)
Como se ha dicho, el 6 de julio de ese mismo año la
institución procedió a constituirse, estableciendo como sede marítima el puerto
de Juangriego y como sede urbana la Villa de Santa Ana del Norte, debido a la
cercanía y expedita comunicación entre ambos puntos de referencia.
REGLAMENTACIÓN
La Corte de Almirantazgo inició
su funcionamiento regida
por el Reglamento Provisional para el
establecimiento de dos cortes de Almirantazgo en Venezuela, aprobado en el Palacio del Congreso Nacional en Angostura el 26 de marzo de 1819, bajo la Presidencia de Juan
Germán Roscio. En este instrumento jurídico se establece su estructura
organizativa, los miembros que la integran, los procedimientos a cumplir, entre otros, los cuales
le otorgan la exclusividad del tratamiento de todos los temas referidos al
ejercicio pleno de nuestra soberanía marítima. Así lo establece el artículo 5°:
“Conocerá exclusivamente en primera instancia en todo lo relativo a presas,
bien sean hechas por corsarios particulares, o por buques de guerra del estado
y de toda especie de piratería.” (5)
Posteriormente, como resultado de la revisión
crítica de la legislación hispánica heredada y de la necesidad de adaptarla a
nuestras circunstancias, Yanes elaboró, entre otros, los siguientes
reglamentos: “Instrucción para el juez que debe formar los procesos de presas”,
“Exigencias para desempeñar el oficio de guarda-presa” y la “Ordenanza que
prescribe las reglas con que se ha de hacer el corso contra los enemigos de la
República de Venezuela y como se han de deportar los corsarios con las
embarcaciones neutrales y amigas”. A los fines de garantizar que todos los
involucrados en estos procesos adquirieran la información fidedigna de los
procedimientos y sanciones a que se exponían en caso de violación, algunas de
estas normas deberían ser leídas ante el personal de marinería. En otros casos,
se hacía constar en los documentos que debían ser debidamente firmados por las
autoridades y los responsables. Podemos ilustrar con la Patente de Corso
otorgada el 8 de agosto de 1819 por el Libertador Simón Bolívar “al ciudadano
Azor Orne Dueño, propietario de la goleta nombrada Brión del porte de ciento
ochenta toneladas, armada con diez cañones y demás armas y municiones
necesarias”. En uno de sus párrafos leemos lo siguiente: “Ordeno y mando, bajo
las más severas penas (hasta la de muerte según la gravedad del caso, que
decidirá un Consejo de Guerra) al enunciado Capitán Azor Orne, que no moleste
de manera alguna los buques neutrales, amigos y aliados; extendiéndose estas
mis expresas órdenes aún a los buques neutrales que entren o salgan de un
puerto o puertos no bloqueado por nuestras Fuerzas Navales; pues si lo
estuvieren, los tales buques serán conducidos para ser juzgados a uno de
nuestros puertos sin que su tripulación sea insultada ni molestada. Prevengo y
encargo al dicho Capitán Ciudadano Azor Orne sostenga el honor y decoro del
Pabellón Venezolano y mantenga una severa y estricta disciplina a su bordo,
haciéndolo responsable ante las leyes de cualquier desacato que cometa su
tripulación.” (6).
En la misma sesión del 26 de marzo de 1819 el
Congreso de Angostura, además de designar al Licenciado Francisco Javier Yanes
como Presidente de la Corte de Almirantazgo de la Isla de Margarita, eligió
para Ministros a los ciudadanos intendentes Nicolás Guevara (7) y Julián Méndez
(8) y para Fiscal al doctor Andrés Narvarte. (9) A manera de prever alguna
circunstancia que pudiera entorpecer su puesta en funcionamiento a la brevedad
posible, el Congreso facultó a Yanes “para que en caso que dichos ministros no
puedan ejercer sus funciones o tengan algún impedimento legal, pueda nombrar
otras personas que tengan las calidades necesarias.”
El 6 de julio se procedió al acto de instalación en
el puerto de Juangriego y en la Villa de Santa Ana del Norte.
Diversas razones influyeron para tomar tan
trascendental decisión: En primer lugar, debido a su estratégica ubicación
geográfica al nor-oriente de Venezuela hacía propicio las relaciones con las
Antillas. Además, pueden anotarse: el férreo y consecuente control político y
militar ejercido por los patriotas, bajo el liderazgo de Juan Bautista
Arismendi y de Francisco Esteban Gómez, entre los más destacados, permitió que
en la Isla se armaran los corsarios para hostilizar al enemigo en cualquier dirección y circunstancia. En
consecuencia, la Isla sirvió de almacén y arsenal de los productos del corso,
se convirtió en excelente base para la marina nacional que desde cualquiera de
sus puertos facilitaba las expediciones a las costas y garantizaría a la Causa
independentista un significativo apoyo en recursos bajo la inteligente y
responsable gestión de su Presidente Francisco Javier Yanes… Y así se cumplió.
DOS EJEMPLOS DE LA RUTINA
DE LA CORTE DE ALMIRANTAZGO
A manera de ilustrar al lector acerca de las
significativas funciones que cumplía con frecuencia la Corte de Almirantazgo en
su propósito de proteger las costas venezolanas de piratas y corsarios, nos
permitimos transcribir dos sentencias publicadas en el periódico Correo del Orinoco N° 105 del 26 de mayo de 1821:
“SENTENCIA
DE LA CORTE DE ALMIRANTAZGO
DE MARGARITA”
Sala de la Corte de Almirantazgo en la Villa del Norte el 5 de abril de
1821. Año 11° de la Independencia.
Los S.S. Presidente y Ministros de la Corte de
Almirantazgo, establecida en esta Isla de Margarita por autoridad del Soberano
Congreso, habiendo visto el proceso formado a consecuencia de la conducción al
puerto de una Balandra que se dice nombrada la Misma por el buque de guerra de la República la Favorita, con lo representado por el
Sr. Fiscal, de cuya actuación resulta: Que la expresada balandra salió de la
Guaira con destino a Cumaná y que habiendo sido apresada sobre el Cabo Codera
por un Corsario nombrado el Catón que
se dice patentado por el Gefe de la Banda Oriental del Río de la Plata José
Artigas, fue destinada a esta Isla y hallándose en la necesidad de hacer agua
arribó a Barcelona de donde la condujo a este puerto la Favorita. Que dicha balandra estaba tripulada con seis hombres de
Capitán a paje, y su cargamento consistía en catorce ó quince barriles, dos
barricas de ron, un poco de sebo en rama embarrilado, azúcar en pilones,
algunos sacos de cebollas y ajos, vestuarios, zapatos y botines. Que también
venían en ella algunos pasajeros y oficiales Españoles, algunos de los cuales
con sus asistentes, igualmente que de parte de la tripulación fueron
desembarcados en la Orchila, quedando otros a bordo de la misma balandra que
fueron desembarcados en Barcelona, a excepción de Antonio Jus que ha sido
conducido a esta Isla, habiendo tomado el corsario más de los dos tercios del
cargamento. Que aunque no se han exhibido ni encontrado a bordo de la anunciada
balandra papeles de navegación ni otros que acreditan la naturaleza y
pertenencia del cargamento, resulta no obstante de la deposición de los
testigos examinados ser propiedad de individuos sujetos al gobierno español.
