Nueva Ciudad de Cádiz, Cubagua

Primera de Suramérica con título. 12 de septiembre de 1528.

martes, 12 de febrero de 2019

El Congreso de Angostura y la Creación de la Corte de Almirantazgo en la Provincia de Margarita - 1819. Iván Gómez León

El Congreso de Angostura y la Creación de la Corte de Almirantazgo en la Provincia de Margarita - 1819

Iván Gómez León





Autor:
Iván Gómez León

Título:
El Congreso de Angostura y la Creación de la Corte de Almirantazgo en la Provincia de Margarita - 1819

Diseño y Diagramación:
Eduardo Molina
@EduardoMolina67


 INTRODUCCIÓN

La isla de Margarita, y en general el Estado Nueva Esparta, contiene en su proceso histórico una serie de referencias de gran trascendencia para la vida del país, pero, en algunos casos, estas aún son poco conocidas a escala regional y nacional y, en consecuencia, pasan desapercibidas ante la gestión de nuestras instituciones con la consiguiente afectación a nuestra memoria colectiva e identidad como entidad insular única en el país. Tal es el caso de la Corte de Almirantazgo, creada por decisión del Congreso de Angostura el 26 de marzo de 1819 para su instalación por su Presidente, el Licenciado Francisco Javier Yanes, en la Villa de Santa Ana del Norte y el puerto de Juangriego de la Provincia de Margarita, la cual prolongó sus actividades hasta el año 1822 en que fue trasladada a La Guaira.

En esos cuatro años (1819-1822) la provincia de Margarita agregó a su ya determinante presencia en el proceso independentista, como escenario geográfico donde tuvieron lugar hechos y sucesos heroicos protagonizados por un pueblo dispuesto a contribuir a la liberación nacional a costa de cualquier precio, un nuevo rasgo como único bastión defensor de nuestra soberanía marítima frente a la agresión extranjera promovida y ejecutada por las grandes potencias y sus aliados de entonces.

La significación de tan importante obra patriótica cumplida por esta institución en la segunda y tercera década de nuestro siglo XIX, la magistral conducción que le imprimió el destacado patriota cubano-venezolano, su indiscutible aporte a la conformación de las fuerzas navales venezolanas y en vísperas del cumplimiento de sus doscientos años, son motivaciones suficientes para divulgar este detalle de nuestra historia regional y lanzar ideas y propuestas que, esperamos, sean bien recibidas y sirvan de sustento para celebrar de manera digna tan trascendental efeméride.

Vistas sus particularidades y circunstancias, el presente estudio tiene como objetivo central solventar esta deficiencia de carácter informativo, que se advierte a primera vista en la historiografía venezolana, a los fines de reivindicar nuestra presencia regional en el ámbito de las trascendentales actividades y decisiones asumidas por el magno Congreso de Angostura.



PRIMERA PARTE




EL CONGRESO DE ANGOSTURA


DE LAS ACTAS DEL CONGRESO DE ANGOSTURA

Siempre preocupados por la necesidad de insertar la referencia regional en el marco de los grandes sucesos nacionales y de proyección internacional, inquietud válida para estos casos específicos, nos planteamos realizar una investigación documental con el propósito de registrar las circunstancias y detalles de la presencia de la Provincia de Margarita en la dinámica del Congreso de Angostura, toda vez que nuestra historiografía ha descuidado el tratamiento de tan importante tema y en Nueva Esparta constituye un detalle muy poco conocido.

A objeto de iniciar nuestro estudio, nos dispusimos a consultar la obra titulada: Actas del Congreso de Angostura (15 de febrero de 1819 – 31 de julio

de 1821) del historiador Pedro Grases, su compilador, en la cual se reproducen las actas de las sesiones de aquel trascendental evento político (1) y procedimos a identificar las que hacían referencia a la Corte de Almirantazgo. El resultado obtenido nos permitió reconstruir en detalle el procedimiento cumplido: El tema fue abordado por primera vez en la sesión del 6 de marzo a proposición de Fernando Peñalver, diputado por la Provincia de Guayana, y habiendo sido considerada “materia urgente”, de inmediato fue aprobado y designada una comisión integrada por los diputados Manuel Palacio (Provincia de Margarita), Domingo Alzuru (Provincia de Margarita), Ramón García Cádiz (Provincia de Barcelona) y Juan Germán Roscio (Provincia de Caracas y Presidente del Congreso) para la presentación “a la mayor brevedad” del proyecto respectivo. En la sesión del 22 de marzo la Comisión designada presentó el proyecto “para la organización de Tribunales del Almirantazgo”, acordándose iniciar su primera discusión en la próxima sesión. El 23 de marzo fue abordado el tema en cuestión y se logró concluir satisfactoriamente la lectura del proyecto y el registro de las observaciones consideradas pertinentes. El 24 de marzo, en horas de la mañana, tuvo lugar la segunda discusión, acordándose que la Comisión presentaría en horas de la tarde la definitiva redacción del articulado del reglamento propuesto. Efectivamente, a las cuatro y media de la tarde, la Comisión, cumpliendo con su encargo, “presentó redactados los artículos observados en la primera y segunda discusión del proyecto para la organización de Tribunales de Almirantazgo”, pero, habiendo tenido lugar nuevas discusiones y hasta nuevas propuestas, el Soberano Congreso “deliberó se hiciese nueva redacción y se trajese para la sesión del veintiséis, en la cual se daría fin a la tercera discusión del citado proyecto.” En la sesión correspondiente al 26 de marzo de 1819, en horas de la mañana, tiene lugar la decisión aprobatoria, “se mandó a poner en forma de reglamento y –se aprobó igualmente- que a las cuatro y media de esta tarde se vuelva a reunir el Congreso para tratar de la elección y nombramiento de los ministros que deban componer la Corte de Almirantazgo en la isla de Margarita y persona que haya de comisionarse para hacer su establecimiento.” Tal como estaba previsto, a las cuatro y media de la tarde, se instaló el Congreso y, de manera solemne, se aprobó definitivamente el Reglamento que elevó en la isla de Margarita a la Villa de Santa Ana del Norte y al puerto de Juangriego como sede del Almirantazgo, implícito reconocimiento a la vocación libertaria del pueblo margariteño y a la función estratégica que debería continuar desempeñando la tierra insular en el área del Caribe, ahora con mayor énfasis, en beneficio de la causa independentista. Tan trascendental responsabilidad fue asignada, en carácter de ministros, a los ciudadanos Nicolás Guevara y Julián Méndez; como fiscal al doctor Andrés Narvarte y como comisionado y presidente al Licenciado Francisco Javier Yanes, miembro del supremo poder judicial, facultándosele, además, “para que en caso que dichos ministros no puedan ejercer sus funciones o tengan algún impedimento legal, pueda nombrar otras personas que tengan las calidades necesarias”. (2)

Es de significar y aclarar que el propósito del Congreso de Angostura fue crear dos Cortes de Almirantazgo. Debido a ello, a la hora de elaborar su normativa, el título utilizado fue Reglamento Provisional para el

establecimiento de dos cortes de Almirantazgo en Venezuela. El artículo 1° lo aclara debidamente: “Por ahora se establecen dos cortes de Almirantazgo, una en Angostura y la otra en la isla de Margarita. Los límites de la primera son las aguas del Orinoco.” (3) La de Angostura no se instaló, “porque el Almirante Luis Brión considera que ocasionaría enormes gastos en el pago de personal, por las dificultades para remontar el río Orinoco durante gran parte del año y porque en esa ciudad tiene su sede la Corte Suprema de Justicia, que conoce en apelación las causas del Almirantazgo.”… (4)
Fue  entonces    la  Isla  de  Margarita  el  territorio  seleccionado  por  el

Congreso de Angostura para poner en funcionamiento la única institución que se encargaría de abordar con decisión la problemática del ejercicio pleno de la soberanía marítima por la república recién nacida. Que esta importante misión, además, se le hubiera encargado al Licenciado Francisco Javier Yanes es demostración de la seriedad del compromiso contraído y para el pueblo margariteño, timbre de honor contarlo entre sus más cercanos y apreciados dirigentes revolucionarios.



ACTAS DEL CONGRESO DE ANGOSTURA REFERENTES A LA CREACIÓN DEL ALMIRANTAZGO REPUBLICANO EN LA ISLA DE MARGARITA (1819).

El Congreso de Angostura dedicó varias sesiones –en total, siete- para considerar el tema relacionado con la creación de la Corte de Almirantazgo. En el cumplimiento de este propósito, lo inició el 06 de marzo y concluyó el 26 del mismo mes, demostrando con ello la necesidad de tratarlo y resolverlo a la brevedad posible.
Nos ha llamado poderosamente la atención el hecho que la iniciativa no partiera de los diputados representantes de la Provincia de Margarita, sino de Fernando Peñalver, representante de la Provincia de Guayana. En el acta del mismo 26 de marzo se registra que la gran mayoría de los diputados nuestros –Manuel Palacio Fajardo, Domingo Alzuru, José de Jesús Guevara y el Gral. Rafael de Guevara- al entrar en materia, le ratificó todo su apoyo a la propuesta; antes habían asistido a todas las sesiones donde se abordó el tema, dieron sus respectivos aportes y, en correspondencia con el estado de ánimo presente, se dispusieron también a lograr el objetivo planteado.

Al hacer un balance de la participación de nuestros diputados en el tratamiento de tan álgido tema es de resaltar la inasistencia del Licenciado Gaspar Marcano a todas las sesiones en las cuales se trató y se tomaron decisiones trascendentales en relación a tan álgido tema. La explicación es muy sencilla: A diferencia de sus colegas diputados, Gaspar Marcano, si bien estuvo presente en la sesión inaugural del Congreso efectuada el 15 de febrero, se incorporó en la sesión N° 42 correspondiente al 1° de abril, con un retardo de dos meses y medio. En ninguna de las actas se da noticia explicativa de esta actitud y tampoco cuando tiene lugar su reincorporación. Este detalle nos exime de dar alguna explicación y/o justificación de tal conducta.

ACTA N° 1:

En la capital de Guayana, a seis de marzo de mil ochocientos diez y nueve.



Hallándose reunidos en la sala de sesiones el señor presidente del Congreso Roscio y demás señores diputados Torres, Hurtado, Guerrero, Méndez, Briceño, Palacio, Pumar, Alcalá, Parejo, Cardoso, Afanador, Cádiz, Basalo, Peñalver, Peraza, España, Vallenilla y Martínez, expuso a la voz el expresado señor Presidente su dictamen en la comisión que se le confirió por el acuerdo de veintiséis de febrero último, acerca de los emigrados en colonias que son renuentes en venir al seno de la República; y después de largas discusiones se deliberó que fuesen llamados fraternalmente por una proclama del Congreso, cuya formación se encargó al mismo señor Roscio.

El honorable señor diputado Peñalver hizo la moción que siendo indispensable arreglar los procedimientos judiciales del almirantazgo, se haga la creación de la Corte que deba conocer y determinar los negocios que ocurran con la del Tribunal de presas y nombramientos de sus empleados; y habiendo sido apoyada, se discutió como urgente, de que resultó darse comisión al mismo señor Peñalver y a los señores diputados Palacio, Alzuru, Cádiz y Roscio para que formen y presenten al Congreso a la mayor brevedad un proyecto sobre el establecimiento que se indica, y a este fin se pedirá al Poder Ejecutivo cuanto haya conveniente a almirantazgo y jurisdicción marítima para que les sirva de ilustración en la materia.

Se continuó la lectura del proyecto de Constitución, y resultaron algunas observaciones que se anotaron conforme está acordado. Y siendo pasada la hora ordinaria, se dio por terminada la sesión.

Roscio

El diputado secretario, Diego de Vallenilla.

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ACTA N° 2:

En la capital de Guayana, a veintidós de marzo de mil ochocientos diez y nueve. Habiéndose reunido en la sala de sesiones el señor presidente del Congreso Roscio y demás señores diputados Martínez, España, Peraza, Peñalver, Basalo, Guevara, general Guevara, Cádiz, Cardoso, Afanador, Machado, Pumar, Palacio, Briceño, Méndez, Alzuru, Vallenilla, Hurtado y Urbaneja, se presentó el honorable señor general Cedeño, y habiéndose tomado el debido juramento por el señor Presidente, quedó incorporado en la Representación Nacional como diputado de esta provincia.
Compareció el señor general Torres ante el Congreso a anunciarle su marcha para el Ejército de Occidente, y suplicándole le librase las órdenes que tuviese a bien, el señor Presidente le dio a nombre de la soberanía la contestación correspondiente.
Se dio cuenta por Secretaría, guardando conformidad con lo acordado en sesión de diez y ocho del corriente de la nómina de los diputados principales y sus suplentes, y después de la previa declaración del Congreso, que los diputados en sus nombramientos son departamentales y en su representación nacionales, lo mismo que debe entenderse con los suplentes respectivos de cada provincia, se dio principio a la discusión: Si el diputado que sale del Congreso en servicio de la República queda separado de la Representación Nacional, y habiéndose entrado en debates que embarazan el tiempo para otras atenciones más urgentes, se deliberó, atendiendo a éstas y a que el número de vocales es bastante para la legalidad de las sesiones se trate en otra oportunidad de la materia propuesta.

La Comisión presentó el proyecto para la organización de Tribunales del Almirantazgo, y relatado a la letra, se acordó que demandando este negocio un ejecutivo arreglo, su discusión se empezase en la sesión siguiente.
Al tiempo de darse principio a la tercera discusión del proyecto de Constitución de que ha de resultar su aprobación, el señor diputado Méndez propuso que los que estuvieren por la afirmativa en los puntos de cada artículo se pusiesen en pie, modo más claro de manifestar su consentimiento, y sentados los de opinión contraria, guardándose este orden en las decisiones de las demás cuestiones; cuya moción, apoyada por el señor diputado Palacio, se admitió a discusión y se votó conforme a la propuesta, mandando se hiciese esta adición al reglamento del Gobierno interior del Cuerpo.

Abierta la lectura y tercera discusión referida del proyecto de Constitución, los señores diputados Alzuru y Méndez hicieron dos observaciones, que se mandaron anotar siguiendo el método establecido en la primera y segunda discusión.



Continuada la lectura de dicho proyecto de Constitución, y resultando de los debates observaciones en algunos de sus artículos, y reforma en otros, se acordó que la misma Comisión a quien se encargó el examen del mencionado proyecto, lleve a efecto la redacción que se le tiene encargada en acuerdo de diez y siete del corriente, con advertencia que deberá hacerlo de una sesión a otra. Con lo cual se terminó la sesión de este día.

Roscio

Manuel Cedeño – El diputado secretario, Diego de Vallenilla.

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ACTA N° 3:

En la capital de Guayana, a veintitrés de marzo de mil ochocientos diez y nueve. Reunidos en la sala de sesiones el señor Presidente Roscio y demás señores diputados Zea, Peñalver, Martínez, España, Peraza, Hurtado, Basalo, general Guevara, Cádiz, Afanador, Machado, Cardozo, Urbaneja, Alzuru, Pumar, Briceño, Palacio, Méndez, Parejo y Vallenilla, se comenzó el examen y primera discusión del proyecto para la organización de Tribunales del Almirantazgo, y habiéndose el Congreso ocupado en toda la sesión de este negocio, se logró terminar en ella dicha discusión, mandando que para la segunda se reviese con las observaciones hechas y llevadas por apunte separado.

Se abrió un pliego del señor general Páez, y se encontró que contenía una representación felicitando la instalación del Congreso, y se acordó se le conteste con las atenciones de estilo, manifestándole al mismo tiempo el aprecion que merecen sus servicios. Y se levantó la sesión.

Roscio

El diputado secretario, Diego de Vallenilla.

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ACTA N° 4:

En la capital de Guayan, a veinticuatro de marzo de mil ochocientos diez y nueve. Reunidos en la sala de sesiones el señor presidente Roscio y demás señores diputados Basalo, Cádiz, Guevara, España, Peñalver, Peraza, general Cedeño, Méndez, Guerrero, Palacio, Briceño, Vallenilla, general Guevara, Pumar, Parejo, Cardoso, Machado, Alzuru y Afanador, se abrió la segunda discusión sobre el proyecto provisorio para la organización de Tribunales de Almirantazgo, admitida como está su urgencia,, y habiéndose tenido aquella hasta concluirla, se resolvió con atención a la misma importancia, que a las cuatro y media de la tarde de este día se reúna nuevamente el Congreso, trayéndose por la Comisión redactados los artículos observados para que en forma ya el proyecto en tercera discusión, y mereciendo la soberana aprobación, tenga su debido cumplimiento. Con lo cual terminó la sesión.

Roscio

El diputado secretario, Diego de Vallenilla.

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ACTA N° 5:

En la capital de Guayana, a veinticuatro de marzo de mil ochocientos diez y nueve. Reunidos en sesión extraordinaria a las cuatro y media de la tarde, conforme a lo acordado en la anterior, el honorable señor presidente Roscio y demás señores diputados Zea, España, Peñalver, Basalo, Cádiz, general Guevara, Urbaneja, Briceño, Méndez, Guevara, Guerrero, Pumar, Alzuru, Parejo, Cardoso, Afanador, Machado y Vallenilla, la Comisión, cumpliendo con su encargo, presentó redactados los artículos observados en la primera y segunda discusión del proyecto para la organización de Tribunales de Almirantazgo, y habiéndose suscitado nuevos y largos debates y algunas más reformas, el Soberano Congreso deliberó se hiciese nueva redacción, y se trajese para la sesión del veintiséis, en la cual se daría fin a la tercera discusión del citado proyecto; no verificándolo el día de mañana, por ser uno de los que más solemniza nuestra santa madre la Iglesia. Y terminó la sesión.

Roscio

El diputado secretario, Diego de Vallenilla.
  

ACTA N° 6:

En la capital de Guayana, a veintiséis de marzo de mil ochocientos diez y nueve. Congregados en sesión ordinaria el señor presidente Roscio y demás señores diputados Urbaneja, Briceño, Palacio, Hurtado, Méndez, Pumar, Guerrero, Parejo, Cardoso, Machado, Afanador, Cádiz, Vallenilla, general Guevara, Alzuru, Peñalver, España, Peraza, Guevara, Martínez y general Cedeño, se empezó con vista de la nueva redacción de los artículos observados en el proyecto para la organización de Tribunales de Almirantazgo a dar fin a la tercera discusión, la cual habiéndose concluido y mereciendo el proyecto la soberana aprobación, se mandó poner en forma de reglamento, y que a las cuatro y media de esta tarde se vuelva a reunir el Congreso para tratar de la elección y nombramiento de los ministros que deban componer la Corte de Almirantazgo en la isla de Margarita, y persona que haya de comisionarse para hacer su establecimiento. Y se terminó la sesión.

Roscio

El diputado secretario, Diego de Vallenilla.

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ACTA N° 7:

En la capital de Guayana, a veintiséis de marzo de mil ochocientos diez y nueve. Reunidos en conformidad a lo acordado en la sesión de esta mañana, ahora, que son las cuatro y media de la tarde, el honorable señor presidente Roscio y demás señores diputados Urbaneja, Méndez, Briceño, Guerrero, Palacio, Pumar, Parejo, Machado, Cardoso, Afanador, Cádiz, general Guevara, Alzuru, Peñalver, Vallenilla, Guevara, Martínez, España y Peraza, se trató de la elección y nombramiento de los ministros que deban componer la Corte de Almirantazgo en la isla Margarita, y la persona que haya de comisionarse para organizar su instalación; y después de oír el Soberano Congreso a los representantes de aquella provincia y a algunos otros señores Diputados, se dio principio con conocimiento de personas a la votación, y resultaron electos para Ministros los ciudadanos intendente Nicolás Guevara y Julián Méndez; para fiscal, el doctor Andrés Narvarte, y de comisionado y Presidente de la misma Corte hasta otra providencia del Congreso, en virtud de la cuenta que deberá dársele, el señor licenciado Francisco Javier Yanes, miembro del Supremo Poder Judicial, a quien se le faculta para que en caso que dichos ministros no puedan ejercer sus funciones o tengan algún impedimento legal, pueda nombrar otras personas que tengan las calidades necesarias.
Y a fin de que este acuerdo con el reglamento provisorio formado y aprobado para el establecimiento de las Cortes de Almirantazgo tengan su observancia, pásese en copia al Supremo Poder Ejecutivo. Con lo cual terminó la sesión.

Roscio

El diputado secretario, Diego de Vallenilla.




ACTUACIÓN DE LOS DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MARGARITA
EN EL CONGRESO DE ANGOSTURA.

El 8 de mayo de 1816, el Libertador Simón Bolívar, desde el Cuartel General de la Villa del Norte, Isla de Margarita, suscribió una memorable Proclama que contenía, entre otros, dos planteamientos trascendentales: El primero, reconociendo, de manera categórica, que la asamblea efectuada dos días antes -el 6- en el antiguo templo de esta comunidad, debido a la importancia de las decisiones tomadas, marcaba el inicio de la Tercera República de Venezuela: “Venezolanos: He aquí el tercer período de la República… La inmortal isla de Margarita, acaudillada por el intrépido General Arismendi, ha proclamado de nuevo el Gobierno independiente de Venezuela, y le ha sostenido con un valor sublime, contra todo el imperio español.” (5) Y el segundo, en el propósito “de restaurar la República sobre los fundamentos más sólidos”, la convocatoria a la instalación del Congreso de Venezuela: “El Congreso de Venezuela será nuevamente instalado donde y cuando sea vuestra voluntad. Como los pueblos independientes me han hecho el honor de encargarme la autoridad suprema (la asamblea efectuada en la Villa del Norte lo designó Jefe Supremo de la República y sus Ejércitos), yo os autorizo para que nombréis vuestros diputados en Congreso, sin otra convocación que la presente; confiándoles las mismas facultades soberanas que en la primera época de la República.” (6) Pero, el desarrollo desigual de los sucesos que rodearon la Expedición de Los Cayos en Carúpano y Ocumare, impidió el cumplimiento de tan especial convocatoria, que bien hubiera podido efectuarse en nuestra “isla inmortal”.

Bolívar –tras la derrota de Ocumare- debe retornar por segunda vez en este mismo año a la república insurgente de Haití en solicitud de apoyo para insistir en su proyecto libertario y desembarca por el puerto de Jacmel el 4 de septiembre del mismo año. Gracias al extraordinario espíritu de solidaridad revolucionaria que animaba a su Presidente Alejandro Petión, logra armar una segunda expedición que partirá desde el puerto de Jacmel el 18 de diciembre con el mismo preciso destino que la primera: la tierra insular margariteña. El arribo de esta segunda expedición tiene lugar, al igual que la anterior, por el puerto de Juangriego, diez días después. Tan pronto pisa tierra margariteña y luego de constatar el amplio predominio y control que ejercen las fuerzas patrióticas sobre nuestro espacio territorial, lanza entonces la segunda convocatoria desde el Cuartel General del Norte de Margarita, pero ahora con mayor urgencia y precisión: “Así, una necesidad imperiosa exige la inmediata instalación del Congreso, para que tome cuenta de mi conducta, admita la abdicación de la autoridad que ejerzo (la de Jefe Supremo de la República y sus Ejércitos que se le había conferido el 6 de mayo de ese mismo año en la Villa de Santa Ana del Norte) y forme la constitución política que debe regiros.” Y: “Venezolanos: Vosotros habéis sido convocados por mí desde el mes de mayo para constituir el Cuerpo Legislativo, sin prescribiros restricción alguna, autorizándoos para escoger la época y el lugar. No lo habéis hecho: Los sucesos de la guerra os lo han impedido; pero ahora debéis apresuraros a ejecutarlo como las circunstancias lo dicten. La patria ha estado y estará frecuentemente en la orfandad, en tanto que el magistrado sea un soldado. Las vicisitudes de la guerra son tan varias y terribles, que apenas pueden preverse, mucho menos evitarse: las transacciones del Gobierno exigen un establecimiento más constante. Un hombre mismo no puede moverse y estar en reposo. Vosotros, pues, debéis dividir las funciones del servicio público entre muchos ciudadanos, que poseen las virtudes y el talento que se requieren para el ejercicio del poder.” Para concluir de esta manera: “Venezolanos! Nombrad vuestros diputados al Congreso. La isla de Margarita está completamente libre: en ella, vuestras Asambleas serán respetadas y defendidas por un pueblo de héroes, en virtud, en valor y en patriotismo. Reuníos en este suelo sagrado, abrid vuestras sesiones y organizáos según vuestra voluntad. El primer acto de vuestras funciones será señalado por la aceptación de mi renuncia.” (7)

Así que, al conocerse en Margarita la renovación de aquella convocatoria, ahora para Angostura, -22 de octubre de 1818-nuestro pueblo insurgente se dispuso a elegir sus delegados. Luego de la consulta efectuada, se logró el siguiente resultado: Domingo Alzuru, Manuel Palacio Fajardo, Gaspar Marcano, José Jesús Guevara y General Rafael de Guevara.
Que los hechos ocurrieron de la manera como lo venimos explicando, lo ratifica el mismo Libertador en la Proclama del 22 de octubre de 1818, lanzada desde su Cuartel General de Angostura y publicada en el periódico Correo del Orinoco, N° 14, edición correspondiente al sábado 24 de octubre de 1818: “Yo busqué asilo en una Isla extranjera y fui á Jamayca solo, sin recursos y casi sin esperanzas. Perdida Venezuela y la Nueva Granada, todavía me atreví á pensar en expulsar á sus tiranos. La Isla de Hayti me recibió con hospitalidad: el magnánimo Presidente PETION me prestó su protección; y baxo sus auspicios formé una expedición de trecientos hombres, comparables en valor, patriotismo y virtud á los compañeros de Leonidas. Casi todos han muerto ya; pero el exército exterminador también ha muerto. Trecientos Patriotas vinieron á destruir diez mil tiranos Europeos, y lo han conseguido. Al llegar á Margarita una asamblea general me nombró Gefe Supremo de la Nación: mi ánimo fue convocar allí el Congreso; pocos meses después lo convoqué en efecto: los sucesos de la guerra no permitieron, sin embargo, este anhelado acto de la voluntad nacional. Libre Guayana, y libre la mayor parte de Venezuela, nada nos impide ahora devolver al Pueblo sus derechos soberanos.”

La relación que hemos confeccionado nos confirmará que en alto porcentaje se hizo una acertado selección:


DOMINGO ALZURU

Ospino (Estado Portuguesa) 1775 – Angostura (Estado Bolívar) c.1821. Cuando Alzuru es designado para asistir en representación de la Provincia

de Margarita al Congreso de Angostura ya es un patriota consumado que ha iniciado su carrera revolucionaria desde el año 1810 y, como tal, ha cumplido misiones al servicio de la República y, además, purgado cárcel en las bóvedas de La Guaira y en el castillo San Felipe de Puerto Cabello. Ostenta el título de Abogado de la Real Audiencia; posteriormente, se desempeñó como Síndico de la Municipalidad de Caracas. Su vinculación con la isla de Margarita tiene lugar a consecuencia de la pérdida de la Segunda República, a donde emigra en búsqueda de la salvaguarda de su vida y de su seguridad, hecho que lo convierte en excepcional testigo del arribo de la expedición del General español Pablo Morillo a nuestras costas en abril de 1815 y su consecuente criminal bloqueo.

En cumplimiento de las delicadas responsabilidades que asume a conciencia con el movimiento insurgente insular se traslada a Angostura y está presente en la memorable instalación del Congreso en la cual Simón Bolívar da lectura a una de sus más brillantes piezas oratorias. De allí que su nombre y firma figuren en el Acta correspondiente al 15 de febrero de 1819.
A partir de este momento Alzuru comienza a construir una imagen digna del diputado republicano:
*Se anota como el más asiduo asistente a las sesiones -del total estimado, 276, asiste a 162- ocupando el primer lugar en comparación con el resto de la delegación margariteña.
*Asume las responsabilidades que le son asignadas: En la 12° sesión, del 27/02/1819, es designado Procurador General de la República.
*Incorpora a sus labores ordinarias las funciones que cumpliera el diputado Palacio Fajardo, debido a su fallecimiento ocurrido el 8 de mayo de 1819.

*Destaca en su propósito de lograr que el Congreso designe al General Juan Bautista Arismendi como Vice-Presidente de la República en sustitución de Francisco Antonio Zea.
*A partir de la sesión 192°, del 22/10/1819, por ausencia del resto de la Comisión, asume la representación de la Provincia de Margarita.
*Estampa su firma en la Constitución Política de Venezuela –sesión 139° del 11/08/1819- en la cual la Provincia de Margarita es reconocida como una de las diez provincias que la integran.
*Es el único firmante por la Provincia de Margarita de la Ley Fundamental de la República de Colombia. Sesión 229° del 17/12/1819.
*Se convierte en uno de los principales actores de la sesión del 14/12/1819 al intervenir, en nombre de sus colegas diputados, en el acto de recepción del Libertador Simón Bolívar, Presidente del Estado, quien hizo acto de presencia para informar al Cuerpo acerca de “la campaña que acaba de hacer en la Nueva Granada y que ha presentado la República al mundo entera, vigorosa y grande.” Estas fueron sus palabras: “Señores Diputados: El Presidente del Estado acaba de dar cuenta de sus operaciones en la Nueva Granada. Ellas manifiestan un sabio plan proyectado a cuatrocientas leguas de la capital de Santafé y ejecutado con acierto y felicidad contra fuerzas muy superiores y obstáculos casi insuperables. Pero nada ha podido contener ni aun retardar las rápidas y prodigiosas victorias que en el término de setenta y cuatro días libertaron doce de las principales provincias de aquel vasto imperio. El general Bolívar a la cabeza de dos mil hombres, frustrada por el rigor de la estación y lo intransitable de los caminos y la cooperación de la caballería del bravo general Páez, nos ha hecho conocer en esta ocasión cuánto podemos y debemos esperar de su valor, pericia, patriotismo y actividad. Sus asombrosas hazañas refluyen sobre nosotros y hacen ver a los pueblos que no tienen que arrepentirse de haber puesto en nuestras manos la suprema autoridad. Nosotros les hemos dado un Presidente del Estado que ha salvado la patria, que ha hecho triunfar las armas de la República, que ha hollado la soberbia y tiranía de nuestros opresores. Nosotros les hemos dado un Presidente humano, benéfico y generoso. Con sólo esta tan acertada elección hemos cumplido los principales encargos de nuestra alta representación. Es pues necesario hacer ver a estos mismos pueblos y a las naciones civilizadas que somos sensibles al mérito y a la virtud; siendo nosotros los primeros en tributar obsequios justos y debidos al vencedor de Boyacá y libertador de Venezuela y la Nueva Granada, invitando a los demás con nuestro ejemplo a manifestar su reconocimiento a tan benemérito ciudadano. El Cuerpo Soberano de la Nación le ha hecho el mayor honor colocándolo en el asiento de su Presidente: asiento que jamás cedería a los primeros Césares ni Emperadores.

“Honorables legisladores:

“Estad ciertos que por mucho que hagamos para manifestar nuestra gratitud a nuestro amigo y conciudadano Simón Bolívar, jamás podremos recompensar dignamente a un héroe que nos ha dado patria, vida y libertad.”

*Ha debido ausentarse de las sesiones del Congreso a finales de 1820-comienzos de 1821, por cuanto el Correo del Orinoco, N° 92, edición correspondiente al 20 de enero de 1821, publica una lista donde figura junto con Santiago Mariño, Gregor Mac Gregor, Juan Martínez y Miguel Peña (Principales) y Francisco Esteban Gómez, Gaspar Marcano, Diego Bautista Urbaneja, José María Salazar y Andrés Caballero (Suplentes), entre los nombrados Diputados Principales por el Colegio Electoral de la Isla de Margarita al Congreso de Colombia.

*Es lamentable tener que aceptar que a la fecha de hoy no se haya precisado en qué lugar y circunstancias ocurrió su muerte, aún cuando todo parece indicar que falleció en Angostura en el mismo año 1821.


MANUEL PALACIO FAJARDO

(Mijagual (Estado Barinas), 1784 – Ciudad Bolívar (Estado Bolívar), 8 de mayo 1819.
La elección de Manuel Palacio Fajardo como diputado representante de la Provincia de Margarita al Congreso de Angostura pudiera interpretarse como un reconocimiento a su ya brillante trayectoria política y profesional cumplida hasta ese momento.
Efectivamente, para el año 1810, fecha en que se incorpora al proceso revolucionario, ya ostentaba diversos grados académicos: título de Filosofía, obtenido en el Colegio Seminario de San Buenaventura de Mérida y estudios de derecho civil y medicina en Bogotá. Además, ya había ejercido la profesión de médico y la docencia en la Escuela de Medicina de la Universidad de Mérida.
A lo que puede agregarse que, también para 1810, resultó electo Diputado por la Provincia de Barinas al Congreso Constituyente que se instaló el 2 de marzo de 1811 en cuyas sesiones favoreció con todo ímpetu las ideas de la libertad y la independencia de Venezuela. Por tales razones fue firmante del Acta de nuestra Independencia y de la Constitución Federal.
Palacio figuró, además, entre los destacados patriotas que cumplieron misiones diplomáticas en el exterior: De 1812 a 1818, en cumplimiento de tareas encomendada por el gobierno de la Provincia de Cartagena, viaja a los Estados Unidos, Francia e Inglaterra. Estando en Inglaterra -1817- publicó el libro Outline of Revolution in Spanish America y es tal el éxito logrado que, posteriormente, fue traducido al francés y al alemán.
Luego de superar dificultades e inconvenientes con el gobierno inglés, en 1818 logra reunir voluntarios y pertrechos para apoyar la revolución venezolana. A bordo del bergantín Imogen arriba a la isla de Margarita con tan preciosa carga que pone a la orden de la causa patriota.
Ya en conocimiento de su trayectoria y lealtad a la revolución, es designado para integrar la delegación de diputados que representaría a la Provincia de Margarita en el Congreso de Angostura. Investido de tan altas responsabilidades se traslada a Angostura, se presenta ante las autoridades e inmediatamente se incorpora a sus sesiones. De allí que Manuel Palacio agrega a su ya rica experiencia política la de contarse entre los asistentes a la instalación del Congreso de Angostura. Así quedó registrado en la memorable Acta del 15 de febrero de 1819.
A partir de este momento, Palacio pasa a ocupar posiciones relevantes y a marcar con su activa presencia el ritmo de trabajo que, de manera progresiva, va adquiriendo la dinámica del Congreso.
Así tenemos:

*En el inicio de actividades es propuesto, junto con los diputados Francisco Antonio Zea, Santiago Mariño, Rafael Urdaneta, Tomás Montilla y Juan Germán Roscio, para ejercer la Vicepresidencia del Estado, obteniendo dos votos. Resulta electo Francisco Antonio Zea. En esta misma sesión fue designado para integrar la comisión encargada de examinar el proyecto de Constitución presentado por Bolívar en el acto de instalación. Acta N° 2 del 16 de febrero 1819.