Que tampoco se ha presentado a la comisión de presa copia auténtica de la
patente del corsario ni otros documentos de esta especie, si no una orden del
capitán de dicho corsario Alexandro Haile, a Monsieur Le Duc, capitán de presa,
en que le dice que hallándose precisado a dar la vela para cazar un buque que
tenía a la vista, le esperase en aquel fondeadero por dos días, y que si
pasados estos no hubiese aparecido, deberá dirigirse a Margarita o a la
Blanquilla, que serían los puntos de su reunión. Y esta falta al mismo tiempo
que impide formar el debido concepto sobre la legitimidad ó ilegitimidad del
corsario apresador por hacer el Corso, es un grande obstáculo para la
resolución definitiva que corresponde a la naturaleza de este asunto. En cuya
virtud, y en atención a que el corsario ha de venir a esta Isla, según se
indica en aquel documento, a fin de evitar las averías, perjuicios y deterioro
que necesariamente deberían seguirse por la dilación, acordaron: Que se proceda
al remate y venta de los efectos y casco de la referida balandra la Misma en pública almoneda, conforme al
reglamento de la materia, depositándose su producción en las Cajas del
Almirantazgo, hasta que éste Tribunal haya obtenido más amplias informaciones
sobre el asunto, satisfaciéndose las costas de conservación y descarga, con las
costas procesales.
El
Presidente de la Corte, Francisco Javier Yanes.
Andrés
Galindo.
Es copia.
Vicente
Burós, Secretario.”
ANUNCIO
OFICIAL
En la Corte de Almirantazgo de la Isla de Margarita
se han seguido autos criminales contra Antonio Alegre Capitán de la Goleta
Alligator, su contramaestre Antonio Lanán, y los demás individuos de su
tripulación de los cuales solo se hallaban presentes y en prisión el primero y
los Marineros Francisco González y Martín Arenas, por varios actos de
Piratería; y se sentenciaron por el mismo Tribunal en 9 de noviembre del año de
mil ochocientos veinte; declarando que el citado Alegre, sus Oficiales y
Tripulación son unos verdaderos Piratas perturbadores de la libertad y
seguridad de los mares y enemigos de la sociedad, condenando, en consecuencia,
al Capitán Alegre a la pena de último suplicio prescrita por las leyes,
particularmente por el artículo veinte y dos del reglamento de Corso de cuatro
de Marzo de 1817, al contramaestre Antonio Lanán a diez años de presidio
conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la ordenanza de Corso, y a los
Marineros González y Arenas a cinco años de detención en las obras públicas en el lugar que a
todos señalase el poder ejecutivo, quedando confiscados los bienes que se
conociesen pertenecer a los reos y suspendiéndose la ejecución de la sentencia
hasta la aprobación de la Suprema Corte de Justicia y por lo que tocaba al
producto del cargamento de la goleta Alligator
montante a la cantidad de 5.109 pesos 3 reales fuertes, deducidos los costos de
descarga y venta, como también de los 75 pesos que en varias especies de moneda
exhibió por orden de aquel Tribunal, el Capitán del corsario apresador
Francisco Querell, cuyas cantidades estaban depositadas en las cajas de
Almirantazgo, se decretó que deducidas las Costas procesales se sacase la 3°.
parte de la suma líquida que resultase y adjudicada desde luego por vía de
gratificación al corsario la Criolla,
apresador de los Piratas, permaneciesen las otras dos partes restantes en el
depósito para devolverlas a los que la reclamasen dentro de un año y un día y
justificasen en debida forma pertenecerles legítimamente, según lo dispuesto en
el artículo 28 de la ordenanza de Corso, y que se comunicase esta determinación
al Sr. Carlos Todd, agente de los Estados Unidos del Norte por lo tocante al
comercio y marineros, mediante haber gestionado en este asunto a nombre de los
que se consideraban interesados en él, a fin de que llegase a noticia de estos.
Cuando ya se conocía en el Supremo Poder Judicial
de los referidos autos criminales se recibió aviso del Presidente de la Corte
de Almirantazgo de la Isla de Margarita de haberse fugado los reos González,
Alegre y Arenas, y con este motivo en decreto proveído por el S.E. el 26 de
Abril último se les manda citar por edictos en la forma ordinaria insertándose
esta noticia en la Gazeta para que
llegue a la de los referidos reos a fin de que se presenten a estar a derecho.
En la misma Corte de Almirantazgo de la Isla de
Margarita se han seguido autos criminales contra Francisco Querell por levantado
y Pirata mientras obtuvo el destino de segundo capitán del corsario la Perla Oriental, y se sentenciaron el 30
de octubre de 1820 declarando que Francisco Querell es un levantado en el
concepto que expresa el artículo 28, de la ordenanza de Corso y ladrón de los
mares según la Ley 18 título catorce partida 7°, y en su consecuencia se le
condenó a la pena extraordinaria de esta ley de diez años de presidio en el
lugar que designase el Poder Ejecutivo, quedando confiscados los bienes que se
conozcan de su propiedad y señaladamente las partes de presa que le corresponden del
corsario la Criolla.
Y habiéndose remitido los autos al Supremo Poder
Judicial en virtud de apelación interpuesta por el Sr. Querell se recibió
después aviso de su fuga, por cuya razón S.E. en decreto de 26 de Abril último
ha dispuesto se le cite por edictos en la forma ordinaria para que se presente
a mejorar el recurso y oir la resolución que recayere.
MANUEL
QUINTERO, Secretario. (9)
PRINCIPAL ARTÍFICE DE LA CORTE
DE ALMIRANTAZGO
Cuando el 26 de marzo de 1819 el Congreso de
Angostura designa al Licenciado Francisco Javier Yanes Presidente de la Corte
de Almirantazgo con sede en la Villa de Santa Ana del Norte y el puerto de
Juangriego, Provincia de Margarita, no es más que un merecido reconocimiento a
su trayectoria profesional y política al servicio de la causa independentista
venezolana y a la confianza en que desempeñaría las funciones encomendadas de
manera íntegra, ética y cabal. Y así fue.
A la fecha, Yanes había acumulado en escasos nueve
años (había iniciado en firme su carrera patriótica al calor de los sucesos
ocurridos en Caracas en el mes de abril de 1810) suficientes méritos que lo
convertían en el candidato idóneo para el desempeño de tan delicadas funciones
toda vez que debería, sobre la marcha y de manera simultánea, estudiar
críticamente la legislación colonial sobre la materia y adaptarla a los tiempos
republicanos; enfrentar con firmeza el complejo y aborrecible mundo de la
piratería, del contrabando, de los delitos e insubordinaciones; la defensa de
los puertos y costas venezolanas; el rechazo a los ataques de los corsarios
extranjeros; procesos judiciales de presas, armadores, corsarios, tripulaciones
y buques; aplicar sanciones de diferente índole, siempre resguardando los
intereses del proyecto revolucionario en gestación.
Una selección de las acciones en las cuales había
tomado parte hasta entonces servirá de sustento a nuestras explicaciones:
*Inicia
su carrera pública y política con el movimiento del 19 de abril de 1810.
*Asiste al Congreso Constituyente de Venezuela como
Diputado por Araure y el 31 de julio de 1811 es electo Presidente del Congreso.
En ejercicio de sus funciones legislativas, junto con Francisco Javier Ustáriz
y Juan Germán Roscio elabora la Constitución Federal. Firma el 5 de julio la
Declaración de Independencia y el 21 de diciembre la primera Constitución de
Venezuela.
*Participa
activamente en nuestra guerra de independencia y combate el 12 de
octubre de 1816 en la acción de El Yagual.
*Se cuenta entre los fundadores del periódico Correo del Orinoco, cuyo primer número
entra en circulación en Angostura el 27 de junio de 1818.
*El 24 de febrero de 1819 el Congreso de Angostura
lo nombra Ministro de la Alta Corte de Justicia.
Con esta vasta experiencia asumió las delicadas
funciones de Presidente de la Corte de Almirantazgo de la Provincia de
Margarita.