*En la sesión del día siguiente –Acta N° 3 del 17 de febrero- es designado junto con los diputados Juan Germán Roscio y Fernando de Peñalver “para que formasen y presentasen en la inmediata sesión el reglamento provisional para la Presidencia de la República”.
*En el Acta N° 4 del 18 de febrero quedó registrado el estricto y cabal cumplimiento de las instrucciones recibidas el día anterior: “La Comisión presentó en esta sesión el reglamento provisional para la Presidencia de la República, y precedido el examen y discusión de todos sus artículos, fue aprobado con algunas leves reformas”…
*El 19 de febrero, según consta en el Acta N° 5, se leyó una solicitud enviada por la Municipalidad de Margarita en la cual plantean la necesidad de un “facultativo en medicina para el servicio de la Isla” y proponen al Dr. Manuel Palacio Fajardo. La petición fue negada de inmediato, pero, en vista de la situación, se acordó “que se pasase al Excelentísimo señor Presidente del Estado para que proveyese a ella con respecto a otra persona.”
*Simón Bolívar, en su carácter de Presidente del Estado, designa a Palacio Fajardo Ministro para el Despacho de Estado y Hacienda, nombramiento que se hace constar en el Acta N° 11 del 26 de febrero.

*En atención a solicitud del diputado Fernando Peñalver, el diputado Palacio, en su carácter de Ministro del Despacho de Hacienda “informó con el estado de valores los ingresos y egresos de la Tesorería Principal de esta provincia en todo el año último de mil ochocientos diez y ocho.” Acta N° 57 del 24 de abril 1819.
*En la sesión del 5 de mayo, Acta N° 66, Palacio Fajardo, junto con los diputados Antonio María Briceño y Francisco Conde, es designado para conformar una comisión muy especial: traducir al castellano un proyecto presentado por un coronel prusiano “que ha venido al servicio de la República, en que ofrece negociar un empréstito de tres millones de pesos para el progreso de la causa de la Independencia, en cambio de tierras.”…
*En la sesión del 10 de mayo, Acta N° 69, la Secretaría registra la sorprendente noticia que informa acerca del deceso del diputado Palacio Fajardo, pero redactada de una manera impropia por su carácter circunstancial: al acordar suspender la licencia solicitada por el diputado Gaspar Marcano se considera como un argumento adicional “la novedad ocurrida de haber muerto el señor Palacio.” En las actas subsiguientes no se hace ninguna otra mención a Palacio Fajardo, salvo en la sesión del 15 de mayo, Acta N° 74, en la cual “se leyó un proyecto sobre rentas que dejó el difunto señor Palacio”. A todas luces, injusto tratamiento del Cuerpo a uno de sus más ilustres miembros. Para ocupar la vacante fue designado el diputado Juan Germán Roscio, quien estaba al frente de la Dirección de las Rentas Nacionales, mediante decreto del 14 de mayo, suscrito por el Vice-Presidente de la República Francisco Antonio Zea.

No obstante este absurdo silencio por parte de la Secretaría del Congreso, el periódico Correo del Orinoco, que lo contó entre sus colaboradores más asiduos, publicó en su edición N° 31, correspondiente al sábado 15 de mayo de 1819, la siguiente

“NECROLOGÍA”

Venezuela llora la muerte de uno de sus más distinguidos hijos: el honorable representante Manuel Palacio falleció en la mañana del 8 del corriente después de tres días de fiebre y a consecuencia de un aneurisma en la aorta, a la edad de 32 años.

Nació el Señor Palacio en la Villa de Mijagual en la Provincia de Barinas; fue educado en el Seminario de Mérida y la Universidad de Santafé premió sus distinguidas tareas literarias con los grados de Doctor en ambos derechos y en medicina. Allí también fue recibido de Abogado por la Audiencia de aquel Virreinato.
Su amor a la justicia y su amor y compasión por la humanidad, que tanto lo distinguieron, lo hicieron sobresalir desde el principio entre los que han trabajado por sacudir el opresivo e ignominioso yugo de España y el primer Congreso de Venezuela se gloriaba de ver en su seno a tan ilustre joven.
Cuando perdida Venezuela a consecuencia del espantoso terremoto de 1812 se ocupaba la Nueva Granada de los medios de libertarla del pérfido y feroz Monteverde, Palacio fue Diputado a los Estados Unidos y a las principales Naciones de la Europa a solicitar los recursos de que necesitábamos para hacer la guerra con suceso. Su misión fue tan fructuosa como podía esperarse y su predilección a la ciencia que más consuela la humanidad doliente encontró allí un párvulo que pudiera saciar sus deseos. Distinguióse principalmente en la química y en la medicina; tratábanlo con singular aprecio los literatos que eran testigos de su aplicación, de sus conocimientos y de sus virtudes; mas combatíase aún contra los tiranos en su país natal y lo vimos abandonar las dulzuras de una sociedad ilustrada y el recreo de los sabios y llegar a nuestras costas en un buque cargado de materiales para el triunfo.

Ocupado desde su llegada en destinos públicos, el segundo Congreso de Venezuela lo contó también entre sus miembros y se (ilegible) al ver las mejoras que le habían adquirido la experiencia, los viajes y el estudio. Nombrado luego el Gobierno Supremo su Secretario de Estado y de Hacienda y en el Ministerio, así como en el resto de su vida pública se le vio siempre magistrado íntegro, activo, diligente. Pocos momentos de ocio podían quedar a quien era de los principales encargados de nuestro edificio político, mas a costa de vigilias y de privaciones en su vida privada, Palacio tenía siempre tiempo para ir a consolar al enfermo y éste encontraba siempre en él todo auxilio médico, dado con el interés y la bondad de amigo.

Buen hijo, patriota virtuoso, dulce socio médico compasivo, magistrado íntegro, su féretro fue acompañado al sepulcro por los habitantes de Angostura nacionales y extranjeros; el Gobierno, que tanto ha sentido su pérdida, le prodigó honores; mas su verdadera oración fúnebre fueron las lamentaciones de cuantos iban a verlo inhumar, las lágrimas de cuantos habían experimentado su mérito, o conocido sus virtudes.
Cui pudor et justitie sóror

Incorrupta fides nudaque veritas.

¿Quando ullum inveniet parem?

Nos abstenemos de hablar de sus obras literarias de que han dado cuenta o han extractado los periódicos de la Nueva Granada. Mas no podemos pasar en silencio que el virtuoso e ilustre Palacio es el autor de la que se publicó en Londres y reimprimió en Nueva York en 1817, titulada “Outline of the revolution in Spanish America” &c. (Bosquejo de la revolución en la América Española) obra que ha sido sobremanera estimada tanto en Europa como en los Estados Unidos y que basta sola para apreciar dignamente al escritor.”

Como hemos podido advertir, correspondió al Correo del Orinoco la divulgación de tan infausta noticia. La edición N° 34 del sábado 24 de julio de 1819 así lo demuestra, al publicar un Soneto dedicado a la memoria del ilustre ciudadano, enviado desde la isla de Trinidad. Leamos el texto en referencia:

“Un amigo del difunto DOCTOR PALACIO nos ha enviado desde la Trinidad el siguiente
SONETO

Cuando la Patria alegre repetía

El más festivo himno a la victoria

Para aplaudir un hecho (1) que la historia

Celebrará en sus fastos algún día

De improviso conturba su alegría

Como ligera dicha transitoria

Un suceso fatal, cuya memoria

No borrará jamás del alma mía.

Murió el joven Palacio, el modelo

            Del honesto saber, la virtud pura…!

            ¡Ay! La Patria de luto y negro velo

            Ha llevado a la tumba su amargura

            Y la amistad, llorando sin consuelo,

            La vista aparta de la sepultura.

(1)                Alude al triunfo de los 150 Apureños.

*A la fecha de su muerte el diputado Manuel Palacio Fajardo había acumulado cincuenta y cinco (55) asistencias a las sesiones del Congreso y participado en sus deliberaciones de manera activa y destacada. Sus inasistencias coinciden exactamente con los días últimos en que cayó enfermo y falleció.


GASPAR MARCANO

(San Juan Bautista, Estado Nueva Esparta, 5 de enero 1781 – Maracaibo, Estado Zulia, 1821).
Constituye el caso especial del militante revolucionario que marca con su fogosa presencia e intervención los hechos y sucesos en los que participa. Así lo reconocieron sus contemporáneos y de la misma manera ha trascendido en el tiempo.
Por otra parte, es de hacer notar que su accionar político y militar transcurre en el ámbito nor-oriental venezolano y, en consecuencia, contribuye a inscribir y darle proyección a este amplio espacio geográfico en la visión de conjunto de nuestras luchas insurreccionales contra el dominio colonial español.
Al igual que tantos otros compatriotas que atendieron al llamado de la revolución que estalló el 19 de abril de 1810, Gaspar Marcano ostenta los títulos de Licenciado y Teniente Coronel, credenciales académicas que lo preparan para actuar en la vida política y militar de manera destacada hasta el final de sus días.
De tan rica y dilatada trayectoria seleccionaremos aquellos sucesos que consideramos dignos de registrar:

Dice Rosauro Rosa Acosta en su Diccionario Margariteño Biográfico, Geográfico e Histórico que a la caída de la Primera República, Marcano emigró a la vecina isla de Trinidad. Allí ha debido entrar en contacto con el grupo de combatientes que, bajo la conducción de Santiago Mariño, el 12 de enero de 1813, efectuó una asamblea en el islote de Chacachacare con el propósito de reiniciar las luchas insurreccionales. El Acta que se elaboró aquel día y donde se hizo constar el compromiso vital con la revolución registra su nombre y firma. (8) De igual manera lo suscribe José Silverio González Varela en su obra titulada Patriotas de Margarita. (9) La revisión bibliográfica que hemos realizado nos ha conducido a poner en duda esta información: Hemos constatado que Gaspar Marcano no suscribe el Acta de Chacachacare y en la descripción que hace Bartolomé Tavera Acosta en su Historia de Carúpano de los numerosos sucesos políticos y militares que se sucedieron posteriormente no hallamos ninguna referencia a su actuación. (10)

Si aún permanece la incógnita, quizás el siguiente detalle que hemos detectado en la contundente y convincente argumentación expuesta ante el Congreso de Angostura para justificar su rechazo a incluir la figura del Senado hereditario y vitalicio en el texto de la Constitución de Venezuela propuesto por Simón Bolívar, publicada en el semanario Correo del Orinoco en su edición N° 33, correspondiente al 7 de junio de 1819, cuyo texto íntegro se reproduce más adelante, contribuya a aclararlo de manera definitiva a favor de su no participación: “Quando aparecieron nuestros primitivos Libertadores por Oriente (Chacachacare, aclaramos nosotros) y Occidente en muy corto número, les contemplábamos como los únicos hombres á quienes debían dispensarse todos los premios de nuestra República”…

Paul Verna, fundamentado en investigaciones realizadas por el sacerdote Lino G. Canedo en el archivo de Saint Thomas logró localizar a Gaspar Marcano en una lista de refugiados venezolanos en aquella isla entre 1814 y 1816. (11)
Ante la pérdida de la Segunda República (1814) se trasladó a la isla de Margarita y es de tal magnitud el movimiento político que promueve, que es llamado a la hora de conformar el triunvirato que asumiría el gobierno político de la provincia insular, conjuntamente con Juan Antonio Silva y Juan Miguel Láres y, además, el general Juan Bautista Arismendi, designado comandante general de todas las fuerzas de mar y tierra. (12)

El 22 de agosto de 1816, estando en Guiria, es testigo de un hecho bochornoso que tuvo como principales actores al Libertador Simón Bolívar y al General José Francisco Bermúdez. Su acertada y precisa intervención evitó el fatal desenlace. El testimonio que nos dejó Felipe Larrazábal traduce de manera magistral el dramático momento: “Subalternos de Mariño conspiraron abiertamente contra la vida del Libertador, quien los contuvo con su serenidad y valor extraordinario, pasando por en medio de ellos espada en mano. Bermúdez, por su parte, encendido en cólera, y dejándose arrebatar de la más insolente audacia, tiró la espada contra su jefe y su Libertador… Abominable desorden del ánimo! Detuviéronle el coronel Isava y el Licenciado Gaspar Marcano, que estaban presentes y evitaron la consumación del más horrendo crimen.” (13)

En 1817, Gaspar Marcano se encontraba de nuevo en la isla de Trinidad. Entonces se supo que el general español Pablo Morillo, al frente de un poderoso ejército, se acercaba a las costas margariteñas con el decidido propósito de invadir la isla y exterminar a nuestro heroico pueblo. Mientras mucha gente se dispuso a huir, víctimas del pánico y de la zozobra que provocaba en su ánimo aquella noticia, Gaspar Marcano prefirió trasladarse a su isla dispuesto a combatir al agresor. El general Francisco Esteban Gómez en sus “Observaciones” a la Historia de Margarita de Francisco Javier Yanes, lo relató de esta manera: “Es muy digna de recomendación la acción heroica del teniente coronel Gaspar Marcano y cuatro más que le acompañaron en una curiarita a la isla de Trinidad despreciando todo peligro; sus amigos que le aconsejaban que no era valor sino temeridad arrostrar tantos peligros a la vez, que sería prudente esperar un buque más a propósito y algunas noticias más positivas, a todo esto contestaba: 'yo sería un delincuente si viendo mi patria en peligro no volase en su auxilio y así estoy resuelto a seguir para participar de la suerte que se le prepare'.” (14)


El historiador Bartolomé Tavera Acosta en su Historia de Carúpano registró la presencia de Marcano en el Congreso de Cariaco de la siguiente manera: “El Congreso se reúne el día 8 de mayo de 1817 en una de las mejores casas de la población, formando esquina, cercana al río Carinicuao. A su instalación concurren Mariño, Francisco Javier Mayz, Diputado por Cumaná, miembro del primer Congreso que se reunió en Hispano América y firmante del acta de nuestra independencia; el Almirante Luis Brión, comandante de las fuerzas navales; Francisco Antonio Zea; el canónigo Cortés de Madariaga; Francisco Javier de Alcalá, Diego de Vallenilla; Antonio de Alcalá; Manuel Isava Sucre; Francisco de Paula Navas; Manuel Maneiro y Diego Bautista Urbaneja. Hállanse también en la población otros distinguidos próceres civiles de la Patria, entre ellos el Lcdo. Juan Martínez Alemán, el Lcdo. Gaspar Marcano, el Lcdo. Ramón García Cádiz; Casiano de Bezares, etc. Tal instalación fue motivo de entusiastas festejos populares en Cariaco.” Y más adelante hace referencia a una importante designación que se le confiere: “Para el departamento de Justicia nombra a los doctores Martínez Alemán y Gaspar Marcano y Lcdos. García Cádiz y José María España.”… (15)

El historiador José Luis Salcedo Bastardo ratifica la presencia de Gaspar Marcano en el Congreso de Cariaco, indicando que en la sesión del 8 de mayo de 1817 al elegir a los “letrados” integrantes del Poder Judicial, fue seleccionado junto con Juan Martínez Alemán, José de España y Ramón García Cádiz.” (16)
Como hemos visto, sobrados credenciales poseía Gaspar Marcano para integrar la delegación representativa de la Provincia de Margarita en el Congreso de Angostura.
No obstante, la revisión detallada de las actas nos reveló una impresión decepcionante: Gaspar Marcano, en comparación con el resto de la delegación, no asumió con la debida seriedad los compromisos que adquirió con el pueblo margariteño y, como tal, no estuvo a la altura de sus responsabilidades. Una breve relación de esta incomprensible actitud así lo demuestra: Si bien asiste al acto de instalación del Congreso, efectuado el 15 de febrero 1819, se incorpora el primer día de abril (Acta N° 42), es decir, un mes y medio después. Apenas había cumplido un mes de asistencia a las sesiones ordinarias cuando solicita la primera licencia para trasladarse a la isla de Trinidad (Acta N° 6, 06/05/19), permiso que si bien le es aprobado en la misma fecha, días después le es revocado por el fallecimiento del diputado Manuel Palacio Fajardo. (Acta N° 69, 10/05/19). Lo más grave es, sin embargo, que el 1 de junio es electo Secretario (Acta N° 84) y, sin mediar ninguna consideración, solicita una segunda licencia (Acta N°95, 15/06/19) y, sin esperar la autorización respectiva, desaparece de la escena de manera definitiva. Estas reiteradas inasistencias le impidieron suscribir la creación de la Corte de Almirantazgo, la Constitución Política de Venezuela (Acta N° 139, 11/08/19) y la Ley Fundamental de la República de Colombia (Acta N° 229, 17/12/19), entre otras. Por si fuera poco, de acuerdo al contenido de las actas, es de hacer notar que mientras asistió a las sesiones no tuvo alguna intervención importante que, a juicio del Secretario, mereciera registrarse en las actas respectivas.

No obstante, en el N° 33, edición correspondiente al 7 de junio de 1819, el semanario Correo del Orinoco, en el interés de divulgar aquellas intervenciones que despertaban más preocupación e interés por parte de los diputados en el tratamiento de álgidos temas, publicó el texto completo de la intervención de Gaspar Marcano como aporte a la discusión sobre la pertinencia de incorporar en la Constitución el carácter hereditario del Senado, propuesto por el Libertador en el discurso de instalación del Congreso.

Esta iniciativa del periódico patriota la apreciamos hoy por la importancia que ha adquirido para la historia de nuestra región insular: constituye el único documento escrito que, en relación a este evento político, dejó a la posteridad nuestro eximio paisano que, dicho sea de paso, traduce su sólida formación político-ideológica, su calidad profesional y consecuente compromiso revolucionario. Por considerarlo de sumo interés lo copiamos a continuación:





“CONGRESO”

Angostura 29 de mayo de 1819


En la semana pasada ha sido la ocupación del Congreso el Proyecto de Constitución, como el principal objeto de sus tareas, y las pretensiones de algunos extranjeros sobre tierras para establecerse y poblar. La naturaleza del Senado ha llamado especialmente la atención de los Representantes del pueblo; y por la importancia de este punto ha tenido cinco discusiones: quedó votada la question el Lunes 24 del corriente; no tuvo lugar la calidad hereditaria del Senado, sin embargo de haberse modificado de tal suerte que venía á ser más bien electivo que hereditario; pero prevaleció la mayoría por el carácter vitalicio de los Senadores. Por una y otra calidad discurrieron los Señores Diputados Zea, Méndez, Briceño y Peñalver; contrarios á ellas fueron los discursos de los Señores Alzuru y Marcano: los iremos publicando por el órden con que vinieren á nuestras manos, y añadiremos que el Señor Alzuru protestó contra la admisión de un Senado vitalicio.