En relación a su desempeño, la Licenciada Herminia
Méndez Sereno en su obra El Almirantazgo
Republicano 1819-1821, expresa de manera categórica:
1.“Francisco Javier Yanes, presidente de la Corte de Almirantazgo,
instituye las bases jurídicas del Derecho Marítimo venezolano en función del
comercio, el corso, las presas y los crímenes del mar. Para ello elabora el
estudio Nociones de Derecho Marítimo, aún inédito.” (10)
2.Además: “Organiza jurídicamente tanto al Almirantazgo como el corso,
fundamentándolos sobre el Derecho de Gentes y las Ordenanzas de Corso españolas
vigentes para la época. Asimismo, en 1819 elabora unas Ordenanzas de Corso en
la que anuncia que la nación tomará medidas severas contra el contrabando y
resguardará sus costas del enemigo español. El Derecho Marítimo y, en
particular, el Derecho de Represalia que aplica el tribunal, garantiza al país
el comercio marítimo y la navegación contra los vasallos del rey Fernando VII.
Cuando el Estado ve amenazada su seguridad apela al Derecho Natural para
enfrentar al enemigo en el mar; para apoderarse de sus buques armados
sirviéndose de los corsarios, a quienes otorga una patente para armarse en
corso y defender las costas venezolanas. El corso, pues, está autorizado por el
Derecho de Guerra para restablecer la paz o hacer justicia, amén de garantizar
la seguridad del Estado y la soberanía.” (11)
3.Para concluir de la siguiente manera: “Debemos resaltar que el jurista
Francisco Javier Yanes, presidente de la Corte, fue el motor de la institución,
como tal, uno de los principales protagonistas de esta historia: organiza el
cuerpo de leyes que reglamenta el tribunal, adapta las Ordenanzas de Corso
vigentes para la época y, en general, da cuerpo y pone en acción al corso
republicano.” (12)
Yanes es,
indiscutiblemente, el modelo del patriota que se entregó en cuerpo y alma a servir a nuestro país y a la causa revolucionaria. Amó a
la Isla de Margarita como el que más, luchó por su progreso, reclamó justicia
para nuestro pueblo, legándonos un hermoso ejemplo digno de imitar. Yanes
merece ser reconocido como el Primer Protector de la soberanía marítima del
territorio insular venezolano.
TRASLADOS A BARCELONA, CARÚPANO Y LA GUAIRA
Informa Herminia Méndez Sereno: “En varias
oportunidades, a causa de la guerra y de los continuos ataques españoles a la
isla de Margarita, se propone trasladarla a otros lugares, estratégicamente más
seguros. En 1820, el general Lino de Clemente solicita al Presidente de la
Corte de Almirantazgo, licenciado Francisco Javier Yanes, mudarla a la ciudad
de Barcelona.” (13)
El 12 de junio de 1821, mediante decreto firmado en
Capaya, el Vice-Presidente Carlos Soublette ordenó, entre otros asuntos: “La
Corte de Almirantazgo con todos sus empleados y archivos se trasladará
inmediatamente al puerto de Carúpano y ejercerá allí sus funciones hasta otra
determinación.” (14) Muy breve fue la vigencia de este decreto, por cuanto a
los trece días –el 25 de junio—optó por derogarlo y, en consecuencia,
reconsideró la situación: “La Corte de Almirantazgo permanecerá en Juangriego.”
(15)
El 1° de septiembre del mismo año el tema del
traslado de la Corte de Almirantazgo a Tierra Firme fue considerado de nuevo
por el Vice-Presidente Soublette, decretando definitivamente lo siguiente: “Estando
instruido por comunicación del Señor Francisco Javier Yanes, Presidente de la
Corte de Almirantazgo de haberse trasladado al puerto de La Guaira este
tribunal que había residido en la isla de Margarita por disposición superior
durante la ocupación de este territorio por las armas enemigas, he venido en
acordar y decretar: 1° La Corte de Almirantazgo se establecerá y fijará en el
expresado puerto de La Guaira y procederá a la mayor brevedad al despacho de
los asuntos de su privativo conocimiento. 2° El intendente de esta provincia
sobreseerá por su parte en el de los expedientes de presas hechas en aquel
mismo puerto para cuya substanciación se le había comisionado, y los trasladará
para su progreso a dicha Corte. 3° Se comunicarán las órdenes correspondientes
con inserción de este decreto al expresado Señor Presidente y al Intendente de esta provincia para su
ejecución y cumplimiento.” (16).
Las consecuencias de esta situación las sufrió con
todo su rigor el humilde y heroico pueblo margariteño por cuanto durante estos
cuatro años se benefició de la dinámica que tan noble institución le imprimió a
la economía insular. Al respecto, Yanes explica: “Con la traslación del
tribunal de almirantazgo a la Costa Firme comenzó la decadencia de la isla,
porque dejaron de armarse en sus puertos los corsarios, en que tomaban parte
unos como armadores, otros como oficiales y marineros, otros en la descarga y
composición de las embarcaciones, y otros, en fin, en la compra y venta de los
efectos apresados, con los que sostenían sus familias, fomentaban las crías, se
reedificaban algunas casas que habían destruido los enemigos y se levantaban
otras de nuevo. Agregóse a esto un fuerte verano que se experimentó en este año
que obligó a mucha parte de los habitantes a emigrar al continente para
procurarse el propio sustento y el de sus familias que no podrían llevar
consigo, siendo muy considerable el número de animales que murieron por falta
de agua.” (17)
De esta manera el pueblo margariteño continuó
sufriendo su calvario de penas e injusticias promovidas por caprichos e
incomprensiones del gobierno central.
NOTA FINAL
Como se ha podido advertir, la Corte de
Almirantazgo, pese a la brevedad de su vigencia en el tiempo, marcó una huella
indeleble en la cotidianidad del pueblo margariteño de entonces y abrió
inéditos caminos al proceso revolucionario independentista. Nuevas ideas y
nuevos proyectos elaboró Yanes para reimpulsar el progreso de su querida isla
de Margarita, pero, al final, todo resultó inútil. Además, la revolución lo convocó
a otros destinos y, muy a su pesar, tuvo que abandonarla. En el año 1822, ya
alejado de nosotros, pondría punto final a su apasionante Historia de Margarita, en cuya elaboración se desbordaron sus
extraordinarias dotes de historiador y revolucionario.
De su significativa presencia física e intelectual
la región ha heredado sólo fugaces imágenes y efímeras referencias. La
celebración del bicentenario del Almirantazgo Republicano será el momento ideal
para reconciliar al pueblo venezolano y neoespartano con las raíces patrióticas
que sembró la lucha por nuestra independencia y libertad del colonialismo
español.
TENEMOS SUFICIENTES MOTIVOS
PARA CELEBRAR
Proponemos
las siguientes iniciativas:
1° Francisco Javier Yanes, a pesar del inmenso servicio que le prestó a
la Isla de Margarita, permanece en la lista de los ilustres olvidados. En la
plaza Santa María de Santa Ana del Norte pudiera instalarse un busto de tan
eximio prócer.
2° La más reciente edición de la Historia
de Margarita de Francisco Javier Yanes fue patrocinada por la Fundación
Editorial el perro y la rana en el año 2008. Ya han transcurrido diez años. Es
pertinente y necesaria una nueva edición de esta obra pionera de la
historiografía regional.
3° Un alto porcentaje de las presentes generaciones desconocen la imagen
del prócer Francisco Javier Yanes. Esta pudiera utilizarse en marcalibros,
afiches, calendarios, cuadernos, a los fines de su masiva divulgación.