Observación sobre el establecimiento de un Senado hereditario en la República de Venezuela hecha
por el Licenciado Marcano en el Soberano Congreso.

Señor:

El establecimiento de un Senado vitalicio y hereditario como se pretende, es a mi parecer directamente opuesto á los principios de igualdad y de libertad que proclamó el Pueblo Soberano de Venezuela desde el día en que se declaró Independiente. Es opuesto á los principios de igualdad, porque se estancan en unas familias solamente las principales dignidades de la República que deben corresponder á todos, así como corresponden sus cargas; porque se dá entrada á los privilegios, en todo Gobierno odiosos, y en el republicano detestables; y porque se cierran en cierto modo las puertas al mérito y á la virtud. ¿Por ventura no vendrán tras de nosotros muchos héroes que igualen y aún se aventajen en relevantes servicios á los que tratamos de premiar? ¿Y por qué estos no han de tener el mismo derecho a la dignidad senatorial? Quando aparecieron nuestros primitivos Libertadores por Oriente y Occidente en muy corto número, les contemplábamos como los únicos hombres á quienes debían dispensarse todos los premios de nuestra República, y después hemos visto y tenemos en su seno otros tantos, o más que ellos dignos de honor y alabanza. Y si entonces el primer Congreso Venezolano hubiera dispuesto de los más honoríficos de (ilegible), depositándolos en unas solas manos para siempre por un orden de sucesiones, ¿No sería muy sensible que no encontrásemos ahora con qué premiarlos bastantemente? Sí, sería no solo sensible, sino muy odioso el que unos pocos Ciudadanos estuviesen elevados sobre el resto de la sociedad. Lo mismo acontecerá con este Senado: la emulación, los justos zelos de los heroicos Defensores estarán con ese cuerpo en continuo choque, y lejos de mirarlo como el pedestal de la Libertad le contemplarán como el rival del mérito y de la virtud. Así pues Señor V.M. debe dexar franca la entrada á los futuros Beneméritos de la Patria y no fundar una especie de Mayorazgo exclusivo para ciertos individuos, que á medida que heredan la dignidad de sus padres, no pueden heredar sus virtudes, ni su valor. Prémiense norabuena los ínclitos héroes Venezolanos, eternízese su nombre por todas las extremidades de la tierra, si es posible; pero no por medios que ellos mismos han reprobado: -Una de las razones por que hemos detestado al Gobierno Monárquico, y por consiguiente al Español, es por que el hombre vicioso, el inepto, viene á gobernar á los demás, por que acertó a nacer primero que otro hermano, o por que es hijo del Rey y hereda la dignidad real. ¿Y cómo es que ahora queremos adoptar estos principios? La virtud y el vicio deben reconocer su autor, y así como es injusto castigar al inocente, no lo es menos premiar al que no ha servido, por los méritos de otro. Dixe que es opuesto á la Libertad, por que se priva al pueblo de exercer el acto más augusto de su soberanía, del único acto en que con plenitud dispone de sus imprescriptibles derechos, del acto libre y espontáneo de nombrar mediata o inmediatamente sus funcionarios públicos, para depositar en ellos el exercicio de su soberanía. Esta coartación de unas facultades inherentes al pueblo no está concedida ni pudo concedérsenos en la amplitud de nuestros poderes. –Por último sobreser contra la opinión del mismo pueblo que nos ha constituido, el establecimiento de semejante Senado, es muy escandaloso presentarnos ahora al mundo civilizado con un cuerpo de nobleza, de ricos cargados de privilegios para entregar a su arbitrio al Pueblo de Venezuela por todos los siglos; á un pueblo que ha derramado y derrama su sangre por derrocar el trono de los usurpadores de sus derechos y a un pueblo en fin que espera en vez de una Aristocracia, de una oligarquía, una razonable Democracia. En consequencia de todo mi opinión es que el Senado sea electivo y suprima lo vitalicio y hereditario. He dicho.”

Rastreando la trayectoria que continuó cumpliendo a partir de 1819, nos sorprendió de igual manera verlo ahora convertido en Diputado Suplente en la comisión nombrada por el Colegio Electoral de la Isla de Margarita al Congreso de Colombia, según anuncio publicado por el periódico Correo del Orinoco N° 92, correspondiente al sábado 20 de enero de 1821.
Ha escrito José Ángel Oropeza Ciliberto en la biografía citada que, efectivamente asistió a este Congreso y como hizo propuestas que no fueron aceptadas, “contrariado por el rechazo de sus ideas”, de igual manera que lo hizo cuando fue miembro del Congreso de Angostura, se retiró de sus sesiones, se radicó en Maracaibo y allí falleció. Por estas razones estuvo impedido de estampar su firma en la Ley Fundamental de la Unión de los Pueblos de Colombia y en la Constitución sancionada finalmente por el Libertador el 6 de octubre de 1821. (17)

Es también lamentable dejar registrado aquí la queja expresada por José Ángel Oropeza Ciliberto en el prólogo a la cuarta edición de La Epopeya de Margarita (1958): se desconoce la fecha exacta de su muerte. Sólo se sabe que ocurrió en 1821.
El Gral. Francisco Esteban Gómez, en sus “Observaciones que hace sobre la Historia de Margarita escrita por el doctor Francisco Javier Yanes y somete a la consideración de sus conciudadanos que quieran reunirse a revisarlas”, incorporadas como Apéndice en sucesivas ediciones a la obra de Yanes, en relación a la fecha de muerte de Gaspar Marcano precisa la referencia al mes: “Por julio murió en Maracaibo el teniente coronel Gaspar Marcano, perdió la Margarita un buen hijo y la libertad un firme apoyo.” (18)
Desconocemos el lugar exacto donde reposan sus restos.


JOSÉ DE JESÚS GUEVARA

Aún cuando sólo podemos informar que José de Jesús Guevara era margariteño, desconociéndose el lugar y las fechas de su nacimiento y muerte, Rosauro Rosa Acosta en su Diccionario Margariteño Biográfico, Geográfico e Histórico (19), proporciona una breve pero muy valiosa información de carácter biográfico que nos permite afirmar que éste prócer constituye el digno ejemplo de toda una vida rectilínea dedicada a la causa revolucionaria:
1810 marca el inicio de su carrera política al atender al llamado que hiciera la Junta de Caracas mediante su destacada incorporación al movimiento independentista que el 4 de mayo compromete la participación de la Provincia de Margarita.
Su intensa actuación es pública y notoria, al extremo de librarse contra él en 1812 una orden de aprehensión dictada por Pascual Martínez, sanguinario gobernador español, siendo encarcelado en el castillo de Pampatar. Desde allí, junto con 61 destacados dirigentes patriotas que también fueron objeto de esta medida, es remitido a las bóvedas de La Guaira. (20) La Nómina de los patriotas insulares enviados prisioneros a las bóvedas de La Guayra y Puerto Cabello por el Gobernador Pascual Martínez a partir del 24 de diciembre de 1812 es la siguiente:

1.  Coronel Juan Bautista Arismendi. 2. Teniente Vicente Arismendi. 3. Subteniente Antonio Anés. 4. Teniente Francisco Cedeño Ortega. 5. Escribano Antolín del Campo. 6. Presbítero Juan Defis. 7. Presbítero Br. Francisco Esteves. 8. Capitán José María Frontado. 9. Teniente Juan Fernando Fermín. 10. Ciudadano Manuel Fermín. 11. Sargento Francisco Fierro. 12. Coronel Rafael de Guevara. 13. Capitán Francisco Guevara. 14. Teniente Pedro Guevara. 15. Teniente Nicolás de Guevara. 16. Ciudadano José de Jesús Guevara. 17. Ciudadano Agustín Gómez.

18.   Sargento Tomás Gómez. 19. Ciudadano José Julián García. 20. Ciudadano Pedro García. 21. Guarda Mayor Antonio de Herrera. 22. Ciudadano Esteban de Herrera. 23. Teniente Coronel Simón de Irala. 24. Capitán Juan Bautista de Irala.

25.    Teniente Coronel Juan Miguel de Lárez. 26. Teniente Antonio Lárez. 27. Teniente José de Lárez. 28. Ciudadano José Lefebre. 29. Ciudadano Juan Lugo.
30.    Ciudadano Florencio Luzón. 31. Coronel Manuel Plácido Maneyro. 32. Coronel José Manuel Marcano. 33. Capitán Andrés Marcano. 34. Capitán Ayudante Blas Marcano. 35. Capitán Luis Marcano. 36. Ciudadano Marcos Marcano. 37. Sargento Juan José Marcano. 38. Presbítero José Nicolás Marcano.

39.   Presbítero Ceferino Melo. 40. Subteniente Juan Millán. 41. Subteniente José Ortega. 42. Capitán Andrés Pérez. 43. Capitán Juan Plaza. 44. Capitán Pablo Ruiz.

45.  Capitán Juan José de la Riba. 46. Ciudadano José Rafael Reyes. 47. Contador Juan Antonio de Silva. 48. Coronel Cayetano de Silva. 49. Capitán Toribio de Silva. 50. Capitán Vicente de Silva. 51. Teniente José Antonio de Silva. 52. Capitán Marcos de Silva. 53. Teniente Ramón de Silva. 54. Capitán José Antonio Silva Natera. 55. Capitán José Sanz. 56. Capitán José Vicente Totesaut. 57. Coronel Manuel Villapol. 58. Teniente Pedro Villapol. 59. Ciudadano Genaro Verde. 60. Capitán Mercante José Jacinto Varela. 61. Subteniente José Villarroel.

62. Sargento Juan Yánez.

Este joven, portador “de gran preparación y de sólidos conocimientos de jurisprudencia”, al decir de Rosauro Rosa Acosta, integró también la importante delegación que representó a la Provincia de Margarita en el Congreso de Angostura.
De su desempeño en las sesiones de este magno Congreso podemos resaltar lo siguiente:
*Al igual que los demás compatriotas diputados hace acto de presencia en la instalación del Congreso. (Acta N° 1, 15/02/1819).
*En los momentos iniciales de las actividades del Congreso es designado Secretario. (Acta N° 4, 18/02/19).
*En gesto de solidaridad con su colega Gral. Rafael de Guevara, quien manifestó no poder asistir a las sesiones por encontrarse enfermo (Acta N° 51,

16/04/19), asume su representación en la Comisión de Misiones, funciones que desempeña hasta el 26 de mayo (Acta N° 81).
*El 6 de agosto (Acta N° 135) el Vice-Presidente Zea lo designó miembro de una Comisión “para que forme y proponga un plan de arbitrios que proporcione ingresos a las cajas nacionales para sus atenciones”, tema, que luego de su estudio, culminó con la siguiente resolución: …“que durante la guerra se administre o subaste de cuenta del Estado el aguardiente ron; que reasuma la venta del tabaco quedando libre su siembra, cultivo y extracción; e igualmente la venta de la sal por mayor y menor, todo bajo los respectivos reglamentos que serán del cuidado del Gobierno su formación, conciliando las circunstancias, urgencias y bien público.” (Acta N° 151, 25/08/19). En esta misma sesión solicitó y se le concedió licencia por tres meses para trasladarse a la isla de Margarita.

*En la sesión del 26 de agosto (Acta N° 152), Onofre Basalo, diputado por la Provincia de Caracas, expuso “que por el desorden que se nota pedía se establezca una ley penal para los que abrieran las cartas o pliegos de la correspondencia del Gobierno o la particular” y el Presidente hizo el nombramiento correspondiente en el mismo señor Basalo, Juan Martínez (Provincia de Cumaná) y José de Jesús Guevara.
*En la sesión del 20 de octubre (Acta N° 190) se consigna la siguiente noticia: “Los señores Guevaras (se refiere a José de Jesús Guevara y al Gral. Rafael de Guevara), que marchan para Margarita, se despidieron del Congreso pidiendo sus órdenes, y el señor Presidente les manifestó lo sensible que le era al Congreso su separación, y les deseaba un feliz viaje y pronto regreso.”
*Desde Margarita dirigió oficio “en que hace varias observaciones sobre los perjuicios que trae a aquella Isla la circulación de la moneda provincial establecida allí” y, de inmediato, se nombró la Comisión respectiva para estudiar el asunto.” (Acta Sesión 112, 15/02/1821). El tema despertó un inusitado interés por cuanto reveló una grave problemática en lo referente al generalizado uso, acuñación y falsificación de monedas y la necesidad de actuar de inmediato para detenerla: “Congregados los señores de la Diputación Permanente, Martínez, Cádiz, Afanador, España y Peraza, se dio cuenta de una comunicación de su Excelencia el Vicepresidente de Venezuela del día 22 del corriente, en que expone que todas las autoridades de la isla de Margarita han hecho interesantes y encarecidos reclamos para que se amortice la falsa moneda macuquina que circula en aquella isla, y después de manifestar con varias reflexiones los incalculables males que por ella se experimentan, lo que no reduciéndose sólo a aquella provincia extienden sus perniciosas influencias en todo el departamento, a consecuencia de la libertad en que se hallan las Costas de Cumaná y Barcelona; y lo gravoso y difícil que sería la extinción de dicha moneda si se consiente por más tiempo su circulación, propone en consulta un proyecto que le parece de la más pronta eficacia para remediar dichos males.” (Acta Sesión 120, 27/03/1821). Situación que se dio por concluida en la Sesión 126, del 27/04/1821, mediante elogiosas expresiones de reconocimiento al Diputado Guevara: “La Comisión nombrada en sesión de quince de febrero último manifestó verbalmente en este acto su opinión sobre el contenido de la representación del honorable señor José Jesús Guevara, de que se dio cuenta en la sesión citada, y conformándose Su Excelencia la Diputación con el parecer de la Comisión, acordó se conteste al referido señor Guevara haberse recibido su representación de trece de octubre último en que hace referencia de los males que causa en aquella Isla la circulación de la moneda falsa fabricada e introducida allí; y que habiéndose ya acordado con el Gobierno los medios adecuados para remediarlos, se le dan las gracias por el patriotismo y energía con que lo ha representado, y que ha manifestado siempre su conducta.”

GENERAL RAFAEL DE GUEVARA

(Porlamar, Estado Nueva Esparta, 1771 – Carúpano, Estado Sucre, 25 de mayo 1847).
El general Guevara completa la trilogía de los margariteños que integran la delegación que asiste en representación de la Provincia de Margarita al Congreso de Angostura.
Una rápida evaluación de su trayectoria militar y política hasta 1819 lo ubica como un soldado que ingresó a la temprana edad de 26 años a la Compañía de Infantería de Milicias de Blancos de Margarita que a partir de entonces escaló posiciones relevantes en la carrera militar y como un destacado servidor público al desempeñarse como Alcalde de Primera Elección en el Ayuntamiento de Margarita en 1798 y Síndico Procurador General en 1802.
La vorágine de la revolución lo envolvió y desde 1810 reorienta su actividad pública: el 4 de mayo el pueblo rebelde lo aclama como Comandante General de las Armas, sufre los rigores de la represión y el encierro en el castillo de Pampatar y La Guaira (20).
Por considerarlo de interés, copiamos una excelente y sintética descripción de estos tétricos calabozos: “LAS BÓVEDAS DE LA GUAIRA. Desde 1680 en que Don Claudio Rugero presentó los planos y dirigió la construcción de esa fortaleza, hasta 1882 en que fue demolida en parte y terraplenada, eran encerrados en sus calabozos numerosos reos, especialmente por causas políticas. Las bóvedas de La Guaira estaban constituidas por dos vastas y elevadas salas de 60 varas de largo la primera y 45 la segunda, que miraban entreambas a un estrecho patio en el que se mantenía a los presos de las 7 de la mañana a las 5 de la tarde más o menos. La cloaca se comunicaba con el mar y penetraban por ella las olas en las fuertes marejadas. Por sobre esas salas, la plataforma y los cañones que la defendían; mientras que el muro que limitaba el patio daba al Cuartel de San Fernando, por donde entraba el detenido, bajaba una rampa y llegaba al portón de la fortaleza donde un buzón le daba entrada. Las bóvedas de La Guaira se parecían a la Penitenciaría de Puerto Cabello. Corrían sobre la antigua prisión una calle y el ferrocarril de La Guaira a Macuto, correspondiendo uno de sus extremos al punto donde estaban los talleres y depósitos del Ferrocarril de Caracas a La Guaira. Ni qué decir de estos antros de reclusión y mucho menos hablar de cuántos dramas presenciaron los temidos calabozos.” (21)

Es válido también transcribir el conmovedor testimonio de Juan Vicente González, escrito en una de estas oscuras mazmorras: “CUADRO DANTESCO SOBRE VENEZUELA. El año de 1861 Juan Vicente González adversaba la causa política del mandatario de turno, por lo que éste para acallar sus ideas lo reduce a prisión en las Bóvedas de La Guaira. Hasta su calabozo llegaba el ruido de las olas que golpeaban las escolleras del vetusto edificio carcelario, atisbando por una de las claraboyas de su celda el cielo caliginoso, ayuno del fulgor de las estrellas y de la pálida luz de la luna. Desde ese sitio, hastiado por el lento discurrir del tiempo y ensombrecida su mente por los malos recuerdos, traza un cuadro dantesco sobre Venezuela: 'Eso que ves, polvo de hombres, tumba lleva de podredumbre y huesos, fue una nación en otro tiempo. Vedla. Ninguna aspiración noble, ninguna creencia, ningún pensamiento común, ningún amor. Todo ha muerto en ella; todo lo ha perdido, hasta el instinto de la conservación. A tal abismo llegan los pueblos en que se ha extinguido la vida del espíritu; en que el sacrificio es odioso y los apetitos mandan y se han olvidado el deber y la justicia. La abyección de las naciones es el poder de los tiranos'.” (22)

Su nombre aparece en la “Nómina de los patriotas insulares enviados prisioneros a las bóvedas de la La Guayra y Puerto Cabello por el Gobernador Pascual Martínez a partir del 24 de diciembre de 1812.” (23)
Siendo portador de tan excelentes credenciales resulta favorecido en su elección como diputado al magno Congreso de Angostura.
Ignoramos las causas que pudieron influir, pero, de acuerdo al contenido del Acta N° 30, el general Guevara hace acto de presencia el 20 de marzo, con un poco más de un mes de retraso: “Se presentó el honorable señor general Guevara, y habiéndosele tomado por el señor Presidente el correspondiente juramento, se le dio incorporación como diputado de la isla de Margarita, supuesto que resultando también de la provincia de Cumaná, debe según el reglamento convocatorio ser de aquella Isla porque es la más lejana.”