4° Francisco Javier Yanes nació en Puerto Príncipe, hoy Camaguey,
república de Cuba, el 12 de mayo de 1777 y falleció en Caracas, Venezuela, el 7
de junio de 1842. Es recomendable inscribir tan importantes fechas en el
calendario histórico de ambas naciones.
5° Desde su muerte hasta el presente los restos de Francisco Javier
Yanes permanecen inhumados en los sótanos de la Catedral de Caracas aún cuando
en el año 1876 el Presidente Antonio Guzmán Blanco decretó su traslado al
Panteón Nacional. La celebración bicentenaria de la Corte de Almirantazgo y del
Congreso de Angostura es, indudablemente, una ocasión propicia para cumplir con
el justiciero decreto presidencial.
6° El 6 de julio de 2019 se cumplirá la fecha bicentenaria de la
creación de la Corte de Almirantazgo de la Isla de Margarita. Corresponderá al
Ministerio del Poder Popular para la Defensa, a la Alcaldía Bolivariana del
Municipio Gómez y a la Alcaldía Bolivariana del Municipio Marcano articular
esfuerzos para celebrar tan importante efeméride regional.
7° A pesar de la importancia de los servicios que la Corte de
Almirantazgo prestó a la revolución independentista de Venezuela y a la gran
patria nuestroamericana continúa siendo poco conocida en el área de los
estudios históricos e institucionales del país. Es recomendable la reedición
del extraordinario estudio de la Licenciada Herminia Méndez Sereno titulado El Almirantazgo Republicano 1819-1822, publicado por la Academia Nacional de la
Historia en 2008, ya agotado.
REFERENCIAS
BIBLIOGRÁFICAS:
(1)Yanes, Francisco Javier: Historia
de Margarita. (Colección Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular
para la Cultura, Fundación Editorial el perro y la rana, 2008, p. 81.
(2)Gómez, Francisco Esteban: “Observaciones que Francisco Esteban Gómez
hace sobre la Historia de Margarita escrita por el doctor Francisco Javier
Yanes y somete a la consideración de sus conciudadanos que quieran reunirse a
revisarlas.” Yanes, Francisco Javier: Ibidem.,
p. 161.
(3) Méndez Sereno,
Herminia: El Almirantazgo Republicano 1819-1822.
(Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas,
Academia Nacional de la Historia, 2008, pp. 17-18.
(4) Ibidem., p. 18.
(5) Yanes,
Francisco Javier: Ob.Cit., pp.
111-112.
(6) Méndez
Sereno, Herminia: Ob. Cit., p. 16.
(7) Ibidem, pp. 105-107.
(8) Ibidem., p. 126.
(9) Nicolás de Guevara aparece registrado en la “Nómina de los Patriotas
Insulares enviados prisioneros a las bóvedas de la Guayra y Puerto Cabello por
el Gobernador Pascual Martínez a partir del 24 de diciembre de 1812.” Rosa
Acosta, Rosauro: Los Hombres del 4 de
Mayo. Porlamar, Verbo Publicaciones e Impresos, 2008, pp. 27-28.
(10)
Su nombre está incluido en el
catálogo de Patriotas de Margarita elaborado por José Silverio González Varela
publicado en su obra Patriotas de Margarita.
La Asunción, Ediciones del Ejecutivo Regional, 1983, p. 21.
(11) Andrés Narvarte. (La Guaira (Distrito Federal), 1781 – Caracas,
31.03.1853). Abogado y político. Se inicia en la revolución a partir de 1810.
En los años 1813 y 1814 fue gobernador de la Provincia de Trujillo. Perdida la
Segunda República emigró a la isla de Saint Thomas. Para 1819 se encuentra en
Juangriego. A partir de entonces y hasta 1848 tiene una destacada actuación en
la vida política del país.
Bencomo Barrios, Héctor: “Narvarte, Andrés.” Fundación Polar: Diccionario de Historia de Venezuela. Vol. 3. Caracas, Fundación Polar, 1997, pp.
309-310.
(12) Méndez
Sereno, Herminia: Ob. Cit., p. 49.
(13) Ibidem., pp. 51-52.
(14) Ibidem., p. 12.
(15) Ibidem., pp. 16-17.
(16) Yanes,
Francisco Javier: Ob. Cit., p. 120.
(17) Ibidem., p. 121.
(18) Ibídem., p. 123.
(19) Ibidem., p. 124.
BIBLIOGRAFÍA
*Fundación Polar: Diccionario de Historia de Venezuela.
Cuatro volúmenes.
Caracas, Fundación Polar, 1997.
*Gómez León, Iván (Estudio
Introductorio y Recopilación): Santa Ana
del
Norte: Cuna auténtica de la Tercera República de Venezuela. Porlamar,
Verbo
Publicaciones e Impresos, 2006.
*Grases,
Pedro (Comp.): Actas del Congreso de
Angostura (15 de febrero de 1819 –
31 de julio de 1821). (Colección Claves Políticas de América, N° 7). Caracas, Fundación Biblioteca Ayacucho
y Banco Central de Venezuela, 2011. *Méndez Sereno, Herminia: El Almirantazgo Republicano 1819-1822.
(Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia
Nacional de Historia, 2008.
*Rosa Acosta, Rosauro: Diccionario
Margariteño Biográfico, Geográfico e Histórico.
(Colección Contemporánea “Gustavo Pereira”, N° 1). Isla de Margarita, Fondo Editorial del Estado
Nueva Esparta, 1996.
*Rosa Acosta, Rosauro: Los
Hombres del 4 de Mayo. Porlamar, Verbo Publicaciones e Impresos, 2008.
*Verna, Paul: Bolívar y los
emigrados patriotas en el Caribe. (Trinidad, Curazao, San Thomas, Jamaica, Haití). Caracas, Instituto Nacional
de Cooperación Educativa (INCE),
1983.
*Yanes, Francisco Javier: Historia
de Margarita. (Colección Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular
para la Cultura, Fundación editorial el perro y la rana, 2008.
HEMEROGRAFÍA
*Correo del Orinoco. (1818-1821).
Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Centro Nacional de Historia,
s.f. (Edición facsimilar).
APÉNDICE DOCUMENTAL
FRANCISCO JAVIER YANES:
FUNDADOR DE LA NACIÓN VENEZOLANA
Anexo 1
La trascendental obra realizada por Francisco
Javier Yanes al servicio del insurgente pueblo venezolano merece el más
elogioso reconocimiento y exige, en el propósito de mantenerlo vigente en el
sentimiento de las presentes y futuras generaciones, la decisión de nuestro
gobierno revolucionario de hacerlo merecedor de un sublime acto de justicia que
sólo la Patria puede conferirle: el traslado de sus restos al Panteón Nacional,
que si bien fue decretado en el año 1876 por el Presidente Antonio Guzmán
Blanco, de manera inexplicable, en el amplio período de 142 años no ha existido
la voluntad patriótica de cumplirlo y hacerlo cumplir como bien se lo merece.
La celebración bicentenaria del Congreso de
Angostura y de la creación de la Corte de Almirantazgo para su instalación en
la Villa de Santa Ana del Norte y el puerto de Juangriego constituyen el
escenario ideal para saldar esta deuda histórica con el distinguido prócer
cubano-venezolano.
De su multifacética trayectoria, que constituye el
fundamento de nuestra legítima solicitud, seleccionaremos aquellos referentes
más resaltantes que, en conjunto, lo hacen acreedor a estas consideraciones
especiales:
*Antólogo:
Autor de la obra, iniciada con el Dr. Cristóbal de Mendoza en el año 1826 y
concluida bajo su responsabilidad en 1833, titulada Colección de documentos
relativos a la vida pública del Libertador de Colombia y Perú, Simón Bolívar.