A partir de esta fecha se incorpora a las sesiones diarias hasta el 2 de abril, según acta N° 43. Las actas subsiguientes comienzan a registrar su inasistencia hasta el 16 de abril, Acta N° 51, en que se anuncia su mal estado de salud: …“se leyó la solicitud que en enero de este año hizo acerca de las Misiones el extranjero Santacruz, la cual, con el proyecto que también se leyó y exhibió el señor Peñalver, sobre mejorar el estado de aquellas, el Soberano Congreso acordó pasase a la Comisión que entendía en este negocio, y que por la enfermedad del señor general Guevara, uno de los miembros que la componen, quedaba nombrado el señor José Jesús Guevara.” Por esta razón deja de asistir a las sesiones ordinarias hasta el 25 de mayo, Acta N° 80.

El general Guevara se reincorpora el 26 de mayo, Acta N° 81, y se convierte en asiduo asistente hasta el 20 de octubre, fecha en la cual, junto con el diputado José Jesús Guevara, se traslada a la Isla de Margarita, Acta N° 190, para no retornar de nuevo a Angostura.
El último registro de las actividades realizadas por el general Guevara corresponde a una decisión tomada por la Diputación Permanente del Congreso de Angostura, correspondiente al 3 de agosto de 1820 en su sesión N° 67: su designación como Gobernador Político e Intendente de la Provincia de Margarita.

En su accidentado ejercicio legislativo el general Rafael de Guevara, según consta en el cuerpo de actas, estampa su firma aprobatoria de la Constitución Política de Venezuela.


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

(1)  Grases, Pedro (Comp.): Actas del Congreso de Angostura (15 de febrero de 1819 – 31 de julio de 1821). (Colección Claves Políticas de América, N° 7). Caracas, Fundación Biblioteca Ayacucho y Banco Central de Venezuela, 2011.
(2)  En la citada obra de Pedro Grases las actas en referencia están identificadas con la numeración siguiente: 18, 31, 33, 34, 35, 36 y 37.
(3)       “Reglamento Provisional para el establecimiento de dos Cortes de Almirantazgo en Venezuela.” Méndez Sereno, Herminia: El Almirantazgo Republicano 1819-1822. (Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008, pp. 105-107.
(4)  Ibidem., p. 16.

(5)    Gómez León, Iván (Estudio Introductorio y Recopilación): Santa Ana del

Norte: Cuna auténtica de la Tercera República de Venezuela. Recopilación de textos. Porlamar, Verbo Publicaciones e Impresos, 2006, p. 105.
(6)  Idem.

(7)  Ibidem., pp. 119-120.

(8)   Rosa Acosta, Rosauro: Diccionario Margariteño Biográfico, Geográfico e Histórico. (Colección Contemporánea “Gustavo Pereira”, N° 1). Isla de Margarita, Fondo Editorial del Estado Nueva Esparta, 1996, pp. 276-277.
(9)     González Varela, José Silverio: Patriotas de Margarita. La Asunción, Ediciones del Ejecutivo Regional, 1983, p. 19.
(10)    Tavera Acosta, B.: Historia de Carúpano. (Colección Vigilia, N° 19). Caracas, Ministerio de Educación, Dirección General, Departamento de Publicaciones, 1969, pp. 121-129. A pesar de estas aclaratorias, sustentadas en fuentes documentales de primera mano, nuestros historiadores contemporáneos no han introducido la necesaria corrección: Héctor Bencomo Barrios continúa afirmando: “Asistió a la asamblea que, en el islote de Chacachacare, presidió el coronel Santiago Mariño el 12 de enero de 1813, y cuyo propósito fue la decisión para la ejecución de la expedición sobre las costas orientales de Venezuela. Actuó en las operaciones militares con las cuales fueron liberadas las provincias de Cumaná y Barcelona.” Bencomo Barrios, Héctor: “Marcano, Gaspar.” Fundación Polar: Diccionario de Historia de Venezuela. Vol. 3. Caracas, Fundación Polar, 1997, p. 47.

(11)   Verna, Paul: Bolívar y los emigrados patriotas en el Caribe. (Trinidad, Curazao, San Thomas, Jamaica, Haití). Caracas, Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), 1983, pp. 35-36.
(12)    Yanes, Francisco Javier: Historia de Margarita. (Colección Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Fundación editorial el perro y la rana, 2008, p. 28.
(13)   Citado por José Ángel Oropeza Ciliberto en la breve reseña biográfica de Gaspar Marcano, incluida en la edición de 1981 de La Epopeya de Margarita, p.

3.      Héctor Bencomo Barrios al referirse a este suceso califica de “altercado” el serio conflicto que escenificaron Bolívar y Bermúdez. En nuestro criterio es una expresión incorrecta e impropia. Bencomo Barrios, Héctor: “Marcano, Gaspar.” Fundación Polar: Diccionario de Historia de Venezuela. Vol. 3. Caracas, Fundación Polar, 1997, p. 47.
(14)   Gómez, Francisco Esteban: “Observaciones que Francisco Esteban Gómez hace sobre la Historia de Margarita escrita por el doctor Francisco Javier Yanes y somete a la consideración de los ciudadanos que quieran reunirse a revisarlas.” Yanes, Francisco Javier: Historia de Margarita. (Colección Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Fundación editorial el perro y la rana, 2008, p. 164.

(15)    Tavera Acosta, B.: Ob. Cit., p. 165 y p. 166.

(16)   Salcedo Bastardo, José Luis: “El Congreso de Cariaco (8 y 9 de mayo de 1817).” Diccionario Multimedia de Historia de Venezuela. Caracas, Fundación Polar, 1988.

(17)   Citado por José Ángel Oropeza Ciliberto: Ob.Cit., pp. 4-5.

(18)   Gómez, Francisco Esteban: Ob. Cit., p. 172.

(19)   Rosa Acosta, Rosauro: Ob.Cit., pp. 207-208.

(20)   Rosa Acosta, Rosauro: Los Hombres del 4 de Mayo. Porlamar, Verbo Publicaciones e Impresos, 2008, pp. 27-28.

(21)   Martínez, Miguel A.: Esa otra historia. (Estudios, Monografías y Ensayos, N° 151). Caracas, Academia Nacional de la Historia, 1992, pp. 47-48.

(22)   Citado de Carreño, Eduardo: Vida anecdótica de venezolanos. Martínez, Miguel A.: Ibidem., p. 157.
(23)   Rosa Acosta, Rosauro: Ob. Cit., pp. 27-28.





SEGUNDA PARTE






LA CORTE DE ALMIRANTAZGO DE LA PROVINCIA DE MARGARITA


EL ALMIRANTAZGO REPUBLICANO DE LA PROVINCIA DE MARGARITA (1819-1822)

*La Corte de Almirantazgo es una institución poco conocida a escala regional y nacional.
*Fue creada por el Congreso de Angostura el 26 de marzo de 1819, establecida en la Villa del Norte y en el puerto de Juangriego de la Isla de Margarita el 6 de julio del mismo año y prolongó sus actividades hasta el año 1822 en que fue trasladada al puerto de La Guaira. En 2019 también cumplirá su año bicentenario.

*A esta noble institución, a pesar de haber desarrollado sus actividades en tan breve lapso, se le reconoce que contribuyó a echar las bases de la defensa de nuestra soberanía marítima, brindó un sustancial aporte a la conformación inicial de nuestras fuerzas navales y dio importante respaldo a la lucha por nuestra independencia del dominio colonial español.
*Su Presidente durante los cuatro años de funcionamiento de la institución (1819-1822) fue el jurista, historiador y patriota cubano-venezolano Francisco Javier Yanes, reconocido como “Fundador de la Nación Venezolana”.
*Proponemos que el Ministerio del Poder Popular para la Defensa y las Alcaldías Bolivarianas de los Municipios Gómez y Marcano se propongan articular esfuerzos para celebrar tan magna fecha en el contexto de la programación especial que exaltará el también bicentenario Congreso de Angostura.

ANTECEDENTES

En un principio, durante los años 1817 y 1818, funcionó en la Villa del Norte, Isla de Margarita, un Vicealmirantazgo para considerar el procesamiento de embarcaciones y dictar sentencia. Era este un tribunal eventual que se activaba cuando se presentaban los casos y, al finalizar su gestión, cesaba en sus funciones al igual que sus jueces.
En estos años fueron designados Presidente: General Juan Bautista Arismendi. Vocales: Francisco Esteban Gómez (Gobernador), Intendente Nicolás Guevara, Antonio Morales Brito y el Doctor Manuel Palacio. Vocal-Secretario: José de Jesús Guevara. Auditor: Licenciado Gaspar Marcano. Secretario: Coronel Luis Francisco Rieus y Fiscal: Domingo Alzuru. (1)

Francisco Javier Yanes agrega a esta información que en 1817 correspondió al Libertador Simón Bolívar tomar medidas al respecto y para ponerlas en ejecución designó el 6 de enero, desde su Cuartel General de Barcelona, al Almirante Luis Brión, quien procedió a instalar la Corte en el puerto de Pampatar. De la lectura de las Observaciones… escritas por el Gral. Francisco Esteban Gómez puede inferirse que, efectivamente, fue esta una medida de emergencia y que, como tal, funcionó de manera ocasional y puntual. Dice Yanes: “El general Bolívar se ocupó en los días siguientes (1817) en la reorganización del ejército, en la formación de un cuerpo de marina que se opusiese a la enemiga, guarneciese las costas, las purgase de corsarios, protegiese el comercio; obrase de acuerdo con los ejércitos de tierra. Expidió una ordenanza para el arreglo del corso, y declaró en estado de bloqueo los puntos de la costa que ocupaban los españoles, cuya resolución se comunicó en debida forma a los gobernadores de las Antillas”

(1)  y encargó de estas delicadas tareas al Almirante Luis Brión. Francisco Esteban Gómez abunda sobre el tema de esta manera: “El almirante Brión luego que llegaron los buques de Los Cayos al cargo de Mr. Villeret, que dice la historia arribaron a la isla el 31 de enero, estableció su corte de almirantazgo en el puerto de Pampatar y mandó a cruzar todos los buques que hicieron varias presas y algunas muy interesadas, cuyos efectos se remataban en el mismo puerto, lo mismo que los buques que no servían para armar en corso. Pocos días después se presentó en Pampatar un corsario mandado por Mr. Pitre, el que convencido de haber cometido varios actos de piratería, fue condenado por el almirante a pena de horca que sufrió en Pampatar; como cómplices en estos actos de piratería fueron presos tres hijos de la provincia de Cartagena con el capitán de Los Cayos San Pines los que fueron detenidos por largo tiempo en arresto y después puestos en libertad.” (2)

ORÍGENES

El 26 de marzo de 1819 el Congreso de Angostura –en el decidido propósito de proteger las costas venezolanas de las embarcaciones enemigas y combatir el contrabando y la piratería-- procedió a crear solemnemente la Corte de Almirantazgo de la Isla de Margarita y designó su Presidente al Licenciado Francisco Javier Yanes, con lo cual se otorgó a esta instancia, en comparación con la anterior, un mayor poder en su actuación y en su responsabilidad institucional. “La Corte de Almirantazgo -explica Herminia Méndez Sereno- es un tribunal con facultad para conocer y pronunciarse sobre todo tipo de juicios de presas y piratería, formalmente establecido por la autoridad soberana de la Nación, ante la cual sus jueces deben responder con su honor y su vida.” (2)
La primera noticia que localizamos referente a esta novísima institución, creada por la revolución como instrumento para defender y ejercer nuestra soberanía marítima por el gobierno de la República en gestación, nos la proporciona el mismo Yanes en su Historia de Margarita, cuando informa: “El 26 de marzo (1819) decretó el Congreso de Venezuela la creación de dos cortes de almirantazgo, una en Angostura, y otra en Margarita, estableciéndose ésta el día 6 de julio en el puerto de Juan Griego, que desde luego acordó providencias para el arreglo del corso de modo que se hostilizase al enemigo sin ofender el derecho de los neutrales, y se observase en todo el derecho de las gentes y de la guerra.” (3) Es pertinente aclarar que la Corte prevista para Angostura no se instaló, por cuanto el Almirante Luis Brión consideró …“que ocasionaría enormes gastos en el pago de personal, por la dificultades para remontar el río Orinoco durante gran parte del año y porque en esa ciudad tiene su sede la Corte Suprema de Justicia, que conoce en apelación las causas del Almirantazgo.”… (4)

Como se ha dicho, el 6 de julio de ese mismo año la institución procedió a constituirse, estableciendo como sede marítima el puerto de Juangriego y como sede urbana la Villa de Santa Ana del Norte, debido a la cercanía y expedita comunicación entre ambos puntos de referencia.

REGLAMENTACIÓN
               La  Corte  de Almirantazgo  inició  su  funcionamiento  regida  por  el Reglamento Provisional para el establecimiento de dos cortes de Almirantazgo en Venezuela, aprobado en el Palacio del Congreso Nacional en Angostura el 26 de marzo de 1819, bajo la Presidencia de Juan Germán Roscio. En este instrumento jurídico se establece su estructura organizativa, los miembros que la integran, los procedimientos a cumplir, entre otros, los cuales le otorgan la exclusividad del tratamiento de todos los temas referidos al ejercicio pleno de nuestra soberanía marítima. Así lo establece el artículo 5°: “Conocerá exclusivamente en primera instancia en todo lo relativo a presas, bien sean hechas por corsarios particulares, o por buques de guerra del estado y de toda especie de piratería.” (5)
Posteriormente, como resultado de la revisión crítica de la legislación hispánica heredada y de la necesidad de adaptarla a nuestras circunstancias, Yanes elaboró, entre otros, los siguientes reglamentos: “Instrucción para el juez que debe formar los procesos de presas”, “Exigencias para desempeñar el oficio de guarda-presa” y la “Ordenanza que prescribe las reglas con que se ha de hacer el corso contra los enemigos de la República de Venezuela y como se han de deportar los corsarios con las embarcaciones neutrales y amigas”. A los fines de garantizar que todos los involucrados en estos procesos adquirieran la información fidedigna de los procedimientos y sanciones a que se exponían en caso de violación, algunas de estas normas deberían ser leídas ante el personal de marinería. En otros casos, se hacía constar en los documentos que debían ser debidamente firmados por las autoridades y los responsables. Podemos ilustrar con la Patente de Corso otorgada el 8 de agosto de 1819 por el Libertador Simón Bolívar “al ciudadano Azor Orne Dueño, propietario de la goleta nombrada Brión del porte de ciento ochenta toneladas, armada con diez cañones y demás armas y municiones necesarias”. En uno de sus párrafos leemos lo siguiente: “Ordeno y mando, bajo las más severas penas (hasta la de muerte según la gravedad del caso, que decidirá un Consejo de Guerra) al enunciado Capitán Azor Orne, que no moleste de manera alguna los buques neutrales, amigos y aliados; extendiéndose estas mis expresas órdenes aún a los buques neutrales que entren o salgan de un puerto o puertos no bloqueado por nuestras Fuerzas Navales; pues si lo estuvieren, los tales buques serán conducidos para ser juzgados a uno de nuestros puertos sin que su tripulación sea insultada ni molestada. Prevengo y encargo al dicho Capitán Ciudadano Azor Orne sostenga el honor y decoro del Pabellón Venezolano y mantenga una severa y estricta disciplina a su bordo, haciéndolo responsable ante las leyes de cualquier desacato que cometa su tripulación.” (6).


MARGARITA, LA CORTE Y SUS MIEMBROS

En la misma sesión del 26 de marzo de 1819 el Congreso de Angostura, además de designar al Licenciado Francisco Javier Yanes como Presidente de la Corte de Almirantazgo de la Isla de Margarita, eligió para Ministros a los ciudadanos intendentes Nicolás Guevara (7) y Julián Méndez (8) y para Fiscal al doctor Andrés Narvarte. (9) A manera de prever alguna circunstancia que pudiera entorpecer su puesta en funcionamiento a la brevedad posible, el Congreso facultó a Yanes “para que en caso que dichos ministros no puedan ejercer sus funciones o tengan algún impedimento legal, pueda nombrar otras personas que tengan las calidades necesarias.”

El 6 de julio se procedió al acto de instalación en el puerto de Juangriego y en la Villa de Santa Ana del Norte.
Diversas razones influyeron para tomar tan trascendental decisión: En primer lugar, debido a su estratégica ubicación geográfica al nor-oriente de Venezuela hacía propicio las relaciones con las Antillas. Además, pueden anotarse: el férreo y consecuente control político y militar ejercido por los patriotas, bajo el liderazgo de Juan Bautista Arismendi y de Francisco Esteban Gómez, entre los más destacados, permitió que en la Isla se armaran los corsarios para hostilizar al enemigo en cualquier dirección y circunstancia. En consecuencia, la Isla sirvió de almacén y arsenal de los productos del corso, se convirtió en excelente base para la marina nacional que desde cualquiera de sus puertos facilitaba las expediciones a las costas y garantizaría a la Causa independentista un significativo apoyo en recursos bajo la inteligente y responsable gestión de su Presidente Francisco Javier Yanes… Y así se cumplió.