Para servir a la historia de la independencia de Sur América. (22 tomos).
*Historiador:
Autor de las obras: Manual Político del
Venezolano (1839). Compendio de la
Historia de Venezuela desde su descubrimiento hasta que se declaró estado independiente (1840) – Historia de la Provincia de Cumaná – Historia
de Margarita (concluida en 1822 y publicada en 1939).
*Periodista:
Supervisor de El Publicista de Venezuela,
vocero del Congreso Constituyente (1811). Fundador del Correo del Orinoco (1819). Responsable, junto con Cristóbal de
Mendoza, de El Observador Caraqueño
(1821).
*Combatiente:
Participa en la guerra de emancipación en los llanos de Casanare (1813).
Destaca en la acción de El Yagual (1816).
*Legislador:
Junto con Francisco Javier Ustáriz y Juan Germán Roscio elabora la Constitución
Federal de 1811. Firma la Declaración de Independencia (5 de julio 1811). Firma
la Primera Constitución de Venezuela (21 de diciembre 1811). Suscribe la
Declaración de los Deberes y Derechos del Pueblo (1811). Promulga la Ley sobre
la Libertad de Imprenta (1811). Colabora y participa activamente en el Congreso
de Angostura (1819). Como Presidente de la Corte de Almirantazgo de la
Provincia de Margarita organiza el cuerpo de leyes que lo reglamenta, adapta
las Ordenanzas de Corso vigentes para la época y da cuerpo y pone en acción el
corso republicano (1819-1822). Dicta la Ley de Manumisión (1821). Figura entre
los firmantes de la Constitución de 1830.
*Servidor
Público: Presidente del Congreso Constituyente (1811). Presidente de la
Legislatura de la Provincia de Caracas (1811). Diputado por la ciudad de
Caracas ante la Cámara de Representantes de la Provincia de Caracas (1812). El
Congreso de Angostura lo nombra Ministro de la Alta Corte de Justicia
(1819). Presidente de la Corte de Almirantazgo de la Provincia de
Margarita (1819-1822). Diputado del Congreso de Colombia (1820). Presidente de
la Alta Corte de Justicia (1821). Senador por el Departamento de Venezuela
(1827). Miembro Fundador de la Sociedad Económica Amigos del País (1829). Presidente
del Congreso reunido en Valencia (1830). Consejero de Gobierno y Magistrado del
Poder Judicial (1830). Miembro del Consejo de Gobierno y colaborador de la
Vice-Presidencia de la República (1835). Juez de Primera Instancia (1840).
Electo por el Congreso para formar parte del Consejo de Gobierno (1841).
Para el
pueblo margariteño Francisco Javier Yanes tiene, además, una especial connotación: Como autor de la primera Historia de Margarita, se convirtió en el iniciador de nuestra
historiografía regional y como Presidente de la Corte de Almirantazgo de la
Provincia de Margarita, designado por el Congreso de Angostura el 26 de marzo
de 1819, cargo que ejerciera hasta 1822, además de su ejemplar
e intachable conducta revolucionaria, al construir y proteger el archivo de tan meritoria institución, alcanzó la máxima distinción de
protector del patrimonio documental venezolano y de la región insular.
Por estas razones, Francisco Javier Yanes ha sido
reconocido con el honroso título de FUNDADOR DE LA NACIÓN VENEZOLANA.
FRANCISCO JAVIER YANES
Cronología Vital
1777
*12 de mayo: Francisco Javier
Yanes nace en Puerto Príncipe, hoy ciudad de
Camaguey, Cuba. Sus padres: Juan Yanes (Abogado) y María de la Cruz
Socarrás. Posteriormente, la familia se traslada a La Habana donde Francisco
Javier estudia en las Facultades de Sagrados Cánones, Leyes y Literatura.
1802
*Su tío materno, el médico Francisco Javier de Socarrás, lo traslada a
Caracas, donde continúa sus estudios de derecho civil en la Universidad,
obtiene el título de Licenciado en 1807 y luego se incorpora al Colegio de
Abogados.
1810
*Contrae matrimonio con Ana Socarrás. Hijos: Francisco Javier, Emilio y
Nicanor. Inicia su carrera pública y política con el movimiento del 19 de
Abril. Se cuenta entre los conjurados del movimiento conspirativo denominado
“Casa de la Misericordia”. La Junta Suprema le confiere varias comisiones
políticas y jurídicas importantes. Entre ellas, la de Comisionado para llevar
la armonía a la Villa de Araure y sus dependencias e impedir que se desarrolle
este territorio el rechazo a las ideas independentistas, como sucede en Coro,
misión que cumple de manera exitosa. El 24 de septiembre concluye su Memoria sobre el Partido Capitular de Araure para presentarlo a
la consideración de la Suprema Junta de Venezuela.
1811
*Concurre al Congreso Constituyente de Venezuela como Diputado por
Araure. Participa activamente en sus sesiones. El 31 de julio es electo
Presidente del Congreso. Con Francisco Javier Ustáriz y Juan Germán Roscio
elabora la Constitución Federal. Firma el 5 de julio la Declaración de
Independencia y el 21 de diciembre la primera Constitución de Venezuela.
Suscribe, además, la Declaración de los Deberes y Derechos del Pueblo.
Paralelamente a sus funciones de Diputado ejerce funciones como Presidente de la Legislatura de la
Provincia de Caracas. El 5 de agosto promulga la Ley sobre la Libertad de
Imprenta. El 7 considera la decisión de declarar las islas de Coche, Cubagua,
Blanquilla y Testigos dependientes de Margarita sin perjuicio del derecho que
poseen las demás provincias de la Confederación. El 8 del mismo mes abre la
discusión sobre la seguridad de la patria, la inviolabilidad de las leyes, la vindicta
pública y los derechos de la humanidad iguales para todos los ciudadanos.
Yanes, basado en las ideas de Francisco de Miranda, propone que Venezuela se
declare independiente, discute todas las ideas contrarias a la independencia
inmediata y se pronuncia por la Confederación de las Provincias. El Congreso lo
designa censor principal en la supervisión de su vocero El Publicista de Venezuela. Es miembro activo de la Sociedad
Patriótica.
1812
*En el mes de marzo es electo Diputado por la ciudad de Caracas ante la
Cámara de Representantes de la Provincia de Caracas. Participa activamente en
la guerra de independencia. Designado Comisionado, al mando del Coronel Juan
Escalona, para restablecer el gobierno republicano en Ocumare y otros pueblos.
Enviado, junto a Juan Germán Roscio, Briceño Palacios y otros letrados, para
juzgar a los reos de la insurrección de Valencia, vencida por Francisco de
Miranda. Comisionado, junto al canónigo José Cortes de Madariaga, para expulsar
del territorio al Arzobispo Narciso Coll y Prat, pero se niega a cumplir el
encargo, recibe apoyo de José Félix Ribas y evita el destierro del prelado. Al
caer la Primera República, el 31 de julio, marcha al exilio en las Antillas
(Curazao) y de allí se dirige a la Nueva Granada.
1813
*Participa en la guerra de emancipación en los llanos de Casanare,
convertidos en refugio por los republicanos (granadinos) al lado de Rafael
Urdaneta, Olmedilla, Francisco de Paula Santander, entre otros. Es nombrado
Auditor de Guerra en el ejército de Casanare y Apure.
1816
*A instancias de Yanes se instala en Guasdualito un gobierno de carácter
transitorio para garantizar la seguridad del ejército patriota del Arauca, que
se encontraba aislado del resto del territorio. El gobierno queda
constituido así: Fernando Serrano, Presidente; Francisco de Paula Santander,
Comandante de Armas; Francisco Javier Yanes, Ministro, y Rafael Urdaneta. El 12
de octubre participa en la acción de El Yagual.
1817
*Permanece, junto al general Pedro Zaraza, en la División que éste
comandaba en Guayana.
1818
*Yanes se encuentra en Angostura
y figura entre los fundadores del periódico Correo del Orinoco.
1819
*El 24 de febrero el Congreso de Angostura lo nombra Ministro de la Alta
Corte de Justicia, cargo que ejerce hasta el mes de mayo. El 26 de marzo el
Congreso elige y nombra a los ministros de la Corte de Almirantazgo y Yanes es
designado su Presidente para establecerla y presidirla en la Villa de Santa Ana
del Norte, Provincia de Margarita, cargo que ejerce hasta 1822 en que es
trasladado a La Guaira y extinguido por decreto de Francisco de Paula
Santander. Colabora y participa activamente en el Congreso de Angostura.
Concluye una obra titulada Nociones del Derecho Marítimo y las Ordenanzas de Corso.
1820
*El 31 de octubre el Colegio Electoral lo nombra Diputado del Congreso
de Colombia.
1821
*Es nombrado Presidente de la Alta Corte de Justicia que dicta la Ley de
Manumisión. Publica, con Cristóbal Mendoza, el periódico El Observador Caraqueño. El
14 de julio, durante la discusión de la Constitución, propone que se declaren a los pobres, aunque no
tengan la calidad, hábiles para votar. Después de la victoria de Carabobo, que
tuvo lugar el 2 de junio, se traslada a La Guaira para instalar la Corte de
Almirantazgo en su carácter de Presidente de la misma. En los primeros días de
septiembre debe trasladarse a Caracas para ejercer el cargo de Ministro de la
Alta Corte de Justicia.
*Ejerce el cargo de Ministro de
la Corte Superior de Justicia. Publica Exposición
de la Conducta Observada por el Gobierno Holandés en Curazao en la
Guerra de la República de
Colombia con España, que se imprime en castellano e inglés. A finales de este año,
Felipe Fermín de Paúl redacta el prólogo de su estudio titulado Los Principios del Derecho de Gentes.
El 28 de febrero concluye su obra Memoria
Histórico-Política sobre la Isla Margarita. Apoyada en Documentos Autógrafos.
1824
*El 1° de enero, junto con Cristóbal de Mendoza, dirige el periódico
doctrinario e histórico El Observador
Caraqueño, órgano divulgativo que circuló hasta el 31 de marzo de 1825.
1825
*Publica El origen y objeto de las reclamaciones del gobierno francés de la
Martinica contra la Marina de Colombia. 1826
*Es designado miembro de la recién creada Academia Nacional de Colombia
instalada en la ciudad de Bogotá. A partir de este año y hasta 1833 publica una
colección de 22 tomos de documentos titulada Colección de documentos relativos
a la vida pública del Libertador de Colombia y Perú, Simón Bolívar. Para servir
a la historia de la independencia de Sur América. Para esta obra, iniciada por el Dr. Cristóbal de
Mendoza y a la que Yanes se asocia posteriormente, recibe ayuda del propio
Libertador, quien le proporciona copia de algunos de sus documentos.
1827
*Es elegido Senador por el Departamento de Venezuela, pero no asiste a
las sesiones del Congreso. Es designado para dirigir en el Departamento de
Venezuela los estudios generales. Comisionado para preparar un proyecto de
policía urbana y rural.
1828
*Es nombrado Subdirector de Estudios de la Universidad de Caracas. Es
promovido a la Alta Corte de Colombia, residente en Bogotá, pero no acepta este destino.
1829
*El 17 de marzo el Libertador le rechaza su renuncia como Juez de la
Alta Corte de Justicia. En agosto, por resolución del Libertador, es repuesto
en el cargo en la Alta Corte. A finales de este año, aparece como miembro
fundador, en Caracas, de la Sociedad Económica Amigos del País.
1830
*El 6 de mayo es elegido Presidente del Congreso reunido en Valencia y,
en tal carácter, participa en la desmembración definitiva de la Gran Colombia.
En la nueva República es Consejero de Gobierno y Magistrado del Poder Judicial.
Figura entre los firmantes de la Constitución sancionada en este año.
1835
*Tras el fracaso de la Revolución de las Reformas en Caracas, colabora
con Andrés Narvarte, Vice-Presidente de la República, como miembro del Consejo
de Gobierno.
1839
*Publica con el seudónimo de “Un
Venezolano” el libro Manual Político del Venezolano.
1840
*El 24 de junio, siendo Juez
de Primera Instancia, asiste al acto de inauguración del Colegio Nacional de
Margarita en las instalaciones del antiguo Convento de Dominicos de La
Asunción. Sin nombre de autor aparece su Compendio
de la historia de Venezuela desde su
descubrimiento hasta que se declaró estado independiente.
1841
*Es nuevamente electo por el Congreso para formar parte del Consejo de
Gobierno.
1842
*El 7 de junio muere pobre en Caracas a la edad de 65 años. Sus restos
reposan en un sótano de la Catedral de la ciudad capital. En 1876, por decisión
del gobierno de Guzmán Blanco, se decreta el traslado de sus restos al Panteón
Nacional, voluntad que no ha sido cumplida hasta el presente. Al morir, deja un
valioso archivo histórico (conservado actualmente en la Academia Nacional de la
Historia, Caracas) y varios libros inéditos que fueron editados un siglo
después: el Compendio…, muy
aumentado por su propio autor; la
Relación documentada de los principales sucesos ocurridos en Venezuela desde
que se declaró Estado Independiente hasta 1821; la Historia de la Provincia de Cumaná y la Historia de Margarita. En el año 2008 la Academia Nacional de la
Historia en la colección Fuentes
para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89, publicó el estudio de la
Licenciada Herminia Méndez Sereno, titulado El Almirantazgo Republicano
1819 – 1822, obra meritoria que construye el índice del Archivo de Yanes (35 volúmenes) en el lapso que
desempeñó la Presidencia de este Tribunal en la Provincia de Margarita.
BIBLIOGRAFÍA
*Cañizales Verde, Francisco:
Francisco Javier Yanes: Teniente Justicia Mayor Diputado al Congreso de 1811
por la Villa de Araure. Caracas, Consejo Nacional de la Cultura, 1997.
*Pividal, Francisco: Bolívar: pensamiento precursor del
antimperialismo. Caracas, Editorial Ateneo de
Caracas, 1979.
*Méndez Sereno, Herminia: El
Almirantazgo Republicano 1819-1822. (Fuentes para la Historia Republicana
de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008
*Fundación Polar:
Diccionario de
Historia de Venezuela. Cuatro
tomos.
Caracas, Fundación Polar, 1997.
*Grases, Pedro (Comp.): Actas del Congreso de Angostura (15 de febrero de
1819 – 31 de julio de 1821). (Colección Claves Políticas de
América, N° 7). Caracas, Fundación Biblioteca
Ayacucho y Banco Central de Venezuela, 2011.