DOS EJEMPLOS DE LA RUTINA

DE LA CORTE DE ALMIRANTAZGO

A manera de ilustrar al lector acerca de las significativas funciones que cumplía con frecuencia la Corte de Almirantazgo en su propósito de proteger las costas venezolanas de piratas y corsarios, nos permitimos transcribir dos sentencias publicadas en el periódico Correo del Orinoco N° 105 del 26 de mayo de 1821:

SENTENCIA DE LA CORTE DE ALMIRANTAZGO

DE MARGARITA”

                  Sala de la Corte de Almirantazgo en la Villa del Norte el 5 de abril de 1821. Año 11° de la Independencia.
Los S.S. Presidente y Ministros de la Corte de Almirantazgo, establecida en esta Isla de Margarita por autoridad del Soberano Congreso, habiendo visto el proceso formado a consecuencia de la conducción al puerto de una Balandra que se dice nombrada la Misma por el buque de guerra de la República la Favorita, con lo representado por el Sr. Fiscal, de cuya actuación resulta: Que la expresada balandra salió de la Guaira con destino a Cumaná y que habiendo sido apresada sobre el Cabo Codera por un Corsario nombrado el Catón que se dice patentado por el Gefe de la Banda Oriental del Río de la Plata José Artigas, fue destinada a esta Isla y hallándose en la necesidad de hacer agua arribó a Barcelona de donde la condujo a este puerto la Favorita. Que dicha balandra estaba tripulada con seis hombres de Capitán a paje, y su cargamento consistía en catorce ó quince barriles, dos barricas de ron, un poco de sebo en rama embarrilado, azúcar en pilones, algunos sacos de cebollas y ajos, vestuarios, zapatos y botines. Que también venían en ella algunos pasajeros y oficiales Españoles, algunos de los cuales con sus asistentes, igualmente que de parte de la tripulación fueron desembarcados en la Orchila, quedando otros a bordo de la misma balandra que fueron desembarcados en Barcelona, a excepción de Antonio Jus que ha sido conducido a esta Isla, habiendo tomado el corsario más de los dos tercios del cargamento. Que aunque no se han exhibido ni encontrado a bordo de la anunciada balandra papeles de navegación ni otros que acreditan la naturaleza y pertenencia del cargamento, resulta no obstante de la deposición de los testigos examinados ser propiedad de individuos sujetos al gobierno español. Que tampoco se ha presentado a la comisión de presa copia auténtica de la patente del corsario ni otros documentos de esta especie, si no una orden del capitán de dicho corsario Alexandro Haile, a Monsieur Le Duc, capitán de presa, en que le dice que hallándose precisado a dar la vela para cazar un buque que tenía a la vista, le esperase en aquel fondeadero por dos días, y que si pasados estos no hubiese aparecido, deberá dirigirse a Margarita o a la Blanquilla, que serían los puntos de su reunión. Y esta falta al mismo tiempo que impide formar el debido concepto sobre la legitimidad ó ilegitimidad del corsario apresador por hacer el Corso, es un grande obstáculo para la resolución definitiva que corresponde a la naturaleza de este asunto. En cuya virtud, y en atención a que el corsario ha de venir a esta Isla, según se indica en aquel documento, a fin de evitar las averías, perjuicios y deterioro que necesariamente deberían seguirse por la dilación, acordaron: Que se proceda al remate y venta de los efectos y casco de la referida balandra la Misma en pública almoneda, conforme al reglamento de la materia, depositándose su producción en las Cajas del Almirantazgo, hasta que éste Tribunal haya obtenido más amplias informaciones sobre el asunto, satisfaciéndose las costas de conservación y descarga, con las costas procesales.

El Presidente de la Corte, Francisco Javier Yanes.

Andrés Galindo.

Es copia.

Vicente Burós, Secretario.”


ANUNCIO OFICIAL

En la Corte de Almirantazgo de la Isla de Margarita se han seguido autos criminales contra Antonio Alegre Capitán de la Goleta Alligator, su contramaestre Antonio Lanán, y los demás individuos de su tripulación de los cuales solo se hallaban presentes y en prisión el primero y los Marineros Francisco González y Martín Arenas, por varios actos de Piratería; y se sentenciaron por el mismo Tribunal en 9 de noviembre del año de mil ochocientos veinte; declarando que el citado Alegre, sus Oficiales y Tripulación son unos verdaderos Piratas perturbadores de la libertad y seguridad de los mares y enemigos de la sociedad, condenando, en consecuencia, al Capitán Alegre a la pena de último suplicio prescrita por las leyes, particularmente por el artículo veinte y dos del reglamento de Corso de cuatro de Marzo de 1817, al contramaestre Antonio Lanán a diez años de presidio conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la ordenanza de Corso, y a los Marineros González y Arenas a cinco años de detención en las obras públicas en el lugar que a todos señalase el poder ejecutivo, quedando confiscados los bienes que se conociesen pertenecer a los reos y suspendiéndose la ejecución de la sentencia hasta la aprobación de la Suprema Corte de Justicia y por lo que tocaba al producto del cargamento de la goleta Alligator montante a la cantidad de 5.109 pesos 3 reales fuertes, deducidos los costos de descarga y venta, como también de los 75 pesos que en varias especies de moneda exhibió por orden de aquel Tribunal, el Capitán del corsario apresador Francisco Querell, cuyas cantidades estaban depositadas en las cajas de Almirantazgo, se decretó que deducidas las Costas procesales se sacase la 3°. parte de la suma líquida que resultase y adjudicada desde luego por vía de gratificación al corsario la Criolla, apresador de los Piratas, permaneciesen las otras dos partes restantes en el depósito para devolverlas a los que la reclamasen dentro de un año y un día y justificasen en debida forma pertenecerles legítimamente, según lo dispuesto en el artículo 28 de la ordenanza de Corso, y que se comunicase esta determinación al Sr. Carlos Todd, agente de los Estados Unidos del Norte por lo tocante al comercio y marineros, mediante haber gestionado en este asunto a nombre de los que se consideraban interesados en él, a fin de que llegase a noticia de estos.

Cuando ya se conocía en el Supremo Poder Judicial de los referidos autos criminales se recibió aviso del Presidente de la Corte de Almirantazgo de la Isla de Margarita de haberse fugado los reos González, Alegre y Arenas, y con este motivo en decreto proveído por el S.E. el 26 de Abril último se les manda citar por edictos en la forma ordinaria insertándose esta noticia en la Gazeta para que llegue a la de los referidos reos a fin de que se presenten a estar a derecho.

En la misma Corte de Almirantazgo de la Isla de Margarita se han seguido autos criminales contra Francisco Querell por levantado y Pirata mientras obtuvo el destino de segundo capitán del corsario la Perla Oriental, y se sentenciaron el 30 de octubre de 1820 declarando que Francisco Querell es un levantado en el concepto que expresa el artículo 28, de la ordenanza de Corso y ladrón de los mares según la Ley 18 título catorce partida 7°, y en su consecuencia se le condenó a la pena extraordinaria de esta ley de diez años de presidio en el lugar que designase el Poder Ejecutivo, quedando confiscados los bienes que se conozcan de su propiedad y señaladamente las partes de presa que le corresponden del corsario la Criolla.
Y habiéndose remitido los autos al Supremo Poder Judicial en virtud de apelación interpuesta por el Sr. Querell se recibió después aviso de su fuga, por cuya razón S.E. en decreto de 26 de Abril último ha dispuesto se le cite por edictos en la forma ordinaria para que se presente a mejorar el recurso y oir la resolución que recayere.
MANUEL QUINTERO, Secretario. (9)




FRANCISCO JAVIER YANES:

PRINCIPAL ARTÍFICE DE LA CORTE
DE ALMIRANTAZGO

Cuando el 26 de marzo de 1819 el Congreso de Angostura designa al Licenciado Francisco Javier Yanes Presidente de la Corte de Almirantazgo con sede en la Villa de Santa Ana del Norte y el puerto de Juangriego, Provincia de Margarita, no es más que un merecido reconocimiento a su trayectoria profesional y política al servicio de la causa independentista venezolana y a la confianza en que desempeñaría las funciones encomendadas de manera íntegra, ética y cabal. Y así fue.

A la fecha, Yanes había acumulado en escasos nueve años (había iniciado en firme su carrera patriótica al calor de los sucesos ocurridos en Caracas en el mes de abril de 1810) suficientes méritos que lo convertían en el candidato idóneo para el desempeño de tan delicadas funciones toda vez que debería, sobre la marcha y de manera simultánea, estudiar críticamente la legislación colonial sobre la materia y adaptarla a los tiempos republicanos; enfrentar con firmeza el complejo y aborrecible mundo de la piratería, del contrabando, de los delitos e insubordinaciones; la defensa de los puertos y costas venezolanas; el rechazo a los ataques de los corsarios extranjeros; procesos judiciales de presas, armadores, corsarios, tripulaciones y buques; aplicar sanciones de diferente índole, siempre resguardando los intereses del proyecto revolucionario en gestación.

Una selección de las acciones en las cuales había tomado parte hasta entonces servirá de sustento a nuestras explicaciones:
*Inicia su carrera pública y política con el movimiento del 19 de abril de 1810. 
*Asiste al Congreso Constituyente de Venezuela como Diputado por Araure y el 31 de julio de 1811 es electo Presidente del Congreso. En ejercicio de sus funciones legislativas, junto con Francisco Javier Ustáriz y Juan Germán Roscio elabora la Constitución Federal. Firma el 5 de julio la Declaración de Independencia y el 21 de diciembre la primera Constitución de Venezuela.
*Participa activamente en nuestra guerra de independencia y combate el 12 de octubre de 1816 en la acción de El Yagual.
*Se cuenta entre los fundadores del periódico Correo del Orinoco, cuyo primer número entra en circulación en Angostura el 27 de junio de 1818.
*El 24 de febrero de 1819 el Congreso de Angostura lo nombra Ministro de la Alta Corte de Justicia.
Con esta vasta experiencia asumió las delicadas funciones de Presidente de la Corte de Almirantazgo de la Provincia de Margarita.
En relación a su desempeño, la Licenciada Herminia Méndez Sereno en su obra El Almirantazgo Republicano 1819-1821, expresa de manera categórica:

1.“Francisco Javier Yanes, presidente de la Corte de Almirantazgo, instituye las bases jurídicas del Derecho Marítimo venezolano en función del comercio, el corso, las presas y los crímenes del mar. Para ello elabora el estudio Nociones de Derecho Marítimo, aún inédito.” (10)
2.Además: “Organiza jurídicamente tanto al Almirantazgo como el corso, fundamentándolos sobre el Derecho de Gentes y las Ordenanzas de Corso españolas vigentes para la época. Asimismo, en 1819 elabora unas Ordenanzas de Corso en la que anuncia que la nación tomará medidas severas contra el contrabando y resguardará sus costas del enemigo español. El Derecho Marítimo y, en particular, el Derecho de Represalia que aplica el tribunal, garantiza al país el comercio marítimo y la navegación contra los vasallos del rey Fernando VII. Cuando el Estado ve amenazada su seguridad apela al Derecho Natural para enfrentar al enemigo en el mar; para apoderarse de sus buques armados sirviéndose de los corsarios, a quienes otorga una patente para armarse en corso y defender las costas venezolanas. El corso, pues, está autorizado por el Derecho de Guerra para restablecer la paz o hacer justicia, amén de garantizar la seguridad del Estado y la soberanía.” (11)

3.Para concluir de la siguiente manera: “Debemos resaltar que el jurista Francisco Javier Yanes, presidente de la Corte, fue el motor de la institución, como tal, uno de los principales protagonistas de esta historia: organiza el cuerpo de leyes que reglamenta el tribunal, adapta las Ordenanzas de Corso vigentes para la época y, en general, da cuerpo y pone en acción al corso republicano.” (12)

Yanes es, indiscutiblemente, el modelo del patriota que se entregó en cuerpo y alma a servir a nuestro país y a la causa revolucionaria. Amó a la Isla de Margarita como el que más, luchó por su progreso, reclamó justicia para nuestro pueblo, legándonos un hermoso ejemplo digno de imitar. Yanes merece ser reconocido como el Primer Protector de la soberanía marítima del territorio insular venezolano.

TRASLADOS A BARCELONA, CARÚPANO Y LA GUAIRA

Informa Herminia Méndez Sereno: “En varias oportunidades, a causa de la guerra y de los continuos ataques españoles a la isla de Margarita, se propone trasladarla a otros lugares, estratégicamente más seguros. En 1820, el general Lino de Clemente solicita al Presidente de la Corte de Almirantazgo, licenciado Francisco Javier Yanes, mudarla a la ciudad de Barcelona.” (13)
El 12 de junio de 1821, mediante decreto firmado en Capaya, el Vice-Presidente Carlos Soublette ordenó, entre otros asuntos: “La Corte de Almirantazgo con todos sus empleados y archivos se trasladará inmediatamente al puerto de Carúpano y ejercerá allí sus funciones hasta otra determinación.” (14) Muy breve fue la vigencia de este decreto, por cuanto a los trece días –el 25 de junio—optó por derogarlo y, en consecuencia, reconsideró la situación: “La Corte de Almirantazgo permanecerá en Juangriego.” (15)

El 1° de septiembre del mismo año el tema del traslado de la Corte de Almirantazgo a Tierra Firme fue considerado de nuevo por el Vice-Presidente Soublette, decretando definitivamente lo siguiente: “Estando instruido por comunicación del Señor Francisco Javier Yanes, Presidente de la Corte de Almirantazgo de haberse trasladado al puerto de La Guaira este tribunal que había residido en la isla de Margarita por disposición superior durante la ocupación de este territorio por las armas enemigas, he venido en acordar y decretar: 1° La Corte de Almirantazgo se establecerá y fijará en el expresado puerto de La Guaira y procederá a la mayor brevedad al despacho de los asuntos de su privativo conocimiento. 2° El intendente de esta provincia sobreseerá por su parte en el de los expedientes de presas hechas en aquel mismo puerto para cuya substanciación se le había comisionado, y los trasladará para su progreso a dicha Corte. 3° Se comunicarán las órdenes correspondientes con inserción de este decreto al expresado Señor Presidente y al Intendente de esta provincia para su ejecución y cumplimiento.” (16).
Las consecuencias de esta situación las sufrió con todo su rigor el humilde y heroico pueblo margariteño por cuanto durante estos cuatro años se benefició de la dinámica que tan noble institución le imprimió a la economía insular. Al respecto, Yanes explica: “Con la traslación del tribunal de almirantazgo a la Costa Firme comenzó la decadencia de la isla, porque dejaron de armarse en sus puertos los corsarios, en que tomaban parte unos como armadores, otros como oficiales y marineros, otros en la descarga y composición de las embarcaciones, y otros, en fin, en la compra y venta de los efectos apresados, con los que sostenían sus familias, fomentaban las crías, se reedificaban algunas casas que habían destruido los enemigos y se levantaban otras de nuevo. Agregóse a esto un fuerte verano que se experimentó en este año que obligó a mucha parte de los habitantes a emigrar al continente para procurarse el propio sustento y el de sus familias que no podrían llevar consigo, siendo muy considerable el número de animales que murieron por falta de agua.” (17)

De esta manera el pueblo margariteño continuó sufriendo su calvario de penas e injusticias promovidas por caprichos e incomprensiones del gobierno central.




NOTA FINAL
Como se ha podido advertir, la Corte de Almirantazgo, pese a la brevedad de su vigencia en el tiempo, marcó una huella indeleble en la cotidianidad del pueblo margariteño de entonces y abrió inéditos caminos al proceso revolucionario independentista. Nuevas ideas y nuevos proyectos elaboró Yanes para reimpulsar el progreso de su querida isla de Margarita, pero, al final, todo resultó inútil. Además, la revolución lo convocó a otros destinos y, muy a su pesar, tuvo que abandonarla. En el año 1822, ya alejado de nosotros, pondría punto final a su apasionante Historia de Margarita, en cuya elaboración se desbordaron sus extraordinarias dotes de historiador y revolucionario.

De su significativa presencia física e intelectual la región ha heredado sólo fugaces imágenes y efímeras referencias. La celebración del bicentenario del Almirantazgo Republicano será el momento ideal para reconciliar al pueblo venezolano y neoespartano con las raíces patrióticas que sembró la lucha por nuestra independencia y libertad del colonialismo español.





TENEMOS SUFICIENTES MOTIVOS

PARA CELEBRAR


Proponemos las siguientes iniciativas:

1° Francisco Javier Yanes, a pesar del inmenso servicio que le prestó a la Isla de Margarita, permanece en la lista de los ilustres olvidados. En la plaza Santa María de Santa Ana del Norte pudiera instalarse un busto de tan eximio prócer.

2° La más reciente edición de la Historia de Margarita de Francisco Javier Yanes fue patrocinada por la Fundación Editorial el perro y la rana en el año 2008. Ya han transcurrido diez años. Es pertinente y necesaria una nueva edición de esta obra pionera de la historiografía regional.