EL
ARCHIVO DE FRANCISCO JAVIER YANES
Anexo 2
En la isla de Margarita los fondos documentales son
muy pobres y la gran mayoría de los que han logrado salvarse de la incuria de
unos y otros, de ayer y de hoy, permanecen en condiciones lamentables, indignas
de su valor e importancia. Las razones que explican esta irregular situación lo
expresa la autorizada voz de Ángel Félix Gómez Rodríguez: “En Margarita los
archivos son muy incompletos. El fuego de los invasores, la euforia del momento
revolucionario, o la mano mutiladora, se han ensañado con ellos. Los existentes
no están clasificados, forman pilas de hojas enmohecidas en locales
inadecuados. Nos referimos a los archivos oficiales, pues hay archivos
particulares como los de Jesús Manuel Subero y Rosauro Rosa Acosta, donde
además del documento esclarecedor, también está la palabra maestra para guiar
los pasos.” (1)
El testimonio de Francisco Javier Yanes ilustra uno
de los motivos de tales atentados al patrimonio documental margariteño: “En
seguida (9 de abril de 1815) desembarcaron algunos cuerpos, de que hizo Morillo
alarde, pasó a la ciudad capital (La Asunción) donde juró al rey y mandó quemar
todos los papeles concernientes al gobierno revolucionario”… (2) El Gral.
Francisco Esteban Gómez agrega este detalle: “Concluidos los preparativos de
ataques (1815) que consistían en algunos cartuchos fabricados con la pólvora,
pedazos de plomo y libros que habían presentado algunos vecinos, formó la
expedición en tres columnas”… (3)
Enmarcados en este contexto se apreciará mejor la
suprema importancia que le concedemos al Archivo de Francisco Javier Yanes, ya
que gracias a su conciencia social de historiador comprometido con la causa
revolucionaria, logró proteger de las más diversas amenazas este rico acervo
documental en el contexto de una conflagración destructora que amenazó a
nuestro pueblo de total exterminio como respuesta a nuestra decisión de ser
libres del dominio colonial español.
Hasta el año 2008 –fecha en que
la Academia Nacional de la Historia publica el libro titulado El Almirantazgo Republicano 1819-1822
de la Licenciada Herminia Méndez Sereno- el acceso al Archivo de Yanes
(constituido por 38 volúmenes) era prácticamente imposible. A partir de esta
fecha, gracias al minucioso trabajo de indización realizado, está a la espera
de historiadores, estudiosos e investigadores interesados en abordar tan
interesante temática.
Este archivo es, indiscutiblemente, una joya del
patrimonio documental venezolano, reconocimiento que le hacemos debido a lo
variado y excepcional de su contenido.
Las referencias a la Corte de Almirantazgo de
Margarita están contenidas en 7 volúmenes y 896 documentos distribuidos de la
siguiente manera:
*Tomo XXI: 101 documentos.
*Tomo
XXII: 138 documentos.
*Tomo
XXIII: 224 documentos.
*Tomo
XXIV: 226 documentos.
*Tomo
XXV: 126 documentos.
*Tomo
XXVI: 70 documentos.
*Tomo
XXXV: 11 documentos.
Una rápida revisión de los índices de cada tomo nos
puso en contacto con una inmensa variedad de asuntos: sentencias,
nombramientos, decretos, instrucciones, oficios originales, copiadores de
oficios, reglamentos, ordenanzas, certificaciones, actas, inventarios,
acuerdos, solicitudes, órdenes, multas, reclamos, traducciones, avisos,
notificaciones, consultas, entre otras, que revelan las complejidades de
situaciones que debía considerar la Corte, gestiones que debía realizar y las decisiones
a tomar.
De igual manera, de la lectura de los documentos
registrados pudimos elaborar un listado de los patriotas involucrados en su
funcionamiento: José María Guerra, Antonio Morales Brito, Andrés Narvarte,
Nicolás Guevara, Vicente Buroz, Joseph Vicente Cardozo, José Jesús Guevara,
Rafael del Castillo, Andrés Galindo, Juan Guerra, entre otros.
En relación al tema específico que nos ocupa es
pertinente indicar que en sus páginas podremos leer una serie de documentos que
hasta ahora, en su gran mayoría,
son desconocidos. Podemos ilustrar con los siguientes ejemplos:
*Acta de instalación de la Corte en Margarita y
todas aquellas –en total 14- que dan cuenta de sus reuniones periódicas en las
cuales se trataban los más diversos asuntos.
*Numerosas comunicaciones cruzadas entre Yanes y
Luis Brión, José Francisco Bermúdez, Francisco Esteban Gómez, Carlos Soublette,
Nicolás Joly, Francisco Zea, Tomás Richards, Lino de Clemente, Antonio Rosales,
Juan Bautista Arismendi, Loreto Arismendi, Pablo Ruiz, entre otros.
*Documentos referentes a apresamiento, subasta
pública, venta de cargamentos, de embarcaciones y mercancías, tráfico de
esclavos, fugas de reos, entre otros. (4)
Como puede advertirse, en este extraordinario
archivo existe una copiosa documentación que está exigiendo estudio e
investigación.
Gracias a la conciencia militante y profesional de
Yanes se pudo salvar tan preciada documentación.
Por estas razones el ilustre prócer
cubano-venezolano también inscribió su nombre en el listado de los salvadores
de la memoria documental del pueblo venezolano y margariteño.
REFERENCIAS
BIBLIOGRÁFICAS
(1) Gómez Rodríguez, Ángel Félix: Fuentes para la memoria histórica de Juangriego. Caracas, Ediciones del
Congreso de la República, 1988, p. 11. No
obstante, Rosauro Rosa Acosta al hacer referencia a la Visita de Don
Mariano Martí, Obispo de Puerto Rico, a la isla de Margarita en 1766, registra
la existencia de esta irresponsable actitud desde tiempos coloniales. En carta
fechada en La Asunción el 28 de septiembre de 1766, el Obispo informa …”que no
encontrándose en los archivos de la Isla documentos antiguos por la incuria de
los tiempos pasados, se vio precisado a tomar noticias de personas de edad,
quienes por tradición de padres a hijos sólo ha podido averiguar que la
población y ermita (de Guaraguao, cerca del puerto llamado Pueblo de la Mar) se
disolvieron por la escasez de agua, según unos y por haber faltado la pesca de
las perlas, según otros; y que abandonado por sus moradores aquel sitio se
pasaron a poblar esta ciudad capital de toda la isla.” Rosa Acosta, Rosauro:
“El pueblo y la ermita de Guaraguao.” Pueblo
de la Mar. Pampatar, Fondo Editorial del Municipio Maneiro Dr. Efraín
Subero, 1991, p. 30.
(2) Yanes, Francisco Javier: Historia de Margarita. (Colección
Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Fundación
editorial el perro y la rana, 2008, p. 31. En los mismos términos lo informa
Napoleón Narváez en su obra “Nociones históricas del Estado Nueva Esparta”,
incluida en antología titulada Margarita
en tres voces (Napoleón Narváez, Casto Fulgencio López y Francisco Lárez
Granado) preparada en la Isla de Margarita por el Fondo Editorial del Estado
Nueva Esparta, Colección Clásica “Pedro Celestino Vásquez”, N° 7, 1998, p. 39.
(3) Gómez, Francisco Esteban:
“Observaciones que Francisco Esteban Gómez hace sobre la Historia de Margarita escrita por el doctor Francisco Javier Yanes
y somete a la consideración de sus conciudadanos que quieran reunirse a revisarlas.”
Yanes, Francisco Esteban: Ibidem.,
p. 149.
(4) Méndez Sereno, Herminia: El Almirantazgo Republicano 1819 – 1822. (Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008.
(4) Méndez Sereno, Herminia: El Almirantazgo Republicano 1819 – 1822. (Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008.
REGLAMENTO PROVISIONAL PARA EL
ESTABLECIMIENTO DE DOS CORTES DE
ALMIRANTAZGO EN VENEZUELA (*)
Anexo 3
1° Por ahora se establecen dos cortes de Almirantazgo, una en Angostura y
la otra en la isla de Margarita. Los límites de la primera son las aguas del
Orinoco.