3° Un alto porcentaje de las presentes generaciones desconocen la imagen del prócer Francisco Javier Yanes. Esta pudiera utilizarse en marcalibros, afiches, calendarios, cuadernos, a los fines de su masiva divulgación.
4° Francisco Javier Yanes nació en Puerto Príncipe, hoy Camaguey, república de Cuba, el 12 de mayo de 1777 y falleció en Caracas, Venezuela, el 7 de junio de 1842. Es recomendable inscribir tan importantes fechas en el calendario histórico de ambas naciones.
5° Desde su muerte hasta el presente los restos de Francisco Javier Yanes permanecen inhumados en los sótanos de la Catedral de Caracas aún cuando en el año 1876 el Presidente Antonio Guzmán Blanco decretó su traslado al Panteón Nacional. La celebración bicentenaria de la Corte de Almirantazgo y del Congreso de Angostura es, indudablemente, una ocasión propicia para cumplir con el justiciero decreto presidencial.
6° El 6 de julio de 2019 se cumplirá la fecha bicentenaria de la creación de la Corte de Almirantazgo de la Isla de Margarita. Corresponderá al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, a la Alcaldía Bolivariana del Municipio Gómez y a la Alcaldía Bolivariana del Municipio Marcano articular esfuerzos para celebrar tan importante efeméride regional. 
7° A pesar de la importancia de los servicios que la Corte de Almirantazgo prestó a la revolución independentista de Venezuela y a la gran patria nuestroamericana continúa siendo poco conocida en el área de los estudios históricos e institucionales del país. Es recomendable la reedición del extraordinario estudio de la Licenciada Herminia Méndez Sereno titulado El Almirantazgo Republicano 1819-1822, publicado por la Academia Nacional de la Historia en 2008, ya agotado.



REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:

(1)Yanes, Francisco Javier: Historia de Margarita. (Colección Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Fundación Editorial el perro y la rana, 2008, p. 81.

(2)Gómez, Francisco Esteban: “Observaciones que Francisco Esteban Gómez hace sobre la Historia de Margarita escrita por el doctor Francisco Javier Yanes y somete a la consideración de sus conciudadanos que quieran reunirse a revisarlas.” Yanes, Francisco Javier: Ibidem., p. 161.

(3)     Méndez  Sereno,  Herminia:  El Almirantazgo  Republicano  1819-1822.

(Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008, pp. 17-18.

(4)  Ibidem., p. 18.

(5)  Yanes, Francisco Javier: Ob.Cit., pp. 111-112.

(6)  Méndez Sereno, Herminia: Ob. Cit., p. 16.

(7)  Ibidem, pp. 105-107.

(8)  Ibidem., p. 126.

(9)  Nicolás de Guevara aparece registrado en la “Nómina de los Patriotas Insulares enviados prisioneros a las bóvedas de la Guayra y Puerto Cabello por el Gobernador Pascual Martínez a partir del 24 de diciembre de 1812.” Rosa Acosta, Rosauro: Los Hombres del 4 de Mayo. Porlamar, Verbo Publicaciones e Impresos, 2008, pp. 27-28.
(10)   Su nombre está incluido en el catálogo de Patriotas de Margarita elaborado por José Silverio González Varela publicado en su obra Patriotas de Margarita. La Asunción, Ediciones del Ejecutivo Regional, 1983, p. 21.
(11)  Andrés Narvarte. (La Guaira (Distrito Federal), 1781 – Caracas, 31.03.1853). Abogado y político. Se inicia en la revolución a partir de 1810. En los años 1813 y 1814 fue gobernador de la Provincia de Trujillo. Perdida la Segunda República emigró a la isla de Saint Thomas. Para 1819 se encuentra en Juangriego. A partir de entonces y hasta 1848 tiene una destacada actuación en la vida política del país.

        Bencomo Barrios, Héctor: “Narvarte, Andrés.” Fundación Polar: Diccionario de Historia de Venezuela. Vol. 3. Caracas, Fundación Polar, 1997, pp. 309-310.

(12)  Méndez Sereno, Herminia: Ob. Cit., p. 49.

(13)  Ibidem., pp. 51-52.

(14)  Ibidem., p. 12.

(15)  Ibidem., pp. 16-17.

(16) Yanes, Francisco Javier: Ob. Cit., p. 120.

(17)  Ibidem., p. 121.

(18)  Ibídem., p. 123.

(19)  Ibidem., p. 124.


BIBLIOGRAFÍA

*Fundación Polar: Diccionario de Historia de Venezuela. Cuatro volúmenes.

Caracas, Fundación Polar, 1997.

*Gómez León, Iván (Estudio Introductorio y Recopilación): Santa Ana del

Norte: Cuna auténtica de la Tercera República de Venezuela. Porlamar, Verbo

Publicaciones e Impresos, 2006.

*Grases, Pedro (Comp.): Actas del Congreso de Angostura (15 de febrero de 1819 – 31 de julio de 1821). (Colección Claves Políticas de América, N° 7). Caracas, Fundación Biblioteca Ayacucho y Banco Central de Venezuela, 2011. *Méndez Sereno, Herminia: El Almirantazgo Republicano 1819-1822. (Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia Nacional de Historia, 2008.
*Rosa Acosta, Rosauro: Diccionario Margariteño Biográfico, Geográfico e Histórico. (Colección Contemporánea “Gustavo Pereira”, N° 1). Isla de Margarita, Fondo Editorial del Estado Nueva Esparta, 1996.
*Rosa Acosta, Rosauro: Los Hombres del 4 de Mayo. Porlamar, Verbo Publicaciones e Impresos, 2008.
*Verna, Paul: Bolívar y los emigrados patriotas en el Caribe. (Trinidad, Curazao, San Thomas, Jamaica, Haití). Caracas, Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), 1983.
*Yanes, Francisco Javier: Historia de Margarita. (Colección Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Fundación editorial el perro y la rana, 2008.

HEMEROGRAFÍA


*Correo del Orinoco. (1818-1821). Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Centro Nacional de Historia, s.f. (Edición facsimilar).




APÉNDICE DOCUMENTAL

FRANCISCO JAVIER YANES:

FUNDADOR DE LA NACIÓN VENEZOLANA


Anexo 1

La trascendental obra realizada por Francisco Javier Yanes al servicio del insurgente pueblo venezolano merece el más elogioso reconocimiento y exige, en el propósito de mantenerlo vigente en el sentimiento de las presentes y futuras generaciones, la decisión de nuestro gobierno revolucionario de hacerlo merecedor de un sublime acto de justicia que sólo la Patria puede conferirle: el traslado de sus restos al Panteón Nacional, que si bien fue decretado en el año 1876 por el Presidente Antonio Guzmán Blanco, de manera inexplicable, en el amplio período de 142 años no ha existido la voluntad patriótica de cumplirlo y hacerlo cumplir como bien se lo merece.

La celebración bicentenaria del Congreso de Angostura y de la creación de la Corte de Almirantazgo para su instalación en la Villa de Santa Ana del Norte y el puerto de Juangriego constituyen el escenario ideal para saldar esta deuda histórica con el distinguido prócer cubano-venezolano.
De su multifacética trayectoria, que constituye el fundamento de nuestra legítima solicitud, seleccionaremos aquellos referentes más resaltantes que, en conjunto, lo hacen acreedor a estas consideraciones especiales:

*Antólogo: Autor de la obra, iniciada con el Dr. Cristóbal de Mendoza en el año 1826 y concluida bajo su responsabilidad en 1833, titulada Colección de documentos relativos a la vida pública del Libertador de Colombia y Perú, Simón Bolívar. Para servir a la historia de la independencia de Sur América(22 tomos).

*Historiador: Autor de las obras: Manual Político del Venezolano (1839). Compendio de la Historia de Venezuela desde su descubrimiento hasta que se declaró estado independiente (1840) – Historia de la Provincia de Cumaná Historia de Margarita (concluida en 1822 y publicada en 1939).

*Periodista: Supervisor de El Publicista de Venezuela, vocero del Congreso Constituyente (1811). Fundador del Correo del Orinoco (1819). Responsable, junto con Cristóbal de Mendoza, de El Observador Caraqueño (1821).
*Combatiente: Participa en la guerra de emancipación en los llanos de Casanare (1813). Destaca en la acción de El Yagual (1816).
*Legislador: Junto con Francisco Javier Ustáriz y Juan Germán Roscio elabora la Constitución Federal de 1811. Firma la Declaración de Independencia (5 de julio 1811). Firma la Primera Constitución de Venezuela (21 de diciembre 1811). Suscribe la Declaración de los Deberes y Derechos del Pueblo (1811). Promulga la Ley sobre la Libertad de Imprenta (1811). Colabora y participa activamente en el Congreso de Angostura (1819). Como Presidente de la Corte de Almirantazgo de la Provincia de Margarita organiza el cuerpo de leyes que lo reglamenta, adapta las Ordenanzas de Corso vigentes para la época y da cuerpo y pone en acción el corso republicano (1819-1822). Dicta la Ley de Manumisión (1821). Figura entre los firmantes de la Constitución de 1830.

*Servidor Público: Presidente del Congreso Constituyente (1811). Presidente de la Legislatura de la Provincia de Caracas (1811). Diputado por la ciudad de Caracas ante la Cámara de Representantes de la Provincia de Caracas (1812). El Congreso de Angostura lo nombra Ministro de la Alta Corte de Justicia

(1819). Presidente de la Corte de Almirantazgo de la Provincia de Margarita (1819-1822). Diputado del Congreso de Colombia (1820). Presidente de la Alta Corte de Justicia (1821). Senador por el Departamento de Venezuela (1827). Miembro Fundador de la Sociedad Económica Amigos del País (1829). Presidente del Congreso reunido en Valencia (1830). Consejero de Gobierno y Magistrado del Poder Judicial (1830). Miembro del Consejo de Gobierno y colaborador de la Vice-Presidencia de la República (1835). Juez de Primera Instancia (1840). Electo por el Congreso para formar parte del Consejo de Gobierno (1841).

Para el pueblo margariteño Francisco Javier Yanes tiene, además, una especial connotación: Como autor de la primera Historia de Margarita, se convirtió en el iniciador de nuestra historiografía regional y como Presidente de la Corte de Almirantazgo de la Provincia de Margarita, designado por el Congreso de Angostura el 26 de marzo de 1819, cargo que ejerciera hasta 1822, además de su ejemplar e intachable conducta revolucionaria, al construir y proteger el archivo de tan meritoria institución, alcanzó la máxima distinción de protector del patrimonio documental venezolano y de la región insular.
Por estas razones, Francisco Javier Yanes ha sido reconocido con el honroso título de FUNDADOR DE LA NACIÓN VENEZOLANA.




FRANCISCO JAVIER YANES

Cronología Vital

1777

*12 de mayo: Francisco Javier Yanes nace en Puerto Príncipe, hoy ciudad de

Camaguey, Cuba. Sus padres: Juan Yanes (Abogado) y María de la Cruz Socarrás. Posteriormente, la familia se traslada a La Habana donde Francisco Javier estudia en las Facultades de Sagrados Cánones, Leyes y Literatura.

1802

*Su tío materno, el médico Francisco Javier de Socarrás, lo traslada a Caracas, donde continúa sus estudios de derecho civil en la Universidad, obtiene el título de Licenciado en 1807 y luego se incorpora al Colegio de Abogados.

1810

*Contrae matrimonio con Ana Socarrás. Hijos: Francisco Javier, Emilio y Nicanor. Inicia su carrera pública y política con el movimiento del 19 de Abril. Se cuenta entre los conjurados del movimiento conspirativo denominado “Casa de la Misericordia”. La Junta Suprema le confiere varias comisiones políticas y jurídicas importantes. Entre ellas, la de Comisionado para llevar la armonía a la Villa de Araure y sus dependencias e impedir que se desarrolle este territorio el rechazo a las ideas independentistas, como sucede en Coro, misión que cumple de manera exitosa. El 24 de septiembre concluye su Memoria sobre el Partido Capitular de Araure para presentarlo a la consideración de la Suprema Junta de Venezuela.

1811

*Concurre al Congreso Constituyente de Venezuela como Diputado por Araure. Participa activamente en sus sesiones. El 31 de julio es electo Presidente del Congreso. Con Francisco Javier Ustáriz y Juan Germán Roscio elabora la Constitución Federal. Firma el 5 de julio la Declaración de Independencia y el 21 de diciembre la primera Constitución de Venezuela. Suscribe, además, la Declaración de los Deberes y Derechos del Pueblo. Paralelamente a sus funciones de Diputado ejerce funciones como Presidente de la Legislatura de la Provincia de Caracas. El 5 de agosto promulga la Ley sobre la Libertad de Imprenta. El 7 considera la decisión de declarar las islas de Coche, Cubagua, Blanquilla y Testigos dependientes de Margarita sin perjuicio del derecho que poseen las demás provincias de la Confederación. El 8 del mismo mes abre la discusión sobre la seguridad de la patria, la inviolabilidad de las leyes, la vindicta pública y los derechos de la humanidad iguales para todos los ciudadanos. Yanes, basado en las ideas de Francisco de Miranda, propone que Venezuela se declare independiente, discute todas las ideas contrarias a la independencia inmediata y se pronuncia por la Confederación de las Provincias. El Congreso lo designa censor principal en la supervisión de su vocero El Publicista de Venezuela. Es miembro activo de la Sociedad Patriótica.

1812

*En el mes de marzo es electo Diputado por la ciudad de Caracas ante la Cámara de Representantes de la Provincia de Caracas. Participa activamente en la guerra de independencia. Designado Comisionado, al mando del Coronel Juan Escalona, para restablecer el gobierno republicano en Ocumare y otros pueblos. Enviado, junto a Juan Germán Roscio, Briceño Palacios y otros letrados, para juzgar a los reos de la insurrección de Valencia, vencida por Francisco de Miranda. Comisionado, junto al canónigo José Cortes de Madariaga, para expulsar del territorio al Arzobispo Narciso Coll y Prat, pero se niega a cumplir el encargo, recibe apoyo de José Félix Ribas y evita el destierro del prelado. Al caer la Primera República, el 31 de julio, marcha al exilio en las Antillas (Curazao) y de allí se dirige a la Nueva Granada.

1813

*Participa en la guerra de emancipación en los llanos de Casanare, convertidos en refugio por los republicanos (granadinos) al lado de Rafael Urdaneta, Olmedilla, Francisco de Paula Santander, entre otros. Es nombrado Auditor de Guerra en el ejército de Casanare y Apure.

1816

*A instancias de Yanes se instala en Guasdualito un gobierno de carácter transitorio para garantizar la seguridad del ejército patriota del Arauca, que se encontraba aislado del resto del territorio. El gobierno queda constituido así: Fernando Serrano, Presidente; Francisco de Paula Santander, Comandante de Armas; Francisco Javier Yanes, Ministro, y Rafael Urdaneta. El 12 de octubre participa en la acción de El Yagual.

1817

*Permanece, junto al general Pedro Zaraza, en la División que éste comandaba en Guayana.

1818

*Yanes se encuentra en Angostura y figura entre los fundadores del periódico Correo del Orinoco.

1819

*El 24 de febrero el Congreso de Angostura lo nombra Ministro de la Alta Corte de Justicia, cargo que ejerce hasta el mes de mayo. El 26 de marzo el Congreso elige y nombra a los ministros de la Corte de Almirantazgo y Yanes es designado su Presidente para establecerla y presidirla en la Villa de Santa Ana del Norte, Provincia de Margarita, cargo que ejerce hasta 1822 en que es trasladado a La Guaira y extinguido por decreto de Francisco de Paula Santander. Colabora y participa activamente en el Congreso de Angostura. Concluye una obra titulada Nociones del Derecho Marítimo y las Ordenanzas de Corso.

1820

*El 31 de octubre el Colegio Electoral lo nombra Diputado del Congreso de Colombia.

1821

*Es nombrado Presidente de la Alta Corte de Justicia que dicta la Ley de Manumisión. Publica, con Cristóbal Mendoza, el periódico El Observador Caraqueño. El 14 de julio, durante la discusión de la Constitución, propone que se declaren a los pobres, aunque no tengan la calidad, hábiles para votar. Después de la victoria de Carabobo, que tuvo lugar el 2 de junio, se traslada a La Guaira para instalar la Corte de Almirantazgo en su carácter de Presidente de la misma. En los primeros días de septiembre debe trasladarse a Caracas para ejercer el cargo de Ministro de la Alta Corte de Justicia.

1822

*Ejerce el cargo de Ministro de la Corte Superior de Justicia. Publica Exposición

de la Conducta Observada por el Gobierno Holandés en Curazao en la

Guerra de la República de Colombia con España, que se imprime en castellano e inglés. A finales de este año, Felipe Fermín de Paúl redacta el prólogo de su estudio titulado Los Principios del Derecho de Gentes. El 28 de febrero concluye su obra Memoria Histórico-Política sobre la Isla Margarita. Apoyada en Documentos Autógrafos.
1824

*El 1° de enero, junto con Cristóbal de Mendoza, dirige el periódico doctrinario e histórico El Observador Caraqueño, órgano divulgativo que circuló hasta el 31 de marzo de 1825.

1825

*Publica El origen y objeto de las reclamaciones del gobierno francés de la

Martinica contra la Marina de Colombia. 1826

*Es designado miembro de la recién creada Academia Nacional de Colombia instalada en la ciudad de Bogotá. A partir de este año y hasta 1833 publica una colección de 22 tomos de documentos titulada Colección de documentos relativos a la vida pública del Libertador de Colombia y Perú, Simón Bolívar. Para servir a la historia de la independencia de Sur América. Para esta obra, iniciada por el Dr. Cristóbal de Mendoza y a la que Yanes se asocia posteriormente, recibe ayuda del propio Libertador, quien le proporciona copia de algunos de sus documentos.

1827

*Es elegido Senador por el Departamento de Venezuela, pero no asiste a las sesiones del Congreso. Es designado para dirigir en el Departamento de Venezuela los estudios generales. Comisionado para preparar un proyecto de policía urbana y rural.

1828

*Es nombrado Subdirector de Estudios de la Universidad de Caracas. Es promovido a la Alta Corte de Colombia, residente en Bogotá, pero no acepta este destino.

1829

*El 17 de marzo el Libertador le rechaza su renuncia como Juez de la Alta Corte de Justicia. En agosto, por resolución del Libertador, es repuesto en el cargo en la Alta Corte. A finales de este año, aparece como miembro fundador, en Caracas, de la Sociedad Económica Amigos del País.