2° Las cortes se compondrán de un Presidente, dos Ministros, un Fiscal y
un Secretario.
3° Uno de los tres jueces por lo
menos deberá ser letrado.
4° El Presidente, los Ministros y el Fiscal, serán nombrados una vez por
el Soberano Congreso y el de Secretario lo será por la misma Corte.
5° Conocerá exclusivamente en primera instancia en todo lo relativo a
presas, bien sean hechas por corsarios particulares o por buques de guerra del
estado y de toda especie de piratería.
6° Conocerá y procederá conforme a este reglamento; al de 4 de Marzo de
1817 aprobado por el Excelentísimo Señor Presidente del Estado, como Jefe
Supremo de la República; a las ordenanzas de corso del régimen español que no
estuvieren revocadas o derogadas; y en su defecto al derecho de gentes consultando
las dudas a la Suprema Corte de Justicia.
7° La sustanciación de los procesos se hará por uno de los Ministros y
ante el Secretario de la misma Corte.
8° Concluido el proceso lo pasará a manos del Fiscal y dará aviso al
Presidente, para que convoque la Corte, dentro de cuarenta y ocho horas en cuyo
término el Fiscal podrá pedir se adelante el Sumario, o que practiquen las
diligencias que juzguen necesarias.
9° Fundará su sentencia con expresión de las leyes y ordenanzas
aplicables al caso. 10° Admitirá las aplicaciones que se interpongan dentro de
tercero día para la Alta Corte de Justicia.
11° Cualquier juez será
competente para sustanciar las causas de la Corte de Almirantazgo en los lugares en que ella no exista y se considerará como
comisionado suyo.
12° Los remates que hayan de hacer por orden de la Corte y en virtud de
sus sentencias serán presididos por el ministro que nombre la Corte con
asistencia del Fiscal y del que administre la Hacienda Nacional.
13° La Corte recogerá y archivará todos los procesos, autos y decretos
que se hayan expedido antes de su creación por los tribunales que hubieren
conocido de las materias privativas de ellas.
14° Cuando falte algún Ministro, nombrará un interino y dará cuenta al
Supremo Poder Ejecutivo exceptuando el caso de recusación en que procederá
conforme a derecho.
15° El Presidente, ministros y Fiscal jurarán ante la Municipalidad para
centrar en el ejercicio de sus empleos y el Secretario ante la Corte.
16° Los Ministros o administradores de la Hacienda Nacional cobrarán y
recibirán la parte de presa perteneciente al Estado.
17° En caso de condena tendrá la gratificación de diez pesos cada uno de
los ministros del Tribunal y el Fiscal. Y cuando no haya condena pagarán la
gratificación los que fueren multados en costas.
18° Todas las diligencias de precaución y seguridad sobre presas, que
por los reglamentos mandados observar tocaban a otras autoridades en los
puertos de sus arribadas, son de la Corte de Almirantazgo.
Palacio del Congreso Nacional en Angostura, a 26 de
marzo de 1819. El Presidente del Congreso Juan G. Roscio. El Diputado
Secretario Diego de Vallenilla. Palacio del Congreso Nacional 26 de marzo de
1819. 9° - Pásese al Supremo Poder Ejecutivo para su observancia, como está
acordado en sesión de hoy = Roscio = El Diputado Secretario Diego de
Vallenilla.
Palacio
de Gobierno _ 28 de marzo de 1819.
Guárdese, cúmplase y ejecútese el precedente
reglamento y el contenido del acta inserta en el oficio del 27 con que se
acompaña = Francisco de Zea.
Urbaneja
Es copia del original.
ANH. Archivo Francisco Javier
Yanes. T. XXI, fs. 125-126.
(*)
Méndez Sereno, Herminia: “Anexo
1. Reglamento Provisional para el establecimiento de dos Cortes de Almirantazgo
en Venezuela.” El Almirantazgo Republicano 1819-1822. (Fuentes para la
Historia Republicana de Venezuela, N° 89).
Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008, pp. 105-107.
INDICE
*Introducción.
PRIMERA PARTE
EL CONGRESO DE ANGOSTURA
*De las
Actas del Congreso de Angostura.
*Actas del Congreso de Angostura referentes a la creación del
Almirantazgo Republicano en la Isla de Margarita (1819).
*Acta N°
1 – Sesión 18° - 06/03/1819.
*Acta N°
2 – Sesión 31° - 22/03/1819.
*Acta N°
3 – Sesión 33 - 23/03/1819.
*Acta N° 4 – Sesión 34 - 24/03/1819. (En horas de la mañana). *Acta N° 5
– Sesión 35 – 24/03/1819. (En horas de la tarde). *Acta N° 6 – Sesión 36 –
26/03/1819. (En horas de la mañana). *Acta N° 7 – Sesión 37 – 26/o3/1819. (En
horas de la tarde).
*Actuación de los diputados de la Provincia de Margarita en el Congreso
de Angostura.
*Domingo
Alzuru
*Manuel
Palacio Fajardo
*Gaspar
Marcano
*José de
Jesús Guevara
*Gral.
Rafael de Guevara
*Referencias
Bibliográficas
SEGUNDA PARTE
LA CORTE DE ALMIRANTAZGO DE LA
PROVINCIA DE
MARGARITA
*Antecedentes
*Orígenes
*Margarita, la Corte y sus
Miembros.
*Dos ejemplos de la rutina de la
Corte de Almirantazgo.
*Francisco
Javier Yanes: Principal artífice de la Corte de Almirantazgo. *Traslados a
Barcelona, Carúpano y La Guaira / *Nota Final.
*Tenemos
suficientes motivos para celebrar / Referencias Bibliográficas / Bibliografía /
Hemerografía.
APÉNDICE DOCUMENTAL
* Francisco Javier Yanes: Fundador de la Nación Venezolana / *Cronología
Vital de Francisco Javier Yanes / *Bibliografía
*El Archivo
de Francisco Javier Yanes / *Referencias Bibliográficas.
*Reglamento
Provisional para el establecimiento de dos de Cortes de Almirantazgo en
Venezuela.
EL AUTOR
Nació en Porlamar, Estado Nueva Esparta. Docente Universitario. Investigador
en el área de la historia local y
regional. Promotor Cultural. Licenciado en Historia de la Universidad Central
de Venezuela. Postgrado en Administración y Planificación de la Educación
Superior. Delegado de Extensión Cultural de la Universidad de Oriente. Profesor
y Sub-Director Académico del Colegio Universitario de Carúpano, Estado Sucre,
actualmente Universidad Territorial de Paria Luis Mariano Rivera. Coordinador
de Cultura de la Alcaldía del Municipio Bermúdez, Estado Sucre. Coordinador de
Extensión de la Universidad Nacional Abierta, Estado Nueva Esparta.
Coordinador de Cultura de la Alcaldía del Municipio Gómez, Estado Nueva
Esparta. Presidente del Instituto Autónomo para el Desarrollo Cultural del
Estado Bolivariano de Nueva Esparta. Actualmente, Delegado de la Casa de la
Diversidad Cultural del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, institución
adscrita al Ministerio de Poder Popular para la Cultura. Publicaciones (sólo
referidas al Estado Nueva Esparta): *Cubagua: Un llamado a la conciencia
nacional. *Dr. Francisco Antonio Rísquez: ejemplo de dignidad y conciencia
revolucionaria. *Cultura Insular: Testimonio de lucha, denuncia y resistencia.
*Santa Ana del Norte: Cuna auténtica de la Tercera República de Venezuela.
(Recopilación de textos). *Manual de Lecturas Patrióticas, entre otras.
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