1830

*El 6 de mayo es elegido Presidente del Congreso reunido en Valencia y, en tal carácter, participa en la desmembración definitiva de la Gran Colombia. En la nueva República es Consejero de Gobierno y Magistrado del Poder Judicial. Figura entre los firmantes de la Constitución sancionada en este año.

1835

*Tras el fracaso de la Revolución de las Reformas en Caracas, colabora con Andrés Narvarte, Vice-Presidente de la República, como miembro del Consejo de Gobierno.

1839

*Publica con el seudónimo de “Un Venezolano” el libro Manual Político del Venezolano.

1840

*El 24 de junio, siendo Juez de Primera Instancia, asiste al acto de inauguración del Colegio Nacional de Margarita en las instalaciones del antiguo Convento de Dominicos de La Asunción. Sin nombre de autor aparece su Compendio de la historia de Venezuela desde su descubrimiento hasta que se declaró estado independiente.

1841

*Es nuevamente electo por el Congreso para formar parte del Consejo de Gobierno.

1842

*El 7 de junio muere pobre en Caracas a la edad de 65 años. Sus restos reposan en un sótano de la Catedral de la ciudad capital. En 1876, por decisión del gobierno de Guzmán Blanco, se decreta el traslado de sus restos al Panteón Nacional, voluntad que no ha sido cumplida hasta el presente. Al morir, deja un valioso archivo histórico (conservado actualmente en la Academia Nacional de la Historia, Caracas) y varios libros inéditos que fueron editados un siglo después: el Compendio…, muy aumentado por su propio autor; la Relación documentada de los principales sucesos ocurridos en Venezuela desde que se declaró Estado Independiente hasta 1821; la Historia de la Provincia de Cumaná y la Historia de Margarita. En el año 2008 la Academia Nacional de la Historia en la colección Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89, publicó el estudio de la Licenciada Herminia Méndez Sereno, titulado El Almirantazgo Republicano 1819 – 1822, obra meritoria que construye el índice del Archivo de Yanes (35 volúmenes) en el lapso que desempeñó la Presidencia de este Tribunal en la Provincia de Margarita.


BIBLIOGRAFÍA


*Cañizales Verde, Francisco: Francisco Javier Yanes: Teniente Justicia Mayor Diputado al Congreso de 1811 por la Villa de Araure. Caracas, Consejo Nacional de la Cultura, 1997.
*Pividal, Francisco: Bolívar: pensamiento precursor del antimperialismo. Caracas, Editorial Ateneo de Caracas, 1979.

*Méndez Sereno, Herminia: El Almirantazgo Republicano 1819-1822. (Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008
*Fundación  Polar:  Diccionario  de  Historia  de  Venezuela.  Cuatro  tomos.

Caracas, Fundación Polar, 1997.

*Grases, Pedro (Comp.): Actas del Congreso de Angostura (15 de febrero de

1819 – 31 de julio de 1821). (Colección Claves Políticas de América, N° 7). Caracas, Fundación Biblioteca Ayacucho y Banco Central de Venezuela, 2011.





EL ARCHIVO DE FRANCISCO JAVIER YANES

Anexo 2

En la isla de Margarita los fondos documentales son muy pobres y la gran mayoría de los que han logrado salvarse de la incuria de unos y otros, de ayer y de hoy, permanecen en condiciones lamentables, indignas de su valor e importancia. Las razones que explican esta irregular situación lo expresa la autorizada voz de Ángel Félix Gómez Rodríguez: “En Margarita los archivos son muy incompletos. El fuego de los invasores, la euforia del momento revolucionario, o la mano mutiladora, se han ensañado con ellos. Los existentes no están clasificados, forman pilas de hojas enmohecidas en locales inadecuados. Nos referimos a los archivos oficiales, pues hay archivos particulares como los de Jesús Manuel Subero y Rosauro Rosa Acosta, donde además del documento esclarecedor, también está la palabra maestra para guiar los pasos.” (1)

El testimonio de Francisco Javier Yanes ilustra uno de los motivos de tales atentados al patrimonio documental margariteño: “En seguida (9 de abril de 1815) desembarcaron algunos cuerpos, de que hizo Morillo alarde, pasó a la ciudad capital (La Asunción) donde juró al rey y mandó quemar todos los papeles concernientes al gobierno revolucionario”… (2) El Gral. Francisco Esteban Gómez agrega este detalle: “Concluidos los preparativos de ataques (1815) que consistían en algunos cartuchos fabricados con la pólvora, pedazos de plomo y libros que habían presentado algunos vecinos, formó la expedición en tres columnas”… (3)

Enmarcados en este contexto se apreciará mejor la suprema importancia que le concedemos al Archivo de Francisco Javier Yanes, ya que gracias a su conciencia social de historiador comprometido con la causa revolucionaria, logró proteger de las más diversas amenazas este rico acervo documental en el contexto de una conflagración destructora que amenazó a nuestro pueblo de total exterminio como respuesta a nuestra decisión de ser libres del dominio colonial español.

Hasta el año 2008 –fecha en que la Academia Nacional de la Historia publica el libro titulado El Almirantazgo Republicano 1819-1822 de la Licenciada Herminia Méndez Sereno- el acceso al Archivo de Yanes (constituido por 38 volúmenes) era prácticamente imposible. A partir de esta fecha, gracias al minucioso trabajo de indización realizado, está a la espera de historiadores, estudiosos e investigadores interesados en abordar tan interesante temática.

Este archivo es, indiscutiblemente, una joya del patrimonio documental venezolano, reconocimiento que le hacemos debido a lo variado y excepcional de su contenido.
Las referencias a la Corte de Almirantazgo de Margarita están contenidas en 7 volúmenes y 896 documentos distribuidos de la siguiente manera:

*Tomo XXI:   101 documentos.

*Tomo XXII:  138 documentos.

*Tomo XXIII: 224 documentos.

*Tomo XXIV: 226 documentos.

*Tomo XXV: 126 documentos.

*Tomo XXVI: 70 documentos.

*Tomo XXXV: 11 documentos.

Una rápida revisión de los índices de cada tomo nos puso en contacto con una inmensa variedad de asuntos: sentencias, nombramientos, decretos, instrucciones, oficios originales, copiadores de oficios, reglamentos, ordenanzas, certificaciones, actas, inventarios, acuerdos, solicitudes, órdenes, multas, reclamos, traducciones, avisos, notificaciones, consultas, entre otras, que revelan las complejidades de situaciones que debía considerar la Corte, gestiones que debía realizar y las decisiones a tomar.

De igual manera, de la lectura de los documentos registrados pudimos elaborar un listado de los patriotas involucrados en su funcionamiento: José María Guerra, Antonio Morales Brito, Andrés Narvarte, Nicolás Guevara, Vicente Buroz, Joseph Vicente Cardozo, José Jesús Guevara, Rafael del Castillo, Andrés Galindo, Juan Guerra, entre otros.
En relación al tema específico que nos ocupa es pertinente indicar que en sus páginas podremos leer una serie de documentos que hasta ahora, en su gran mayoría, son desconocidos. Podemos ilustrar con los siguientes ejemplos:

*Acta de instalación de la Corte en Margarita y todas aquellas –en total 14- que dan cuenta de sus reuniones periódicas en las cuales se trataban los más diversos asuntos.
*Numerosas comunicaciones cruzadas entre Yanes y Luis Brión, José Francisco Bermúdez, Francisco Esteban Gómez, Carlos Soublette, Nicolás Joly, Francisco Zea, Tomás Richards, Lino de Clemente, Antonio Rosales, Juan Bautista Arismendi, Loreto Arismendi, Pablo Ruiz, entre otros.
*Documentos referentes a apresamiento, subasta pública, venta de cargamentos, de embarcaciones y mercancías, tráfico de esclavos, fugas de reos, entre otros. (4)
Como puede advertirse, en este extraordinario archivo existe una copiosa documentación que está exigiendo estudio e investigación.
Gracias a la conciencia militante y profesional de Yanes se pudo salvar tan preciada documentación.
Por estas razones el ilustre prócer cubano-venezolano también inscribió su nombre en el listado de los salvadores de la memoria documental del pueblo venezolano y margariteño.




REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

     (1) Gómez Rodríguez, Ángel Félix: Fuentes para la memoria histórica de Juangriego. Caracas, Ediciones del Congreso de la República, 1988, p. 11. No obstante, Rosauro Rosa Acosta al hacer referencia a la Visita de Don Mariano Martí, Obispo de Puerto Rico, a la isla de Margarita en 1766, registra la existencia de esta irresponsable actitud desde tiempos coloniales. En carta fechada en La Asunción el 28 de septiembre de 1766, el Obispo informa …”que no encontrándose en los archivos de la Isla documentos antiguos por la incuria de los tiempos pasados, se vio precisado a tomar noticias de personas de edad, quienes por tradición de padres a hijos sólo ha podido averiguar que la población y ermita (de Guaraguao, cerca del puerto llamado Pueblo de la Mar) se disolvieron por la escasez de agua, según unos y por haber faltado la pesca de las perlas, según otros; y que abandonado por sus moradores aquel sitio se pasaron a poblar esta ciudad capital de toda la isla.” Rosa Acosta, Rosauro: “El pueblo y la ermita de Guaraguao.” Pueblo de la Mar. Pampatar, Fondo Editorial del Municipio Maneiro Dr. Efraín Subero, 1991, p. 30.

(2) Yanes, Francisco Javier: Historia de Margarita. (Colección Historias). Caracas, Ministerio del Poder Popular para la Cultura, Fundación editorial el perro y la rana, 2008, p. 31. En los mismos términos lo informa Napoleón Narváez en su obra “Nociones históricas del Estado Nueva Esparta”, incluida en antología titulada Margarita en tres voces (Napoleón Narváez, Casto Fulgencio López y Francisco Lárez Granado) preparada en la Isla de Margarita por el Fondo Editorial del Estado Nueva Esparta, Colección Clásica “Pedro Celestino Vásquez”, N° 7, 1998, p. 39.
(3)  Gómez, Francisco Esteban: “Observaciones que Francisco Esteban Gómez hace sobre la Historia de Margarita escrita por el doctor Francisco Javier Yanes y somete a la consideración de sus conciudadanos que quieran reunirse a revisarlas.” Yanes, Francisco Esteban: Ibidem., p. 149.
(4) Méndez Sereno, Herminia: El Almirantazgo Republicano 1819 – 1822. (Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008. 




REGLAMENTO PROVISIONAL PARA EL

ESTABLECIMIENTO DE DOS CORTES DE
ALMIRANTAZGO EN VENEZUELA (*)

Anexo 3
 Por ahora se establecen dos cortes de Almirantazgo, una en Angostura y la otra en la isla de Margarita. Los límites de la primera son las aguas del Orinoco.
2° Las cortes se compondrán de un Presidente, dos Ministros, un Fiscal y un Secretario.
3° Uno de los tres jueces por lo menos deberá ser letrado.

4° El Presidente, los Ministros y el Fiscal, serán nombrados una vez por el Soberano Congreso y el de Secretario lo será por la misma Corte.
5° Conocerá exclusivamente en primera instancia en todo lo relativo a presas, bien sean hechas por corsarios particulares o por buques de guerra del estado y de toda especie de piratería.
6° Conocerá y procederá conforme a este reglamento; al de 4 de Marzo de 1817 aprobado por el Excelentísimo Señor Presidente del Estado, como Jefe Supremo de la República; a las ordenanzas de corso del régimen español que no estuvieren revocadas o derogadas; y en su defecto al derecho de gentes consultando las dudas a la Suprema Corte de Justicia.
7° La sustanciación de los procesos se hará por uno de los Ministros y ante el Secretario de la misma Corte.
8° Concluido el proceso lo pasará a manos del Fiscal y dará aviso al Presidente, para que convoque la Corte, dentro de cuarenta y ocho horas en cuyo término el Fiscal podrá pedir se adelante el Sumario, o que practiquen las diligencias que juzguen necesarias.
9° Fundará su sentencia con expresión de las leyes y ordenanzas aplicables al caso. 10° Admitirá las aplicaciones que se interpongan dentro de tercero día para la Alta Corte de Justicia.
11° Cualquier juez será competente para sustanciar las causas de la Corte de Almirantazgo en los lugares en que ella no exista y se considerará como comisionado suyo.
12° Los remates que hayan de hacer por orden de la Corte y en virtud de sus sentencias serán presididos por el ministro que nombre la Corte con asistencia del Fiscal y del que administre la Hacienda Nacional.
13° La Corte recogerá y archivará todos los procesos, autos y decretos que se hayan expedido antes de su creación por los tribunales que hubieren conocido de las materias privativas de ellas.
14° Cuando falte algún Ministro, nombrará un interino y dará cuenta al Supremo Poder Ejecutivo exceptuando el caso de recusación en que procederá conforme a derecho.
15° El Presidente, ministros y Fiscal jurarán ante la Municipalidad para centrar en el ejercicio de sus empleos y el Secretario ante la Corte.
16° Los Ministros o administradores de la Hacienda Nacional cobrarán y recibirán la parte de presa perteneciente al Estado.
17° En caso de condena tendrá la gratificación de diez pesos cada uno de los ministros del Tribunal y el Fiscal. Y cuando no haya condena pagarán la gratificación los que fueren multados en costas.
18° Todas las diligencias de precaución y seguridad sobre presas, que por los reglamentos mandados observar tocaban a otras autoridades en los puertos de sus arribadas, son de la Corte de Almirantazgo.
Palacio del Congreso Nacional en Angostura, a 26 de marzo de 1819. El Presidente del Congreso Juan G. Roscio. El Diputado Secretario Diego de Vallenilla. Palacio del Congreso Nacional 26 de marzo de 1819. 9° - Pásese al Supremo Poder Ejecutivo para su observancia, como está acordado en sesión de hoy = Roscio = El Diputado Secretario Diego de Vallenilla.
Palacio de Gobierno _ 28 de marzo de 1819.

Guárdese, cúmplase y ejecútese el precedente reglamento y el contenido del acta inserta en el oficio del 27 con que se acompaña = Francisco de Zea.
Urbaneja

Es copia del original.

ANH. Archivo Francisco Javier Yanes. T. XXI, fs. 125-126.











(*)     Méndez Sereno, Herminia: “Anexo 1. Reglamento Provisional para el establecimiento de dos Cortes de Almirantazgo en Venezuela.” El Almirantazgo Republicano 1819-1822. (Fuentes para la Historia Republicana de Venezuela, N° 89). Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2008, pp. 105-107.




INDICE

*Introducción.

PRIMERA PARTE


EL CONGRESO DE ANGOSTURA

*De las Actas del Congreso de Angostura.

*Actas del Congreso de Angostura referentes a la creación del Almirantazgo Republicano en la Isla de Margarita (1819).
*Acta N° 1 – Sesión 18° - 06/03/1819.

*Acta N° 2 – Sesión 31° - 22/03/1819.

*Acta N° 3 – Sesión 33 - 23/03/1819.

*Acta N° 4 – Sesión 34 - 24/03/1819. (En horas de la mañana). *Acta N° 5 – Sesión 35 – 24/03/1819. (En horas de la tarde). *Acta N° 6 – Sesión 36 – 26/03/1819. (En horas de la mañana). *Acta N° 7 – Sesión 37 – 26/o3/1819. (En horas de la tarde).

*Actuación de los diputados de la Provincia de Margarita en el Congreso de Angostura.
*Domingo Alzuru

*Manuel Palacio Fajardo

*Gaspar Marcano

*José de Jesús Guevara

*Gral. Rafael de Guevara

*Referencias Bibliográficas


SEGUNDA PARTE

LA CORTE DE ALMIRANTAZGO DE LA PROVINCIA DE

MARGARITA


*Antecedentes

*Orígenes

*Reglamentación.

*Margarita, la Corte y sus Miembros.

*Dos ejemplos de la rutina de la Corte de Almirantazgo.

*Francisco Javier Yanes: Principal artífice de la Corte de Almirantazgo. *Traslados a Barcelona, Carúpano y La Guaira / *Nota Final.
*Tenemos suficientes motivos para celebrar / Referencias Bibliográficas / Bibliografía / Hemerografía.


APÉNDICE DOCUMENTAL


* Francisco Javier Yanes: Fundador de la Nación Venezolana / *Cronología Vital de Francisco Javier Yanes / *Bibliografía
*El Archivo de Francisco Javier Yanes / *Referencias Bibliográficas.
*Reglamento Provisional para el establecimiento de dos de Cortes de Almirantazgo en Venezuela.




Iván Gómez León

EL AUTOR

Nació  en  Porlamar, Estado Nueva Esparta. Docente  Universitario.  Investigador  en  el área de la historia local y regional. Promotor Cultural. Licenciado en Historia de la Universidad Central de Venezuela. Postgrado en Administración y Planificación de la Educación Superior. Delegado de Extensión Cultural de la Universidad de Oriente. Profesor y Sub-Director Académico del Colegio Universitario de Carúpano, Estado Sucre, actualmente Universidad Territorial de Paria Luis Mariano Rivera. Coordinador de Cultura de la Alcaldía del Municipio Bermúdez, Estado Sucre. Coordinador de Extensión de la Universidad Nacional Abierta, Estado Nueva Esparta. Coordinador de Cultura de la Alcaldía del Municipio Gómez, Estado Nueva Esparta. Presidente del Instituto Autónomo para el Desarrollo Cultural del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. Actualmente, Delegado de la Casa de la Diversidad Cultural del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, institución adscrita al Ministerio de Poder Popular para la Cultura. Publicaciones (sólo referidas al Estado Nueva Esparta): *Cubagua: Un llamado a la conciencia nacional. *Dr. Francisco Antonio Rísquez: ejemplo de dignidad y conciencia revolucionaria. *Cultura Insular: Testimonio de lucha, denuncia y resistencia. *Santa Ana del Norte: Cuna auténtica de la Tercera República de Venezuela. (Recopilación de textos). *Manual de Lecturas Patrióticas, entre otras.




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